Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0002/2023
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Disposiciones Completas / publicado el 08 Junio 2023 / BO 5779

DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0002/2023

RENOVACIÓN PERMISO VERTIDO DE EFLUENTES SANITARIOS - PUESTO TRANQUERA Y PUESTO GARITA - EMPRESA MINERA SANTA CRUZ S.A.
DISPOSICIÓN Nº 00002
 
RÍO GALLEGOS, 10 de enero de 2023.-
V I S T O :
El Expediente Nº 498.211/2002, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos y;
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante en expediente de referencia, la empresa Minera Santa Cruz Argentina S.A., solicita permiso para el vertido de efluentes sanitarios en el Puesto tranquera y Puesto Garita, del Prospecto Minero San José;
Que los efluentes provenientes de los sanitarios, serán conducidos hacia un biodigestor, para su tratamiento y posterior vertido;
Que obra en expediente de referencia, protocolos de análisis fisicoquímicos y bacteriológicos de muestras del efluente previo a su vertido;
Que el agua tratada, luego de pasar por una cámara de muestreo, será descargada directamente al suelo, escurriendo por la pendiente natural del terreno;
Que la empresa deberá cumplimentar con la Disposición Nº 020/13, de la Ley 1451;
Que obra Informe Técnico en expediente de referencia, analizando la información mencionada;
Que obra Dictamen de Asesoría Letrada en expediente de referencia no existiendo objeciones legales a formular;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que, mediante Resolución Nº 998/2002, delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
 
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
Artículo 1º) Renovar permiso a favor de la Empresa Minera Santa Cruz S.A., con domicilio legal en General Mosconi 247, de la Ciudad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz, para realizar el vertido de efluentes sanitarios provenientes del Puesto Tranquera y Puesto Garita pertenecientes al Proyecto San José; de acuerdo a los considerandos de la presente.-
Artículo 2°) El punto de descarga final será para el Puesto Garita en las coordenadas Lat.46.648687 - Long.70.284252, y para el Puesto Tranquera en las coordenadas Lat.46.452135 - Long.70.182280, previo tratamiento.-
Artículo 3º) El volumen máximo de efluentes a verter será de un metro cúbico y medio por día (1,5m3/d) en el Puesto Tranquera y un metro cúbico y medio por día (1,5m3/d) en el Puesto Garita.-
Artículo 4°) La empresa Minera Santa Cruz S.A., deberá presentar en forma trimestral, los protocolos de análisis físico - químicos y bacteriológicos realizados en muestras de agua previo al vertido (salida del biodigestor).-
Artículo 5°) El permiso se extenderá por un período de doce (12) meses, desde el día de la fecha.-
Artículo 6°) La empresa Minera Santa Cruz S.A., deberá presentar ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, junto a la declaración jurada de consumos, la declaración de los metros cúbicos vertidos, en forma mensual.-
Artículo 7º) La empresa Minera Santa Cruz S.A., deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, el que se encuentra establecido en la Disposición Nº 020/2013 “Sistema Tarifario por uso especial de agua” de la Ley 1451.-
Artículo 8º) El pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta C.A.P. Fondos de Terceros, Nro. Cuenta 720273/0-001 CBU 0860001101800072027304 Suc. Río Gallegos, previa conformidad de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos y de acuerdo al valor establecido.-
Artículo 9º) La empresa deberá dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición Nº 03/03, de la Ley 1451 “Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial”.-
Artículo 10º) Esta Autoridad de Aplicación, podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la normativa Vigente.-
Artículo 11°) La empresa Minera Santa Cruz S.A., deberá tramitar la correspondiente renovación del permiso de vertido, con treinta (30) días de anticipación al vencimiento de la presente Disposición. La documentación presentada quedará al análisis de esta Dirección Provincial.-
Artículo 12°) Esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos deja constancia que la presente fue elaborada a partir de datos, estudios y documentación presentada por la parte interesada, en carácter de Declaración Jurada.-
Artículo 13º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia del Consejo Agrario Provincial. Dirección Provincial Secretaría General. Dirección General de Administración. Dirección de Despacho. Notifíquese a Minera Santa Cruz S.A. Dese a Boletín Oficial, al Honorable Tribunal de Cuentas y cumplido. ARCHÍVESE.-
 
GONZALO M. COELHO
Director Pcial. de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI