Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0112/2022
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Disposiciones Completas / publicado el 30 Mayo 2023 / BO 5776

DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0112/2022

RENOVACIÓN PERMISO CAPTACIÓN DE AGUA PÚBLICA - POZOS EN YACIMIENTO BOLEADORAS - EMPRESA CGC S.A.
DISPOSICIÓN N° 00112
 
RÍO GALLEGOS, 06 de diciembre de 2022.-
V I S T O :
El Expediente Nº 487.075/2009, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que se tomó conocimiento de la nota CGC-E-4901/22, presentada por la Empresa CGC S.A., referente a la renovación del permiso de captación de agua de los pozos 1, 2, 3 y 5 del Yacimiento Boleadoras;
Que la empresa presentó Ensayo de Bombeo de cada punto de captación realizado por la empresa Perforaciones Golfo San Jorge S.R.L., rubricado por los Geólogos Pablo Correia y Roland Grant;
Que en cuanto al caudal óptimo de explotación del Pozo N° 1, los geólogos mencionados anteriormente llegan a la conclusión que es 3.45 m3/h, o un caudal máximo de extracción de 82.8 m3/día, la empresa solicita un caudal de explotación de 3.45 m3/h, que lo deberá realizar con un régimen de explotación de 20 horas (69 m3/día) con 4 horas de descanso, destinando para uso industrial;
Que, con respecto al Pozo denominado N° 2, se concluye que el caudal óptimo de explotación es 5.7 m3/h., con una máxima capacidad de extracción para una jornada de 24 hs un valor de 136 m3, CGC S.A., solicita un caudal de explotación de 5,70 m3/h que deberá realizarlo 18 horas de explotación y 6 horas de descanso (102.6 m3/día),destinado para uso industrial;
Que en cuanto al caudal óptimo de explotación del pozo N° 3, se llega a la conclusión que es 38.4 m3/día, realizando la extracción con 8 horas de bombeo continuo seguidas de 4 horas de recuperación, y retomar el bombeo en la misma secuencia, hasta completar las 24 hs, la empresa solicita un caudal de explotación de 38.4 m3/h con el régimen de bombeo antes mencionado, destinado para uso industrial;
Que en cuanto al caudal óptimo de explotación del pozo N° 5, se llega a la conclusión que es 46 m3/h., realizando la extracción a 2,3 m3/h., durante 20 horas continuas de bombeo con 4 horas de recuperación, la empresa solicita el caudal óptimo de explotación con el régimen de bombeo recomendado por los Geólogos de la empresa Golfo San Jorge S.R.L., el mismo será destinado para uso industrial;
Que se realizó un registro de los protocolos de análisis fisicoquímicos de cada pozo y se determina que, por medio de la Hidroquímica, no se registra sobreexplotación de los mismos;
Que obra Informe Técnico a fojas Nro. 2019, del expediente de referencia, sin objeciones técnicas a lo solicitado por la empresa;
Que obra a Fs. 2025, dictamen favorable por parte de la Dirección General de Coordinación Legal;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO;
 
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
1º) RENOVAR el permiso a favor de la empresa CGC S.A., con domicilio legal constituido en la calle Alberdi 232, de la localidad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz para captar agua pública de los siguientes Pozos ubicados en el Yacimiento Boleadoras:
  • Boleadoras 1 (50° 47’ 25.3” LS - 70° 46’ 31.9”)
  • Boleadoras 2 (50° 47’ 26.13” LS - 70° 46’ 48.79”)
  • Boleadoras 3 (50° 47’ 15.2” LS - 70° 46’ 56”)
  • Boleadoras 5 (50° 47’ 20.6” LS - 70° 47’ 17.1”)
2°) El caudal autorizado para usufructuar es el siguiente:
  • Boleadoras N° 1 el caudal autorizado es un máximo de 69 m3/día con un régimen de extracción de 45 m3/h., en 20 horas, destinando para uso industrial.-
  • Boleadoras N° 2 el caudal autorizado es 5.7 m3/h., realizando la extracción con 18 horas de bombeo seguidas de 6 horas de recuperación (uso industrial).-
  • Boleadoras N° 3 el caudal autorizado es 38.4 m3/día (uso industrial) realizando la extracción en 8 horas de bombeo continuo seguidas de 4 horas de recuperación y retomar el bombeo en la misma secuencia, hasta completar las 24 hs.-
  • Boleadoras N° 5 el caudal autorizado es 46 m3/día (uso industrial), realizando la provisión a 2,3 m3/h durante 20 horas continuas de bombeo con 4 horas de recuperación.-
3°) El presente Instrumento Legal tendrá validez por un periodo de 12 (doce) meses.-
4°) La empresa deberá presentar en las oficinas de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos los análisis fisicoquímicos de los pozos en forma semestral.-
5°) CGC S.A. deberá presentar ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, la declaración jurada de los consumos mensuales y el correspondiente registro fotográfico a color del caudalímetro instalado, donde conste la última lectura realizada, en forma mensual.-
6°) El agua utilizada tendrá carácter de uso especial, por lo que la empresa deberá dar cumplimento al pago del canon correspondiente, el que se encuentra establecido en la Disposición 20/13 de la Ley 1451 y/o la que lo reemplace en un futuro.-
7°) El canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta Consejo Agrario Provincial fondo de terceros, Nro. Cuenta 720273/0-001 CBU 0860001101200072027304, Suc. Río Gallegos.-
8°) La empresa CGC S.A. deberá tramitar la correspondiente renovación del permiso de captación de agua, con treinta días de anticipación al vencimiento de la presente Disposición. La documentación presentada quedará sujeto al análisis de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos.-
9°) Esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos deja constancia que la presente fue elaborada a partir de datos, estudios y documentación presentada por la parte interesada en carácter de declaración jurada.-
10º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia, Dirección Provincial de Secretaría General, Dirección General de Despacho, Dirección General de Administración y El Honorable Tribunal de Cuentas. Notifíquese a CGC S.A. Dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
 
GONZALO M. COELHO
Director Pcial. de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI