DISPOSICIÓN N° 074
RÍO GALLEGOS, 16 de mayo de 2023.-
V I S T O :
El Expediente A.S.I.P. Nº 910.219/SP/16; Resoluciones Generales Nº 010/ASIP/2016, 011/ASIP/2016 y 012/ASIP/2016, y las facultades otorgadas por el artículo 10 incisos n) y o) y artículo 12 inciso b) del Código Fiscal, y
CONSIDERANDO:
Que con fecha 11 de julio 2016 se dictaron las Resoluciones Generales A.S.I.P. N° 010, 011 y 012 mediante las cuales se establecen el Régimen de Agentes de Retención y Percepción del Impuesto sobre los Ingresos Brutos, Agentes de Recaudación del Impuesto de Sellos y Aplicativo STAC-AR, respectivamente, a los efectos de lograr una mejora continua para la generación, presentación y pago de las declaraciones juradas que realizan los agentes, todo ello atento a las facultades conferidas a la ASIP de regular e impartir normas generales obligatorias para los contribuyentes, responsables y terceros en aquellas materias que establece el Código Fiscal en su artículo 10º inciso n) otorgando la facultad a la ASIP para dictar normas relativas a la creación, actuación y supresión de agentes de retención, percepción y/ o información;
Que con fecha 22 de agosto de 2018 se dictó la Resolución General N° 234 mediante la cual se aprueba el SISTEMA INTEGRAL TRIBUTARIO SANTA CRUZ;
Que con fecha 24 de enero de 2019 se dictó la Resolución General N° 40, mediante la cual se estableció el uso Obligatorio del sitio oficial de nuestro Organismo;
Que corresponde adecuar y modificar algunas de las designaciones realizadas, así como incluir nuevos agentes y excluir otros por situaciones especiales;
Que obran dictámenes de la Subdirección Ejecutiva de Asuntos Legales N° 109/2023, 125/2023, 167/2023 y Nº 124/2023;
Que la presente se dicta en uso de las atribuciones conferidas por la Ley N° 3470 y el Decreto Nº 1029/2020;
POR ELLO:
EL DIRECTOR EJECUTIVO
DE LA AGENCIA SANTACRUCEÑA DE INGRESOS PÚBLICOS
D I S P O N E :
ARTÍCULO 1°.- DESIGNAR e INCORPORAR como Agentes de Recaudación del Impuesto de Sellos, conforme artículo 1° de la Resolución General A.S.I.P. N° 011-ASIP/2016 y del Anexo I de la misma, a las firmas y organismo que se detallan a continuación:
- ANDINA ART S.A. (CUIT N° 33-71699299-9) - Régimen SIT SANTA CRUZ, a partir del 01/06/2023.-
- BANCO DEL SOL S.A. (CUIT N° 30-67793756-0) - Régimen SIT SANTA CRUZ, a partir del 01/06/2023.-
- TESORERÍA GENERAL DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ (CUIT N° 30-70253399-2) - Régimen SIT SANTA CRUZ, a partir del 01/01/2023 (Retroactiva).-
-
AGULLA NILSSON EVELYN HULDA (CUIT N° 27-20139256-5) - Régimen SIT SANTA CRUZ, a partir del 31/05/2020 (Retroactiva).-
ARTÍCULO 3°.- REGÍSTRESE, COMUNÍQUESE a quien corresponda, PUBLÍQUESE en el Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
C.P. JULIO A. BECKER ULLOA
Director Ejecutivo
Agencia Santacruceña
de Ingresos Públicos