DISPOSICIÓN N° 0076
RÍO GALLEGOS, 23 de agosto de 2022.-
V I S T O :
El Expediente Nº 494.690/2021, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos (DPRH) y;
CONSIDERANDO:
Que, mediante documentación obrante en el presente, la Dirección Nacional de Vialidad, solicita el permiso para realizar la obra “Limpieza y Restitución del cauce del río Turbio, en la Ruta Nacional Nº 40 - provincia de Santa Cruz, progresiva Km. 375.84”;
Que la obra de referencia es de importancia y las tareas a ejecutar tienen como finalidad la restitución del cauce en la margen aguas arriba del puente, el acondicionamiento de la sección hidráulica del río a los fines de controlar la erosión y protección de las fundaciones del puente. La obra implica la restitución del cauce en la margen aguas arriba del puente, retiro de malezas de ambas márgenes, retiro de vegetación, remoción de sedimentos. La longitud de trabajo será de 225 m aguas arriba y 125 m aguas abajo;
Que obra informe técnico a fs. 62 del expediente de referencia no existiendo objeciones técnicas para la prosecución del presente trámite;
Que se cumplimenta con lo descripto en el artículo Nº 40 de la Ley Nº1451, a saber, las publicaciones en el Boletín Oficial y en un diario de amplia circulación de la ciudad;
Que obra a fs. 66 Dictamen favorable por parte de la Dirección General de Coordinación Legal;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
Artículo 1º) AUTORIZAR, a la DIRECCIÓN NACIONAL DE VIALIDAD con domicilio legal constituido en calle Errázuriz Nro. 482 de la ciudad de Río Gallegos, Santa Cruz el permiso para llevar a cabo la obra “Limpieza y Restitución del cauce del río Turbio, en la Ruta Nacional Nº 40- provincia de Santa Cruz, progresiva Km. 375.84.”-
Artículo 2°) El presente fue elaborado a partir de documentación suministrada por la parte interesada, en carácter de declaración jurada. Por lo que, siempre que surjan cambios en la información presentada ante esta Dirección Provincial, deberá remitirse informe técnico anunciando las modificaciones a la propuesta original de la obra.-
Artículo 3°) La Dirección Nacional de Vialidad deberá informar la fecha de inicio de los trabajos acorde al plan de trabajo presentado, para que esta Dirección Provincial realice la supervisión de obra correspondiente.-
Artículo 4º) Según lo informado en la memoria técnica presentada por la parte interesada, los residuos orgánicos o no, deberán ser retirados del sector de obra y transportados al vaciadero municipal de la localidad.-
Artículo 5º) Deberá presentarse ante esta Dirección Provincial un informe final de obra, donde se indiquen las tareas realizadas y un registro fotográfico, acorde a lo planteado en el PMA.-
Artículo 6º) Dicha autorización tendrá vigencia a partir del día de la fecha, por un período de seis (6) meses para dar comienzo a la obra, cumplido este plazo se deberá renovar la misma.-
Artículo 7°) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia, Dirección General de Gestión Técnica y Administrativa, Dirección de Administración, Dirección General de Despacho. Notifíquese a la Dirección de Vialidad Nacional, dese al Boletín oficial, al Honorable Tribunal de Cuentas y cumplido ARCHÍVESE.-
GONZALO M. COELHO
Director Pcial. de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz