DISPOSICIÓN N° 00067
RÍO GALLEGOS, 18 de julio de 2022.-
V I S T O :
El Expediente Nº 489.810/2013, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que la empresa Petroquímica Comodoro Rivadavia S.A. solicita la renovación del permiso de Captación de Agua Pública del pozo denominado PPPT1, el cual fuera otorgado oportunamente por esta autoridad de aplicación mediante la Disposición 22/DPRH/21;
Que el pozo PPPT1 está ubicado en el punto georeferenciado latitud 47º 47’ 10,6’’ y longitud 67º 55’ 40,3’’;
Que consta en fojas 347-370 el correspondiente ensayo de bombeo del pozo antes mencionado realizado por el geólogo Rufino Alberto Sánchez Matrícula Nº 141;
Que del estudio hidrogeológico realizado al pozo PPPT1 se determina que el caudal recomendado de explotación es de 840 m3/día (35 m3/h) según nota aclaratoria rubricada por el geólogo, figura la misma en fojas 372;
Que la empresa solicita un caudal de explotación de 260 m3/día (10.83/h);
Que obra el correspondiente Informe Técnico a fojas 662 del expediente de referencia;
Que mediante Ley Nº 2625, promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de agosto de 2002, se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el Instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO :
EL DIRECTOR GENERAL A/C
D I S P O N E :
1º) Renovar permiso a favor de la empresa Petroquímica Comodoro Rivadavia S.A. (PCR S.A.), con domicilio real en Ruta 12, Barrio Industrial, de la localidad de Pico Truncado, provincia de Santa Cruz; para la captación de agua pública del pozo denominado PPPT1 (47º 47’ 10,6’’ - 67º 55’ 40,3’’).
2º) La dotación que se autoriza es hasta un máximo de 260 m3/día, para ser utilizado en la refrigeración de motores en circuito cerrado, riego de caminos internos, como así también de cortinas forestales.
3º) El permiso tendrá vigencia por un período de 12 (doce) meses, a partir del 18 de julio del 2022.
4º) La solicitud de renovación de la Disposición se deberá efectuar con 30(treinta) días de anticipación a la fecha de vencimiento.
5º) Al tener carácter especial el uso que se le dará al recurso, la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, él se encuentra estipulado en la Disposición Nº 20/DPRH/2013 perteneciente a la ley Provincial Nº 1451.
6º) El pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta CAP-Fondos de Terceros, Nro. Cuenta 720273/0-001 CBU 0860001101800072027304, Suc. Río Gallegos, previa conformidad de ésa Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.
7º) PCR S.A. deberá presentar en forma mensual, ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, la lectura del Caudalímetro instalado, en carácter de declaración jurada, con una foto legible y a color de la última lectura, para efectuar la correspondiente certificación.
8°) PCR S.A. deberá presentar ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, en forma semestral, los protocolos de análisis físico - químicos y bacteriológicos realizados en muestras de agua del pozo PPPT1, a efectos de realizar su correspondiente caracterización y seguimiento de parámetros.
9°) La Dirección Provincial de Recursos Hídricos deja constancia que la presente fue elaborada a partir de datos, estudios y documentación presentada por la parte interesada, presentados en carácter de Declaración Jurada.
10º) REGÍSTRESE: Tomen conocimiento: Presidencia, Dirección Provincial de Secretaría General, Dirección General de Despacho, Dirección General de Administración y el Honorable Tribunal de Cuentas. Notifíquese a Petroquímica Comodoro Rivadavia S.A. Dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
CABRERA CID HUGO ARIEL
Director General de
Hídricos y Proyectos Especiales
Consejo Agrario Provincial
