DISPOSICIÓN N° 0063
RíO GALLEGOS, 05 de julio de 2022.-
V I S T O :
El Expediente Nº 497.636/DPRH/2002.-
CONSIDERANDO:
Que mediante documentación obrante en el expediente de referencia, la empresa Transportadora Gas del Sur, solicita la rectificación de lo autorizado mediante disposición Nro. 50-DPRH-22.
Que se deberá modificar los artículos Nros. 1, 2, 3 de la disposición Nro. 50-DPRH-22, quedando redactados de la siguiente manera:
1º) RENOVAR a la empresa TGS S.A. con domicilio legal constituido en calle Chacabuco Nro. 78 de la ciudad de Río Gallegos; permiso para la captación de agua subterránea en pozo ubicado en las coordenadas Lat. S 48º32’32.5”S- 67º46’9.67’’W; y permiso para el vertido de efluentes sanitarios, previamente tratados, en pozo absorbente ubicado en las coordenadas Lat. S 48° 32’ 31.8’’ Long. O 67° 46’ 11.3’’ de la PC Río Seco/Tres Cerros, de acuerdo a los considerandos de la presente.
2°) La dotación máxima de extracción de agua subterránea se ha fijado en 3.5 (tres y medio) m3/día, para uso doméstico en la actividad industrial.
3°) El volumen máximo autorizado de efluente vertido previamente tratado, será de 2,8 (dos comas ocho) metros cúbicos por día.
Que obra informe técnico, sin objeciones a lo solicitado por la empresa.
Que obra en el expediente, dictamen favorable por parte de la Dirección General de Coordinación Legal.
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente
POR ELLO :
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
1º) MODIFICAR, los artículos Nros. 1, 2, y 3 de la disposición Nro. 50-DPRH-22, los cuales quedarán redactados de la siguiente manera
Artículo 1º) RENOVAR a la empresa TGS S.A. con domicilio legal constituido en calle Chacabuco Nro. 78 de la ciudad de Río Gallegos; permiso para la captación de agua subterránea en pozo ubicado en las coordenadas Lat. S 48º 32’ 32.5”S- 67º 46’ 9.67’’W; y permiso para el vertido de efluentes sanitarios, previamente tratados, en pozo absorbente ubicado en las coordenadas Lat. S 48° 32’ 31.8’’ Long. O 67° 46’ 11.3’’ de la PC Río Seco/Tres Cerros, de acuerdo a los considerandos de la presente.
Artículo 2°) La dotación máxima de extracción de agua subterránea se ha fijado en 3.5 (tres y medio) m3/día, para uso doméstico en la actividad industrial.
Artículo 3°) El volumen máximo autorizado de efluente vertido previamente tratado, será de 2,8 (dos coma ocho) metros cúbicos por día.
2°) El presente fue realizado a partir de datos e información provista por la parte interesada en carácter de declaración jurada.
3º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia, Dirección General de Gestión Técnica y Administrativa, Dirección de Administración. Dirección General de Despacho Notifíquese a TGS S.A., dese al Boletín Oficial, Tribunal de Cuentas y cumplido ARCHÍVESE.-
GONZALO M. COELHO
Director Pcial. de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz
