Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0035/2022
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Disposiciones Completas / publicado el 02 Marzo 2023 / BO 5749

DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0035/2022

RENOVACIÓN PERMISO VERTIDO DE EFLUENTES SANITARIOS - BATERÍA DE RECEPCIÓN MAGALLANES - EMPRESA ENAP SIPETROL
DISPOSICIÓN N° 00035
 
RÍO GALLEGOS, 16 de mayo de 2022.-
V I S T O :
El Expediente Nº 493.200/DPRH/1997, y:
CONSIDERANDO:
Que mediante Nota S/Nº de fecha 25/04/2022 obrante en el expediente, la empresa “Enap Sipetrol Argentina S.A. -Y.P.F S.A.”; presenta protocolo de análisis físico; químicos y bacteriológicos de los efluentes con el fin de complementar la información para la renovación del permiso de vertido de efluentes sanitarios en la Batería de Recepción del Área de Magallanes.
Que el sistema de tratamiento que reciben los efluentes es a través de una planta FILTOMAT, la cual integra un sistema de tratamiento biológico y una separación sólido-líquido clarificado, concentrado de barros, con tratamiento terciario de filtrado del efluente y desinfección para reusó de agua.
Que el caudal máximo de vertido será 25 m³/día, el cual guarda relación con la cantidad de personas que se encuentran en el lugar.
Que el permiso tendrá vigencia a partir del día de la fecha y por un período de 12 (doce) meses.
Que obra informe técnico a fojas Nº 487, del expediente de referencia, sin objeciones técnicas a lo solicitado por la empresa.
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente.
POR ELLO:
LA DIRECTORA GENERAL A CARGO
DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
Artículo 1º) RENOVAR permiso a la empresa Enap Sipetrol con domicilio constituido en la calle San Juan Nº 641 de la localidad de Río Gallegos, para el vertido de efluentes sanitarios en la Batería de Recepción Magallanes, en las siguientes coordenadas:
Latitud: 52º19´44.36´´S
Longitud: 68º24´0.54´´O
Artículo 2º) Se autoriza un vertido diario máximo de 25 m³ (Veinticinco) metros cúbicos.
Artículo 3º) El permiso tendrá vigencia a partir del día de la fecha por un lapso de 12 meses.
Artículo 4º) Deberán enviar trimestralmente los análisis físico-químicos y bacteriológicos del efluente sanitario.
Artículo 5º) Se deberá contabilizar el agua de vertido, y presentar la cantidad en forma mensual, ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, en carácter de Declaración Jurada, para su correspondiente certificación.
Artículo 6º) La empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente el que se encuentra establecido en la Disposición Nro. 020/13” Sistema Tarifario por uso especial de agua” de la Ley 1451, haciéndolo efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta CAP-Fondo de terceros, Suc. Río Gallegos Nro. Cuenta 720273/0-001 CBU 0860001101800072027304 previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.
Artículo 7º) En caso de constatar afectación al recurso hídrico, la Autoridad de Aplicación procederá a revocar el permiso otorgado y cumplirá con lo dispuesto en la Normativa Vigente.
Artículo 8º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia del Consejo Agrario Provincial; Dirección Provincial de Secretaría General, Dirección General de Administración; Dirección General de Despacho; Notifíquese a Enap Sipetrol; Dese a Boletín Oficial, al Honorable Tribunal de Cuentas y cumplido. ARCHÍVESE.-
 
Ing. DÉBORA NATALIA ZERPA
Directora Gral. de Hidrología
Consejo Agrario Provincial

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI