Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0034/2022
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Disposiciones Completas / publicado el 28 Febrero 2023 / BO 5748

DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0034/2022

RENOVACIÓN PERMISO PARA CAPTACIÓN DE AGUA PÚBLICA - EL CALAFATE - EMPRESA DE LA CORDILLERA S.H.
DISPOSICIÓN N° 00034
 
RÍO GALLEGOS, 11 de mayo de 2022.-
V I S T O :
El Expediente Nº 496263/2000, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que atentos a la documentación presentada por Sres. Mariano y Juan Bellio titulares De la Cordillera S.H. (Agua de la Cordillera), en relación a la renovación del permiso para la captación de agua con fines especiales de un pozo ubicado en las coordenadas S 50º20’42,5” W 72º15’17,6”de la Localidad de El Calafate;
Que al no existir cambios en el caudal requerido, la dotación que se autorizará es de 1,5 m3/hr, por un período de doce (12) a partir del día de la fecha;
Que el uso que se le dará al agua extraída será catalogado como uso especial, por lo que se deberá cumplimentar con la Disposición Nº 020/2013 de la Ley 1451;
Que los metros cúbicos solicitados, serán ratificados mediante la lectura del caudalímetro instalado en boca de pozo;
Que obra Informe a fojas Nº421, en expediente de referencia;
Que obra Dictamen favorable de la Dirección General de Coordinación Legal del Consejo Agrario Provincial;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley N° 1451, el que mediante Resolución N° 998/2002, delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
 
LA DIRECTORA GENERAL A/C DE LA
DIRECCIÓN PCIAL. DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N  E :
 
1º) RENOVAR, el Permiso a favor de Bellio Juan José y Bellio Mariano Martín titulares de “De la Cordillera S.H.”, con domicilio Real en Los Inmigrantes 24, de la Ciudad del Calafate, provincia de Santa Cruz, para realizar la captación de agua pública del pozo, ubicado en las coordenadas S 50°20’42,5”W72°15’17,6”.-
2º) La dotación de extracción de agua subterránea que se autoriza es de 1,5m3 /hr, por un período de doce (12) meses, a partir del día de la fecha.-
3º) La empresa deberá presentar en forma mensual, ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, la lectura del caudalimetro instalado, en carácter de declaración jurada, con una foto legible y a color de la última lectura, para efectuar la correspondiente certificación.-
4º) La captación tendrá carácter de uso especial, por lo que la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente que se encuentra establecido en la Disposición Nro. 020/13” Sistema Tarifario por uso especial de agua” de la Ley 1451, o la que en un futuro la reemplace, haciéndolo efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta CAP-Fondo de terceros, Suc. Río Gallegos Nro. Cuenta 720273/0-001 CBU 0860001101800072027304, Cuit N° 30-65694983-6, previa conformidad de esta Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido. Una vez realizado el pago deberá enviar copia del comprobante del mismo a esta Dirección Provincial.-
5°) Que sin perjuicio de lo anteriormente mencionado, deberá cumplimentar lo establecido por la Dirección General de Auditoría General y Sanitaria dependiente del Ministerio de Salud de la Provincia en lo concerniente a la calidad del agua para el consumo humano.-
6º) Para realizar la renovación de la presente, la parte interesada deberá solicitarlo formalmente con una antelación de 30 (treinta) días de anticipación a la fecha de vencimiento.-
7º) En caso de no lograr constatarse fehacientemente y por cualquier motivo, el agua extraída mensual, y siempre que no implique una contravención, se considerará como habitual el máximo caudal autorizado.-
8º) Si efectuara una extracción mayor a la permitida, el excedente de lo autorizado será certificado con el doble del módulo establecido, e independientemente de las acciones administrativas que dieran origen dicha infracción.-
9º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia del Consejo Agrario Provincial, Dirección Provincial Secretaría General, Dirección General Administración, Dirección General Despacho, Honorable Tribunal de Cuentas, notifíquese a Bellio Juan José y Bellio Mariano Martín titulares de “De la Cordillera S.H.” y dese a Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
 
Ing. DEBORA NATALIA ZERPA
Directora Gral. de Hidrología
Consejo Agrario Provincial

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI