Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0028/2022
BODY
Edición del 14 Agosto 2025
Ediciones anteriores
Disposiciones Completas
« Ago 2025 »
Lun Mar Mier Jue Vie Sáb Dom
        1 2 3
4 5 6 7 8 9 10
11 12 13 14 15 16 17
18 19 20 21 22 23 24
25 26 27 28 29 30 31

Secciones



Disposiciones Completas / publicado el 22 Febrero 2023 / EE 5746

DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0028/2022

RENOVACIÓN PERMISO PARA EXTRACCIÓN DEL RECURSO HÍDRICO DE UNA VERTIENTE - ESTANCIA MONSERRAT - MINERA LOS DOMOS S.A.
DISPOSICIÓN N° 00028

RÍO GALLEGOS, 28 de abril de 2022.-
V I S T O :
El Expediente Nº 493.682/2019, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos (DPRH); y
CONSIDERANDO:
Que se recepcionó nota obrante en expediente del visto, la empresa MINERA LOS DOMOS S.A. será la encargada de la exploración del Proyecto denominado Conserrat, dentro del departamento Deseado a 70 km. al suroeste de la localidad de Tres Cerros y a unos 20 km. de la Mina de Cerro Vanguardia;
Que la empresa ubicará un campamento en la zona que constará de carpas desmontables, sanitarios tipo trailers que contiene hasta 40 personas, Minera Los Domos S.A. solicita autorización para la extracción de agua de una vertiente (48° 15’ 41’’ 68° 32’ 20’’) ubicada en la Estancia Monserrat a 500 metros del campamento, el caudal requerido será 60 m3/mes para uso poblacional y 500 m3/mes para uso industrial;
Que la empresa presenta un estudio realizado en la vertiente en el cual declara que la misma arroja 5m3/h, por lo que no habría objeciones técnicas a lo solicitado;
Que el consumo para bebida humana se proveerá de agua mineral envasada la cual será adquirida y transportada desde los centros urbanos más cercanos;
Que en cuanto a los sondajes de exploración se realizarán a diamantina, la empresa solicita un caudal de 1200 m3/mes para la realización de estos trabajos, a ser captado por medio de camiones con motobombas, siendo la captación de 2 camiones por día;
Que la misma se realizará de la Laguna denominada “Sur” ubicada en 48° 18’ 00’’ 68° 31’ 48’’ el cálculo realizado a la vertiente que aporta a la laguna es de 168 m3 día;
Que obra informe técnico a fojas Nº 1 59, del expediente de referencia;
Que asimismo obra dictamen favorable de Coordinación Legal del CAP, con el mismo tenor, obrante a fs. xxx;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de agosto de 2002, se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley N° 1451, el que mediante Resolución N° 998 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el Instrumento Legal correspondiente:
POR ELLO:
 
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
1º) Renovar el permiso a favor de MINERA LOS DOMOS S.A., con domicilio real en calle Pasaje Feruglio 157 de la Ciudad de Río Gallegos, Santa Cruz; para la extracción del recurso hídrico de una vertiente ubicada en posición georeferenciada 48° 15’ 41’’ 68° 32’ 20’’ y de una Laguna denominada “Sur” ubicada en posición 48° 18’ 00’’ 68° 31’ 48’’, ambas ubicadas en la Estancia Monserrat, departamento Deseado de la provincia de Santa Cruz.-
2º) La dotación autorizada es de 60 m3/mes para uso poblacional y 500 m3/mes para uso industrial, a captar de la vertiente ubicada en posición 48° 15’ 41’’ 68° 32’ 20’’ y de la Laguna “Sur” se autoriza la captación de 1200m3/mes.-
3°) La empresa deberá dar aviso a esta Dirección Provincial de la fecha de inicio de las perforaciones, en caso de no utilizar el presente permiso en el término de 5 (cinco) meses, el mismo quedará caduco.-
4º) En caso de solicitar la ampliación de la dotación consignada en el artículo 2° deberá requerirlo a esta DPRH.-
5°) En cuanto a la medición del caudal la empresa deberá dar cumplimiento los estipulado en el artículo 2.2 de la Disposición 03/03.-
6°) Al tener carácter especial el uso que se le dará al recurso, la empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, él se encuentra estipulado en la Disposición N°20/DPRH/2013 perteneciente a la Ley N°1451.-
7º) Minera Los Domos S.A. deberá presentar en forma mensual, ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, los partes diarios de camiones y la lectura del caudalímetro instalado (adjuntando foto a color de la última lectura), en carácter de Declaración Jurada, para su correspondiente certificación.-
8º) El pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito, en el Banco Santa Cruz- Suc. Río Gallegos a la cuenta CAP Fondo de Terceros, previa conformidad de esa Autoridad de Aplicación y de acuerdo al valor establecido.-
9º) La Dirección Provincial de Recurso Hídricos deja constancia que la presente fue elaborada a partir de datos, estudios y documentación presentada por la parte interesada, presentándose en carácter de declaración jurada.-
10°) Toda persona que con ocasión de efectuar estudios, exploraciones o explotaciones mineras o de otra índole, descubriere o alumbrare aguas deberá dar inmediato aviso a la autoridad del agua proporcionando la información técnica de que disponga.-
11º) REGÍSTRESE: Tomen conocimiento: Presidencia, Dirección Provincial de Secretaría General, Dirección General de Administración, Dirección General de Despacho y El Honorable Tribunal de Cuentas. Notifíquese a MINERA LOS DOMOS. Dese al Boletín Oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
 
GONZALO M. COELHO
Director Pcial. de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI