Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0014/2022
Edición del 18 Diciembre 2025
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Disposiciones Completas / publicado el 07 Febrero 2023 / BO 5742

DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0014/2022

RENOVACIÓN PERMISO - VERTIDO DE EFLUENTES SANITARIOS - EMPRESA MINERA ESTELAR RESOURCES LTD. S.A.
DISPOSICIÓN N° 014
 
RÍO GALLEGOS, 01 de abril de 2022.-
V I S T O :
El Expediente Nº 485.913/08, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante en expediente de referencia, la empresa Estelar Resources LTD. S.A., solicita la renovación del permiso para el vertido de efluentes sanitarios provenientes del campamento Cerro Moro, previamente tratados;
Que los efluentes serán conducidos hacia dos plantas de tratamiento, las cuales procesan las aguas provenientes de la cocina, baños y dormitorios. La misma utiliza el sistema del tipo lodos activados con cámaras de tratamiento anaeróbicas durante la primera etapa, aeróbica durante la segunda etapa, con desinfección por cloración al final del proceso y previo al vuelco;
Que se extenderá el presente permiso por un período de doce (12) meses desde el 14 de marzo de 2022;
Que obra Informe Técnico en expediente de referencia;
Que obra Dictamen de Asesoría Letrada en expediente de referencia no existiendo objeciones legales a formular;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que, mediante Resolución Nº 998/2002, delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO
 
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
Artículo 1º) Renovar permiso a favor de la Empresa Estelar Resources LTD S.A., con domicilio legal en Pasaje E. Feruglio 157, de la Ciudad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz, para realizar el vertido de efluentes sanitarios provenientes del Campamento minero Cerro Moro, previo tratamiento; de acuerdo a los considerandos de la presente.
Artículo 2°) La descarga se realizará sobre un cauce superficial, el cual se activa sólo en casos de precipitaciones, en las coordenadas Lat. Sur 48°07´51” - Long. O 66°38´42”.
Artículo 3°) La empresa deberá presentar en forma trimestral, los protocolos de análisis físico - químicos y bacteriológicos realizados en muestras de agua previo al vertido (salida de la planta de tratamiento).
Artículo 4°) El permiso se extenderá por un período de doce (12) meses, desde el 14 de marzo de 2022 hasta el 14 de marzo de 2023.
Artículo 5°) La empresa Estelar Resources LTD S.A., deberá presentar ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, junto a la declaración jurada de consumos, la declaración de los metros cúbicos vertidos, en forma mensual.
Artículo 6º) La empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, el que se encuentra establecido en la Disposición Nº 020/2013 “Sistema Tarifario por uso especial de agua” de la Ley 1451.
Artículo 7°) El pago del canon deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta C.A.P. Fondos de Terceros, Nro. Cuenta 720273/0-001 CBU 0860001101800072027304 Suc. Río Gallegos, previa conformidad de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos y de acuerdo al valor establecido.
Artículo 8º) Dar cumplimiento a lo establecido en la Disposición Nº03/03, de la Ley 1451 “Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial”.
Artículo 9º) Esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la normativa Vigente.
Artículo 10°) La empresa Estelar Resources LTD S.A., deberá tramitar la correspondiente renovación del permiso de vertido, con treinta (30) días de anticipación al vencimiento de la presente Disposición. La documentación presentada quedará al análisis de esta Dirección Provincial.
Artículo 11°) Esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos deja constancia que la presente fue elaborada a partir de datos, estudios y documentación presentada por la parte interesada, en carácter de Declaración Jurada.
Artículo 12º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia del Consejo Agrario Provincial. Dirección Provincial Secretaría General. Dirección General de Administración. Notifíquese a Estelar Resources LTD S.A. Dese a Boletín Oficial. Al Honorable Tribunal de Cuentas y cumplido ARCHÍVESE.-
 
GONZALO M. COELHO
Director Pcial. de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI