Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0007/2022
Edición del 18 Diciembre 2025
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Disposiciones Completas / publicado el 26 Enero 2023 / BO 5739

DISPOSICIÓN D.P.R.H.-N° 0007/2022

RENOVACIÓN PERMISO CAPTACIÓN DE AGUA - ARROYO TELKEN - EMPRESA MINERA OPOPLATA S.A.
DISPOSICIÓN N° 007
 
RÍO GALLEGOS, 22 de febrero de 2022.-
V I S T O :
El Expediente Nº 485.958/08 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante nota obrante en expediente de referencia, la Empresa Minera OroPlata S.A., solicita la renovación del permiso para la captación de agua del Arroyo Telken y del Río Pinturas (Puente), con fines industriales;
Que las dotaciones asignadas serán controladas mediante la lectura de los caudalímetros instalados en las instalaciones de carga de camiones, ya que las captaciones son de carácter permanente;
Que el uso que se dará al agua extraída, será catalogado como uso especial, por lo que se deberá cumplimentar con la Disposición Nº 020/2013 de la Ley 1451;
Que el permiso se extenderá por un periodo de doce (12) meses desde el 12 de enero de 2022;
Que obra Informe Técnico en expediente de referencia;
Que obra Dictamen de Asesoría Letrada en expediente de referencia no existiendo objeciones legales a formular;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 2 de agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998/2002, delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos, dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento Legal correspondiente;
POR ELLO:
 
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
 
Artículo 1°) Renovar permiso, a favor de la empresa Minera OroPlata S.A., con domicilio legal en Pasaje E. Feruglio 157 de la Ciudad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz; para la captación de agua del Arroyo Telken en las coordenadas geográficas (datum WGS84)46°52´53.4”S - 70°44´00.15”Wy del Río Pinturas (Puente) 46°53´31.36”S - 70°27´59.94”W, con fines industriales, teniendo en cuenta los considerandos de la presente.-
Artículo 2º) Autorizar con fines industriales las siguientes dotaciones: *AºTelken: 7 m3/h (siete metros cúbicos por hora), *Río Pinturas 10,5m3/h (diez metros cúbicos y medio por hora), según los Informes de aforo presentados.-
Artículo 3°) El agua extraída será destinada al riego y mantenimiento de caminos, en el Proyecto Cerro Negro. La captación se realizará mediante el uso de camiones cisterna, que trasladarán el agua hasta las áreas de trabajo.-
Artículo 4º) La empresa OroPlata S.A., siempre que surjan cambios en la información presentada y ante la renovación de permisos, deberá remitir Informe Técnico con las características de los vehículos a utilizarse para el transporte de agua, tales como dominio, marca, modelo, capacidad (lts) y demás consideraciones que esta Dirección provincial crea conveniente solicitar.-
Artículo 5°) La empresa deberá presentar en forma semestral, protocolos de análisis físico - químicos y bacteriológicos realizados en muestras de agua en los punto de captación, a efectos de realizar seguimiento de parámetros.-
Artículo 6º) La empresa deberá realizar la presentación de dos (2) informes de aforo durante el año autorizado, realizándose uno en época de estiaje y otro en época de mayor abundancia hídrica y/o cuando la Autoridad de Aplicación crea conveniente solicitar.-
Artículo 7º) Otorgar permiso por un período de doce (12) meses desde el 23 de febrero de 2022 hasta el 23 de febrero de 2023.-
Artículo 8°) La empresa deberá presentar ante las oficinas de esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos, la declaración jurada de los consumos mensuales realizados y el correspondiente registro fotográfico del caudalímetro instalado, donde conste la última lectura realizada, en forma mensual.-
Artículo 9°) El agua utilizada tendrá carácter de uso especial, por lo que la Empresa deberá dar cumplimiento al pago del canon correspondiente, el que se encuentra establecido en la Disposición N° 020/13 “Sistema Tarifario por uso especial de Agua” de la Ley 1451.-
Artículo 10°) El pago del canon, deberá hacerse efectivo mediante depósito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta C.A.P. Fondos de Terceros, Nro. Cuenta 720273/0-001 CBU 0860001101800072027304 Suc. Río Gallegos, previa conformidad de la Dirección Provincial de Recursos Hídricos y de acuerdo al valor establecido.-
Artículo 11º) En caso de no lograr constatarse fehacientemente y por cualquier motivo, el agua extraída de forma mensual, y siempre que no implique una contravención a la Ley 1451, se considerará como habitual el máximo caudal autorizado.-
Artículo 12º) Si efectuara una extracción mayor a la permitida, el excedente de lo autorizado será certificado con el doble del módulo establecido, independientemente de las acciones administrativas que se dieran origen, producto de dicha infracción.-
Artículo 13º) El permisionario deberá dar estricto cumplimiento a lo establecido en la Disposición 03/03 “Preservación de los Recursos Hídricos en la explotación con destino industrial” de la Ley N° 1451.-
Artículo 14º) La Dirección Provincial podrá revocar el permiso otorgado en los casos que crea conveniente, ante la detección de anomalías que pudieran afectar negativamente al recurso o ante el incumplimiento de la normativa Vigente.-
Artículo 15°) La empresa OroPlata S.A., deberá tramitar la correspondiente renovación del permiso de captación de agua, con treinta (30) días de anticipación al vencimiento de la presente Disposición. La documentación presentada quedará al análisis de esta Dirección Provincial.-
Artículo 16°) Esta Dirección Provincial de Recursos Hídricos deja constancia que la presente fue elaborada a partir de datos, estudios y documentación presentada por la parte interesada, en carácter de Declaración Jurada.
Artículo 17º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia, Dirección General de Gestión Técnica y Administrativa, Dirección de Despacho, Dirección de Administración. Notifíquese a Minera OroPlata S.A., dese a Boletín Oficial, a Tribunal de Cuentas y cumplido. ARCHÍVESE.-
 
GONZALO M. COELHO
Director Pcial. de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz
 
 

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI