DISPOSICIÓN N° 121
RÍO GALLEGOS, 12 de octubre de 2021.-
V I S T O :
El Expediente Nº 492.929/2018, iniciado por la Dirección Provincial de Recursos Hídricos; y
CONSIDERANDO:
Que se tomó conocimiento de la nota CGC-E-3344/21, presentada por la Empresa CGC S.A., referente a la solicitud de renovación de captación de agua del pozo Campo Boleadoras 7 (50°46’41,81” LS - 70°44’35.63”);
Que la perforación del mismo fue otorgada por esta DPRH mediante Disposición 05/DPRH/19;
Que la empresa presenta Informe Hidráulico del pozo realizado por la empresa Perforaciones Golfo San Jorge S.R.L. el cual obra a fs. 33-47;
Que en cuanto al caudal óptimo de explotación del Pozo es 3,10 m3/h, según se justifica en fs. 37;
Que la empresa CGC S.A. solicita un caudal de explotación de 3,10 m3/h para uso industrial;
Que obra informe técnico a fojas Nro 81, del expediente del visto, sin objeciones a lo solicitado por la empresa;
Que obra a Fs. 86, dictamen favorable por parte de la Dirección General de Coordinación Legal;
Que mediante Ley Nº 2625 promulgada por Decreto Nº 1949, de fecha 02 de Agosto de 2002 se designa al Consejo Agrario Provincial, Autoridad de Aplicación de la Ley Nº 1451, el que mediante Resolución Nº 998/2002 delega dicha función a la Dirección Provincial de Recursos Hídricos dependiente de ese Organismo;
Que para ello se hace necesario dictar el instrumento legal correspondiente;
POR ELLO:
EL DIRECTOR PROVINCIAL DE RECURSOS HÍDRICOS
D I S P O N E :
1º) RENOVAR permiso a favor de la empresa CGC S.A., con domicilio legal constituido en la calle Alberdi 232, de la localidad de Río Gallegos, provincia de Santa Cruz para captar agua pública del Pozo denominado Boleadoras 7 (50°46’41,81” - 70°44’35.63”) dentro del Yacimiento Boleadoras.-
2°) El caudal autorizado para usufructuar es 3.10 m3/hora destinando para uso Industrial.-
3°) El permiso tendrá validez por un período de 12 (doce) meses desde el 13 de Octubre del corriente año al 13 de Octubre del 2022.-
4°) La empresa deberá presentar en las oficinas de la DPRH los análisis fisicoquímicos del pozo en forma semestral.
5°) La empresa, deberá presentar ante las oficinas de esta DPRH, la declaración jurada de los consumos mensuales realizado y el correspondiente registro fotográfico a color del caudalímetro instalado, donde conste la última lectura realizada, en forma mensual.-
6°) El agua utilizada tendrá carácter de uso especial, por lo que la empresa deberá dar cumplimento al pago del canon correspondiente, el que se encuentra establecido en la Disposición 20/13 de la Ley 1451 y/o la que lo reemplace en un futuro.-
7°) El canon deberá hacerse efectivo mediante deposito en el Banco Santa Cruz, a la cuenta CAP fondo de terceros, Nro. Cuenta 720273/0-001 - CBU 0860001101200072027304, Suc. Río Gallegos.-
8°) La empresa CGC S.A. deberá tramitar la correspondiente renovación del permiso de captación de agua, con treinta días de anticipación al vencimiento de la presente Disposición. La documentación presentada quedara al análisis de esta DPRH.-
9°) Esta DPRH deja constancia que la presente fue elaborada a partir de datos, estudios y documentación presentada por la parte interesada en carácter de declaración jurada.-
10º) REGÍSTRESE. Tomen conocimiento: Presidencia, Dirección Provincial de Secretaria General, Dirección General de Administración y El Honorable Tribunal de Cuentas. Notifíquese a CGC S.A. Dese al Boletín oficial y cumplido ARCHÍVESE.-
GONZALO M. COELHO
Director Pcial. de Recursos Hídricos
Consejo Agrario Provincial
Santa Cruz