Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.S./S.A.P.-Nº 0004/2022
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Disposiciones Completas / publicado el 24 Noviembre 2022 / BO 5718

DISPOSICIÓN M.S./S.A.P.-Nº 0004/2022

APROBACIÓN - REGLAMENTO DE JUNTA DE EGRESOS ANTICIPADOS Y CONSEJO CORRECCIONAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS - M.S.
DISPOSICIÓN Nº 004
 
RÍO GALLEGOS, 31 de mayo de 2022.-
V I S T O :
El Expediente MS-N° 780.592/2021 (II Cuerpos);
CONSIDERANDO:
Que con la puesta en vigencia de la Ley Provincial N° 3523 de Seguridad Pública se propició la implementación de un nuevo paradigma en materia de seguridad basado en la acción coordinada y la interacción permanente entre las personas y las instituciones del sistema democrático, representativo y republicano, particularmente, los organismos componentes del sistema institucional de seguridad ciudadana;
Que en el marco regulatorio aprobado por Ley Provincial N° 3680, se sustituyó el artículo 1° de la Ley Orgánica de Ministerios N° 3480 y su modificatoria, incorporando como inciso i) al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Cruz, como nueva cartera ministerial del Poder Ejecutivo Provincial, aprobando su estructura organizativa y funcional mediante Decreto Provincial N° 1165/19;
Que el artículo 87° de la Ley de Seguridad Pública N° 3523, crea el SERVICIO PENITENCIARIO PROVINCIAL como una Fuerza de Seguridad de la PROVINCIA DE SANTA CRUZ destinada a la custodia y guarda de los procesados y a la ejecución de las sanciones penales privativas de la libertad;
Que el artículo 91° del mismo cuerpo normativo, establece las funciones y atribuciones del Servicio Penitenciario Provincial, que se encuentran directamente relacionadas con el Régimen de Ejecución de la Pena Privativa de la Libertad de las personas alojadas en las distintas unidades de detención de la provincia de Santa Cruz;
Que a su vez, el artículo 95° de la Ley Provincial N° 3523 establece que conforme lo normado en la Ley Nacional N° 24.660 la “Junta Asesora de Egresos Anticipados”, será el organismo técnico de Aplicación Provincial, que como Anexo I forma parte de la presente reglamentación, según los preceptos de la Ley Nacional N° 24.660 de Ejecución de la Pena Privativa de la libertad;
Que en este sentido y de acuerdo al artículo 96° se deberá proceder a reglamentar la “Junta Asesora de Egresos Anticipados” y en línea con ello, reglamentar los artículos 97° y 98° de la Ley Provincial N° 3523 “Consejo Correccional de los Establecimientos Penitenciarios”;
Que por su parte, la Ley Nacional N° 24.660 y sus modificatorias, establecen que la finalidad de la ejecución de la pena privativa de la libertad, en todas sus modalidades, es lograr que el condenado adquiera la capacidad de respetar y comprender la ley, así como también la gravedad de sus actos y de la sanción impuesta, procurando su adecuada reinserción social, promoviendo la comprensión y el apoyo de la sociedad, que será parte de la rehabilitación mediante el control directo e indirecto;
Que el objetivo fundamental es lograr la readaptación social de los condenados, siendo éste un punto fundamental en los tratados internacionales sobre los derechos humanos que fueron incorporados en el inciso 22) del artículo 75° con la Reforma de la Constitución Nacional del año 1994;
Que el MINISTERIO DE SEGURIDAD es competente en la gestión general del Servicio Penitenciario Provincial, en lo referido a la dirección de los Recursos Humanos, la planificación y ejecución presupuestaria, la gestión económica, contable, financiera y patrimonial, la planificación y gestión logística e infraestructura y la asistencia y asesoramiento jurídico-legal, todo lo cual se realizará a través de una Unidad de Organización administrativa especial;
Que por Decreto Provincial N° 0407/20, en su artículo 9° se modificó el Decreto Provincial N° 0990/18 y a su vez, se aprobó la reglamentación del artículo 10° ter, inciso e) del capítulo III de la Ley Provincial N° 3480, por el cual se conforma el “SISTEMA DE ADMINISTRACIÓN CONJUNTA DE LA SEGURIDAD (SACS)”, tendiente a regular la gestión administrativa general de las FUERZAS POLICIALES Y DE SEGURIDAD DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ;
Que por lo expuesto, se propicia aprobar el “REGLAMENTO DE JUNTA DE EGRESOS ANTICIPADOS Y CONSEJO CORRECCIONAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS” que regirá bajo la órbita del Servicio Penitenciario de la Provincia de Santa Cruz, el que como ANEXO I forma parte integrante de la presente;
Que el Suscripto resulta competente para el dictado de la presente medida de conformidad a las facultades conferidas por el artículo 23° del Anexo al Decreto Provincial N° 0990/18, también, cabe destacar que al encontrarse vacante la Subsecretaría de Asuntos Penitenciarios, el Señor Secretario de Estado de Seguridad, Dr. Gustavo GONZÁLEZ DIAZ, en uso de sus atribuciones, tiene la facultad de designar a los Directores Generales y cargos correspondientes a las Estructuras Organizativas inferiores a estas, a propuesta del Director Ejecutivo;
Que nada obsta a proceder en consecuencia;
Por ello y atento al Dictamen Nº 276-DGA.JURyJUD/2022, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Judiciales dependiente Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, obrante a fojas 300/301 y vuelta;

EL SECRETARIO DE ESTADO DE SEGURIDAD
A/C DE LA SUBSECRETARÍA DE ASUNTOS PENITENCIARIOS
D I S P O N E :

1°.- APRUÉBASE, la reglamentación de los artículos 95°, 96°, 97° y 98° de la Ley de Seguridad Pública N° 3523, por los cuales se crea el “REGLAMENTO DE JUNTA DE EGRESOS ANTICIPADOS Y CONSEJO CORRECCIONAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS” que regirá bajo la órbita del Servicio Penitenciario de la Provincia de Santa Cruz, el que como ANEXO I forma parte integrante de la presente, en un todo de acuerdo a los considerandos expuestos.-
2°.- INSTRÚYASE, al Director Ejecutivo del Servicio Penitenciario de la Provincia de Santa Cruz, para que adopte la presente medida y efectúe las comunicaciones pertinentes a los fines de que se adopten las medidas pertinentes para la implementación del Reglamento, aprobado en el Punto 1° de la presente.-
3°.- DEJASE ESTABLECIDO, que el “REGLAMENTO DE JUNTA DE EGRESOS ANTICIPADOS Y CONSEJO CORRECCIONAL DE LOS ESTABLECIMIENTOS PENITENCIARIOS”, comenzará a regir a los TREINTA (30) días de publicado de la presente Disposición en el Boletín Oficial de la provincia de Santa Cruz.-
4°.- PASE, al Servicio Penitenciario Provincial, tomen conocimiento Dirección Ejecutiva y sus dependencias, dese al Boletín Oficial, publíquese y cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Dr. GUSTAVO A. GONZÁLEZ DIAZ
Secretario de Estado de Seguridad

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI