Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.P.C.eI./S.C.P.-N° 0075/2022 - P2/3
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Disposiciones Completas / publicado el 20 Octubre 2022 / BO 5708

DISPOSICIÓN M.P.C.eI./S.C.P.-N° 0075/2022 - P2/3

CONCLUIR SUMARIO ADMINISTRATIVO - EMPRESA PESCA ECOPROM S.R.L.
DISPOSICIÓN N° 075
 
RÍO GALLEGOS, 12 de septiembre de 2022.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-Nº 420.447/22; y
CONSIDERANDO:
Que por Disposición N° 046/SEPyA/22, se inició sumario administrativo a la empresa PESCA ECOPROM S.R.L. responsable del B/P LUCA SANTINO, Mat. N° 03121, por presunta infracción a los artículos 3° y 6° del Decreto 1875/90, los días 16, 17, 19, 20 y 21 de febrero de 2022;
Que notificada fehacientemente la empresa a fojas 106 y mediante Boletín Oficial a fojas 107/109 de los cargos y plazos establecidos para el ejercicio de su defensa al vencimiento de los mismos se lo tiene por confeso en el marco del art. 30° del Decreto N° 1875/90;
Que a fojas 07/50 obra informe del Servicio de Monitoreo de Flota Pesquera por Satélite, ratificado por Prefectura Naval Argentina a fojas 72, que ubica a la embarcación en tareas de pesca en aguas de Jurisdicción Provincial los días 16,17,20 y 21 de febrero de 2022;
Que analizado el parte de pesca surge la falta de veracidad de los registros efectuados ante lo declarado en el mismo sobre Puertos de zarpada y desembarque a lo observado en el Servicio de Monitoreo de Flota Pesquera por Satélite con fecha 16 y 19 de febrero de 2022;
Que asimismo corresponde la aplicación del artículo 22° del citado Decreto Reglamentario;
Que de acuerdo a la reglamentación vigente, la Autoridad de Aplicación deberá graduar en -función de la naturaleza de la infracción y el perjuicio causado- la multa a aplicar, en concordancia a los parámetros que sobre el mínimo y máximo establecidos en la Ley 1464 y sus modificatorias Decreto 2032/09, que se omiten en el artículo 20° del Decreto 1875/90 al fijarse únicamente el máximo;
Que del análisis del actuado, se hallan probadas las infracciones imputadas;
Que se procede a la aplicación de sanción de multa a la empresa PESCA ECOPROM S.R.L. responsable del B/P LUCA SANTINO, Mat. N° 03121 e incursa en el artículo 20° inc. a) del Decreto 1875/90 y sus modificatorias;
Que conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial de Pesca N° 1464 y Decretos Reglamentarios, se dicta la presente;
Por ello y atento a Dictamen DPAL-N° 0635/22, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Legal, obrante a fojas 117/118;
 
LA SUBSECRETARIA DE COORDINACIÓN PESQUERA
D I S P O N E :
 
1º.- CONCLUIR el sumario administrativo ordenado por Disposición N° 046/SEPyA/22 a la empresa PESCA ECOPROM S.R.L., responsable del B/P LUCA SANTINO, Mat. N° 03121, hallándose probadas las infracciones imputadas, por lo expresado en los considerandos. -
2º.- SANCIONAR a la empresa PESCA ECOPROM S.R.L., con multa de PESOS DIECIOCHO MILLONES CIENTO OCHENTA MIL CIENTO NOVENTA Y CINCO CON CUARENTA CENTAVOS ($ 18.180.195,40) establecidas en el artículo 20° inc. a) del Decreto 1875/90, Decreto 2032/09 artículo 5° Inc. h) y sus modificatorias.-
3º.- SANCIONAR a la empresa PESCA ECOPROM S.R.L., con multa de PESOS CUATRO MILLONES NOVECIENTOS DOCE MIL SETECIENTOS CUARENTA ($ 4.912.740,00) equivalente a la captura ilícita, de acuerdo al artículo 22° del Decreto 1875/90 y reglamentación vigente, más la suma de PESOS VEINTISÉIS MIL TRESCIENTOS ONCE CON CUARENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 26.311,48) referente a canon por extracción de acuerdo a lo establecido en el artículo 7° de la Disposición 310/10 y sus modificatorias.-
4°.- APLICAR COSTAS con cargo a la empresa PESCA ECOPROM S.R.L., por la suma de PESOS DOS MIL QUINIENTOS VEINTE ($ 2.520,00) de acuerdo al artículo 33° Decreto 1875/90 y constancias en autos.-
5°.- NOTIFICAR FEHACIENTEMENTE a la empresa PESCA ECOPROM S.R.L. en su domicilio de Las Toninas N° 636, Sector Puerto, localidad de Comodoro Rivadavia, provincia de Chubut, que contará con diez (10) días de plazo para hacer efectivo el pago de las multas impuestas por la presente a la Orden del Fondo Provincial de Pesca - Cuenta N° 921761-1 C.U.I.T. N° 30-67363960-3, CBU 0860001101800092176118 Banco Santa Cruz (Casa Central o Sucursales) pudiendo presentar Recurso Jerárquico en el plazo de diez (10) y quince (15) días respectivamente, previo pago de carácter ineludible para el tratamiento de los recursos de acuerdo al artículo 34° Decreto N° 1875/90.-
6º.- PASE a la Subsecretaría de Coordinación Pesquera, a sus efectos tomen conocimiento, Dirección Provincial de Despacho, Dirección de Administración Pesquera, Departamento de Sumarios, Prefectura de Zona Mar Argentino Sur, dese al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-

M. LUCRECIA BRAVO
Subsecretaria de Coordinación Pesquera
Ministerio de la Producción, Comercio e Industria
de la Provincia de Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI