Dirección General Boletín Oficial - DISPOSICIÓN M.P.C.eI./S.C.P.-N° 0053/2022 - P2/3
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Disposiciones Completas / publicado el 11 Agosto 2022 / BO 5686

DISPOSICIÓN M.P.C.eI./S.C.P.-N° 0053/2022 - P2/3

CONCLUIR SUMARIO ADMINISTRATIVO - PATRICIO JARA
DISPOSICIÓN N° 053
 
RÍO GALLEGOS, 24 de mayo de 2022.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-Nº 449.305/21; y
CONSIDERANDO:
Que por Disposición N° 031/SEPyA/22, se inició sumario administrativo al señor Patricio JARA, oportunidad en que fuera detectado por personal dependiente de la Secretaría de Estado de Pesca y Acuicultura contando con la colaboración de Policía Provincial pescando sin el permiso correspondiente con elementos prohibidos, más de lo establecido por la Autoridad de Aplicación con sacrificio de siete (7) Truchas Arco Iris y en sector de veda, el día 13 de octubre de 2021, en el paraje o pozón denominado “Pozón Neira” en el curso de agua “río Los Antiguos”;
Que notificado mediante Boletín Oficial a fojas 12/14 de los cargos y plazos establecidos para el ejercicio de su defensa, al vencimiento de los mismos se lo tiene por confeso en el marco del Artículo 67° del Decreto N° 195/83;
Que del análisis del actuado, se halla probada la infracción imputada;
Que se procede a la aplicación de sanción de multa al nombrado, incurso en el Artículo 57º inc. 1) punto 1.1, 1.3, 1.8 y 1.10 del Decreto N° 195/83;
Que conforme a las facultades conferidas por la Ley Provincial de Pesca N° 1464 y 1723, Decreto N° 195/83, Disposición N° 205/SPyAP/16 se dicta la presente;
Por ello y atento a Dictamen DPAL-N° 0410/22, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Legal, obrante a fojas 18;
 
LA SUBSECRETARÍA DE COORDINACIÓN PESQUERA
D I S P O N E :
 
1º.- CONCLUIR el sumario administrativo ordenado por Disposición N° 031/SEPyA/22 al señor Patricio JARA (Clase: 1971 - D.N.I. N° 22.483.223) hallándose confeso de la infracción imputada por lo expresado en los considerandos.-
2º.- SANCIONAR al señor Patricio JARA, con multa de PESOS ONCE MIL ($ 11.000,00) -10 módulos- (por pescar sin permiso), PESOS CINCO MIL QUINIENTOS ($ 5.500,00) -5 módulos- (pescar con elementos prohibidos), PESOS CINCO MIL QUINIENTOS ($ 5.500,00) -5 módulos- (pescar más de lo establecido), PESOS TREINTA Y OCHO MIL QUINIENTOS ($ 38.500,00) -35 módulos- (5 módulos por cada pieza capturada de más) y PESOS VEINTIDÓS MIL ($ 22.000,00) -20 módulos- (pescar en sector de veda) faltas tipificadas en el Artículo 57°, inc.1) punto 1.1, 1.3, 1.8 y 1.10 del Decreto N° 195/83.-
3º.- NOTIFICAR FEHACIENTEMENTE al señor Patricio JARA, mediante Boletín Oficial, que contará con tres (3) días de plazo para hacer efectivo el pago de las multas impuestas por la presente a la Orden del Fondo Provincial de Pesca - Cuenta N° 921761-1 C.U.I.T. N° 30-67363960-3, CBU 0860001101800092176118 Banco Santa Cruz (Casa Central o Sucursales) pudiendo presentar Recurso Jerárquico previo pago de la multa de acuerdo al Artículo 72° del Decreto N° 195/83.-
4º.- PASE a la Subsecretaría de Coordinación Pesquera, a sus efectos tomen conocimiento, Dirección Provincial de Despacho, Dirección de Administración Pesquera, Departamento de Sumarios, Prefectura de Zona Mar Argentino Sur, dése al Boletín Oficial y cumplido, ARCHÍVESE.-
 
M. LUCRECIA BRAVO
Subsecretaria de Coordinación Pesquera
Ministerio de la Producción, Comercio e Industria
de la Provincia de Santa Cruz

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Luisa Elizabeth CÁRDENAS