DECRETO N° 1096
RÍO GALLEGOS, 19 de octubre de 2026.-
Resolución Nº 358.-
TÉNGASE COMO TEXTO DEFINITIVO para el Artículo 1 de la Ley promulgada parcialmente bajo el Nº 4013, los que a continuación se transcriben:
“Artículo 1: CREASE el Programa Integral de Abordaje y Prevención del Suicidio en el Ámbito Educativo de aplicación obligatoria en todos los niveles de educación: inicial, primaria y secundaria del sistema educativo provincial en todas sus modalidades, tanto de gestión pública como privada, conforme a los lineamientos de la Ley Nacional N° 27.130, Ley Nacional N° 26.061 y Ley N° 3062 y demás normativa vigente”.-