DECRETO N° 534
RÍO GALLEGOS, 22 de mayo de 2026.-
RESOLUCIÓN N° 085.-
TÉNGASE COMO TEXTO DEFINITIVO para el Artículo 4° de la Ley promulgada parcialmente bajo el N° 3979, los que a continuación se transcriben:
“Artículo 4°.- El Poder Ejecutivo de la Provincia determinará la autoridad de aplicación de la presente Ley.”.-