DECRETO N° 1127
RÍO GALLEGOS, 07 de Septiembre de 2021.-
Expediente GOB- Nº 114.882/20.-
MODIFÍCASE el Artículo 2º del Decreto Nº 1185 de fecha 02 de Octubre de 2020, el que quedará redactado de la siguiente manera: “Artículo 2º.- DÉJASE ESTABLECIDO que a partir del 1º de Octubre de 2020 la designación adecuada en el artículo anterior será en carácter “Ad Honorem”, no pudiendo percibir haberes, con excepción de los viáticos que deben liquidarse, a nivel módulo I, al momento de realizar una comisión de servicios encomendada por la superioridad”.-