DECRETO N° 1195
RÍO GALLEGOS, 13 de noviembre de 2024.-
Expediente MEyM-N° 944.553/24 y la Ley N° 3885 de creación del Programa de Control Ambiental Energético y Minero dentro del ámbito de competencias del Ministerio de Energía y Minería, promulgada mediante Decreto N° 1083/24 y publicada en el Boletín Oficial con fecha 15 de octubre del año 2024.-
ESTABLÉCESE que la Secretaría de Estado de Ambiente dependiente del Ministerio de Salud y Ambiente continuará actuando en lo referente a las renovaciones de las Declaraciones de Impacto Ambiental (según Ley N° 2658 de Evaluación del Impacto Ambiental); inscripción y Certificado Ambiental Anual (Ley N° 2567 de Residuos Peligrosos); los Certificados de habilitación, y de los Certificados Ambientales Anuales referidos a las actividades energéticas reguladas en el Título XIII Sección Segunda “De la protección ambiental” del Código de Minería y de todas aquellas actividades comprendidas en la Ley N° 3480 artículo 10° quáter (texto según Ley N° 3842); de las inspecciones y controles previstos en la Disposición SEA-N° 343/08 y de las Auditorías Ambientales de Cumplimiento, todo ellos en relación a los textos legales consignados en los considerandos, y cuyos vencimientos operen en el período comprendido entre el día 15 de octubre y hasta el día 15 de diciembre del año 2024 o bien hasta que se encuentren formalmente designados los funcionarios a cargo del Programa de Control Ambiental Energético y Minero, lo que ocurra primero.-