Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 0287/2022
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Decretos Completos / publicado el 28 Junio 2022 / BO 5673

DECRETO N° 0287/2022

APROBACIÓN - LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL I.E.S.C.-N° 07/2021
DECRETO N° 0287
 
RÍO GALLEGOS, 15 de marzo de 2022.-
V I S T O :
El Expediente IESC-Nº 002.004/19, del Instituto de Energía de Santa Cruz; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 0620/21, de fecha 02 de junio de 2021, el Poder Ejecutivo Provincial, en su carácter de poder concedente de los recursos hidrocarburiferos, declaró de interés Público la Iniciativa Privada presentada por la empresa Selva Maria Oíl S.A para la explotación de hidrocarburos en el Área denominada “MATA MAGALLANES ESTE” emplazada en la provincia de Santa Cruz;
Que asimismo se facultó al Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz a efectuar el llamado a Licitación Pública Nacional e Internacional, a elaborar los documentos que regirán dicha licitación y a intervenir en todos los demás actos posteriores al llamado de la misma;
Que la Gerencia de Hidrocarburos del Instituto de Energía elevó el proyecto de Pliegos de Condiciones Generales, Particulares y Anexos al Poder Ejecutivo Provincial conjuntamente con la propuesta de los integrantes para conformar la Comisión de Preadjudicaciones, lo cual fue aprobado por el Poder Ejecutivo Provincial mediante Decreto Nº 1082/21, de fecha 30 de agosto de 2021;
Que empero, el cronograma licitatorio estimativo que formaba parte del Pliego de Bases y Condiciones Generales como Anexo III tuvo que ser modificado dado que los tiempos se extendieron haciendo imposible su consecución;
Que conforme surge del acta constatación pasada por ante Escribana Mayor de Gobierno, de fecha 19 de octubre de 2021, se presentó un sólo oferente, procediéndose a la apertura del sobre general, el cual estaba integrado por el sobre A y B y posteriormente se procedió a la apertura del sobre A;
Que, en correspondencia a la recomendación de la Comisión de Preadjudicación, mediante Resolución de Directorio Nº 059/21, se calificó al Sobre A presentado por la oferente con un COEFICIENTE DE CALIFICACIÓN EMPRESA (CCE) de SESENTA CON CUATRO CENTÉSIMOS (60,04) puntos sobre cien posibles;
Que, mediante Resolución de Directorio Nº 062/21, se aprobó la modificación del cronograma licitatorio para continuar el proceso que tramita en las actuaciones de marras, procediéndose de conformidad a este nuevo cronograma a la apertura del Sobre B en fecha 23 de noviembre de 2021, conforme surge del acta de constatación de fecha 23 de noviembre del año en curso obrante en las actuaciones de marras;
Que, la apertura de sobres y la confección del acta de apertura se han ajustado a lo previsto en los artículos 3.3; 3.4 y 7º del Pliego de Bases y Condiciones Particulares;
Que, tras el análisis por parte de la Comisión de Preadjudicaciones se procedió a emitir el dictamen de calificación del oferente en relación al Sobre B, expresando “…Realizado el correspondiente análisis en los términos de los artículos 5, 6 y 7 del Pliego de Condiciones Particulares, esta Comisión determina establecer que el FACTOR DE ADJUDICACIÓN de la empresa SELVA MARIA OIL S.A es de 100 puntos. Por todo ello, realizado el análisis técnico y económico, recomienda preadjudicar el área MATA MAGALLANES ESTE a la oferta ÚNICA, cumpliendo con los parámetros mínimo fijados en los pliegos de condiciones que rigen esta licitación…”;
Que, de conformidad al artículo 9º del Pliego de Bases y Condiciones particulares que rige la presente, la preadjudicación podrá efectuarse aun cuando se hubiera obtenido una sola oferta, razón por la cual a través de la Resolución de Directorio Nº 067/21, de fecha 01 de diciembre de 2021, se preadjudicó la Licitación Publica Nacional e Internacional Nº 007/IESC/21 para la explotación de hidrocarburos en el área “Mata Magallanes Este”;
Que encontrándose firme la preadjudicación otorgada mediante Resolución de Directorio del Instituto de Energía de Santa Cruz Nº 067/21, nada obsta para proceder a la adjudicación de la presente licitación, en cumplimiento de lo estipulado en el articulo 9º in fine del Pliego de Bases y Condiciones Particulares, oportunamente aprobado mediante Decreto Nº 1082/21, y otorgar en consecuencia la correspondiente Concesión de Explotación al Oferente Adjudicado en los términos del Artículo 29º, segundo párrafo, de la Ley Nº 17.319 y las estipulaciones consagradas en los Pliegos de Condiciones Generales y Particulares que rigieron la presente licitación;
Que de conformidad a lo estipulado en el artículo 29º del Plexo normativo citado en el acápite que precede “… El Poder Ejecutivo, además podrá otorgar concesiones de explotación sobre zonas probadas a quienes reúnan los requisitos y observen los procedimientos especificados por la sección 5 del presente título…”;
Que en virtud del Artículo 59º de la Ley Nº 17.319
“… El concesionario de explotación pagará mensualmente al Estado nacional, en concepto de regalía sobre el producido de los hidrocarburos líquidos extraídos en boca de pozo, un porcentaje del doce porciento (12%), que el Poder Ejecutivo podrá reducir hasta el cinco por ciento (5%) teniendo en cuenta la productividad, condiciones y ubicación de los pozos…”;
Que asimismo, resulta pertinente autorizar al Instituto de Energía, previa aprobación del deslinde y mensura a efectuar por la concesionaria, a delimitar definitivamente la superficie de la concesión;
Que el Poder Ejecutivo de la Provincia, en su carácter de autoridad concedente en materia de hidrocarburos en los términos de la Ley Provincial Nº 2727 y modificatorias, y la Ley Nº 26.197 y modificatoria de la Ley Nº 17.319, se halla habilitado para la emisión del presente acto;
Por ello y atento a los Dictámenes IESC-Nº 203/21 emitido por la Subgerencia Legal del Instituto de Energía de la provincia de Santa Cruz, obrante a fojas 1513/1514 y SLyT-GOB-Nº 176/22, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 1520/1524.-
 
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1°.- APRUÉBASE el trámite de la Licitación Pública Nacional e Internacional IESC-Nº 07/21, tendiente a la adjudicación del Área de Concesión de Explotación denominada “MATA MAGALLANES ESTE”.-
Artículo 2°.- ADJUDÍCASE la Licitación Pública Nacional e Internacional IESC-Nº 07/21, para la explotación de hidrocarburos del área denominada “MATA MAGALLANES ESTE” al oferente SELVA MARIA OIL S.A, CUIT 30-70876617-4, con domicilio especial constituido en Paseo de los Arrieros Nº 2480 de ésta ciudad, con factor de adjudicación de CIEN (100) puntos sobre cien puntos posibles.-
Artículo 3°.- OTÓRGASE a la empresa SELVA MARIA OIL S.A., sobre el Área “MATA MAGALLANES ESTE” una concesión de explotación de hidrocarburos, de acuerdo a lo previsto en el Artículo 27º y siguientes y concordantes de la Ley Nº 17.319, por el plazo y en las condiciones establecidas por la normativa vigente, a contar desde el dictado del presente decreto.-
Dicha área estará delimitada por las siguientes coordenadas provisorias:
AREA: MATA MAGALLANES ESTE
COORDENADA PROVISORIAS GAUSS KRUGER - SISTEMA POSGRAR94 ZONA2 SUPERFICIE APROXIMADA 23KM2

Esquinero
X
Y
1
4905439
2429570
2 4899935 2429570
3 4899935 2425921
4 4905439 2425909
 
Artículo 4°.- AUTORÍZASE al Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz, previa aprobación del deslinde y mensura a efectuar por la Concesionaria, a delimitar definitivamente la superficie de la concesión.-
Artículo 5º.- INSTRÚYASE a la Escribanía Mayor de Gobierno de la Provincia, a protocolizar en el Registro del Estado Provincial, los instrumentos que formalmente le remitirá el Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz.-
Artículo 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Producción, Comercio e Industria.-
Artículo 7º.- PASE al Instituto de Energía de Santa Cruz (quien realizará las comunicaciones ante quien corresponda), a sus efectos, tomen conocimiento Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Dra. KIRCHNER - Lic. Silvina Del Valle Córdoba

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI