Dirección General Boletín Oficial - DECRETO Nº 1474/2021
Edición del 05 Diciembre 2025
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Decretos Completos / publicado el 12 Abril 2022 / BO 5651

DECRETO Nº 1474/2021

RATIFICACIÓN RESOLUCIÓN Nº 656/MTEySS/2021
DECRETO N° 1474

RÍO GALLEGOS, 18 de Noviembre de 2021.-
V I S T O :
El Expediente MTEySS-Nº 525.861/21, iniciado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y;
CONSIDERANDO:
Que a fs. 55/62 obra Resolución Ministerial Nº 656/MTEySS/2021 de fecha 16 de Noviembre del corriente año con su correspondiente anexo, mediante la cual se ratifica el acuerdo concertado en acta celebrada con fecha 12 de noviembre obrante a fs. 47/52, entre el MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INDUSTRIA, representado en este acto por la Ministra, señora Silvina CÓRDOBA y la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE DIRECCIÓN DE FERROCARRILES ARGENTINOS, ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS Y PUERTOS ARGENTINOS (A.P.D.F.A.) representada por la señora Paola Leonor CONTRERAS y el señor Carlos Paul VICTORIA, la cual se adjunta como anexo al presente;
Que las partes mencionadas precedentemente acordaron, incrementar el salario del personal de UN.E.PO.S.C. un cinco por ciento (5%) al básico del nivel 1 tomando como base los haberes del mes de Septiembre del 2021, retroactivo al 1º de Octubre del corriente año, y un cinco por ciento (5%) al básico del nivel 1 aplicable en el mes de Noviembre del 2021 tomando como base los haberes de Octubre del mismo año;
Que se acordó re categorizar al personal de acuerdo a lo establecido mediante Acta Acuerdo Nº 02/17 aplicando un (1) nivel por cada tres (3) años. Asimismo, en carácter excepcional, se acuerda la re categorización de aquellos agentes que tengan una antigüedad de veinte (20) años o más con aportes efectivos (provinciales y/o municipales) a la Caja de Previsión Social con un máximo de hasta seis (6) niveles. En ambos casos se toma como fecha de corte para el cómputo el 31/12/2021. El personal comprendido en esta medida se encuentra detallado en el ANEXO I del acta ratificada que acompaña a la presente;
Que, las partes acordaron el pase a planta de aquellos agentes que se encuentren designados como Jefe de Departamento, Jefe de División y Jefe de Sección, sin estabilidad,y que al día 31/07/2021 tengan una antigüedad superior a seis (6) meses y un (1) día. El personal comprendido en esta medida se encuentra detallado en el ANEXO II obrante en acta ratificada;
Que, se acordó, con respecto al Retroactivo adicional por Título: Lo correspondiente al ejercicio en curso será liquidado con los haberes del mes de Noviembre. Lo correspondiente a los ejercicios anteriores será abonado en el mes de Diciembre 2021 - Retroactivo de Responsabilidad Jerárquica: Se acuerda abonar el mencionado trámite en el mes de Enero de 2022, de acuerdo a las gestiones realizadas ante el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura y en atención al Plus Vacacional y Pasajes:
Las partes acuerdan incorporar el planteo a la mesa de trabajo permanente a los efectos de evaluar los alcances de la misma, analizar sus costos y determinar la posibilidad de avanzar en la concreción;
Que en relación al corrimiento de nivel se acuerda incorporar el planteo a la mesa de trabajo permanente a los efectos de evaluar los alcances, costos y viabilidad de concreción;
Que, las partes acuerdan incrementar la Asignación por Hijo en un setenta por ciento (%70) a partir de los haberes del mes de Octubre de 2021. Esto también mejora el Adicional por Discapacidad, de acuerdo a la Ley Nº 1863 de Asignaciones Familiares y asimismo se acordó eliminar los topes para el pago de las asignaciones por hijos;
Que, se acordó incorporar a la escala de Adicional por Título las carreras de Postgrado destinado a los agentes que poseen título universitario de carrera postgrado reconocido oficialmente por el Ministerio de Educación de la Nación.
Los agentes percibirán el Adicional por Título correspondiente al mayor nivel de estudios alcanzados y se percibirá de acuerdo a lo establecido en acta ratificada oportunamente, que se adjunta al presente;
Que, por último las partes acuerdan que la Coordinación General de Puertos será quien convoque a la Mesa Permanente a los efectos de comenzar a trabajar sobre los puntos pendientes. La misma queda pautada para comenzar a llevarse adelante en el mes de diciembre del corriente año;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAJ-Nº 2555/21, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, obrante a fojas 68 y vuelta y SLyT-GOB-Nº 1050/20, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 83/84;
 
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1º.- RATIFÍCASE, en todas sus partes, la Resolución Ministerial Nº 656/MTEySS/2021 de fecha 16 de Noviembre del corriente año con su correspondiente anexo, mediante la cual se ratifica el acuerdo concertado en acta celebrada con fecha de 12 de Noviembre del 2021 obrante a fs. 47/52, entre el MINISTERIO DE LA PRODUCCIÓN, COMERCIO E INDUSTRIA, representado en este acto por la Ministra, Silvina CÓRDOBA y la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE DIRECCIÓN DE FERROCARRILES ARGENTINOS, ADMINISTRACIÓN GENERAL DE PUERTOS Y PUERTOS ARGENTINOS (A.P.D.F.A.) representada por la señora Paola Leonor CONTRERAS y el señor Carlos Paul VICTORIA, la que como anexo forma parte integrante del presente, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos que anteceden.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.-
Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-

Dra. KIRCHNER - Sr. Teodoro S. Camino

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI