Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 1541/2021
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Decretos Completos / publicado el 28 Abril 2022 / BO 5656

DECRETO N° 1541/2021

RATIFICACIÓN - CONVENIO MARCO “LÍNEAS DE CRÉDITO MiPyME SUBSIDIO DE TASA-LÍNEA DE INVERSIÓN PRODUCTIVA” - M.E.F.I./B.S.C. S.A.
DECRETO N° 1541
 
RÍO GALLEGOS, 02 de Diciembre de 2021.-
V I S T O :
El Expediente MEFI-Nº 409.608/21, iniciado por la Secretaría de Estado de Hacienda y Crédito Público y elevado por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia ratificar en todas sus partes el Convenio Marco “Líneas de Crédito MiPyME Subsidio de Tasa-Línea de Inversión Productiva”, suscripto en la Ciudad de Río Gallegos el día 02 de Noviembre de 2021, entre el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, representado por su titular Lic. Ignacio PERINCIOLI por una parte y, por la otra el BANCO DE SANTA CRUZ S.A, representado por su Gerente General Dr. Alberto BELLO, el cual forma parte integrante del presente;
Que el Ministerio de Economía, Finanzas e infraestructura a través de la Secretaría de Estado de Hacienda y Crédito Público con la finalidad de la reactivación del sector productivo y en el marco del sostenimiento productivo y comercial, elevó ante el Comité Administrador del Fondo Fiduciario UniRSE, un requerimiento enmarcado en el subcomponente 4.5.b. “Subsidios transitorios de tasas a emprendimientos u organizaciones productivas ante situaciones críticas o estacionales que limiten su productividad” y en el componente 5 “Fomento y promoción a las inversiones productivas”;
Que el requerimiento en cuestión tiene como objeto el financiamiento del Proyecto Subsidio de Tasa de cinco (5) puntos porcentuales adicionales a las líneas de Inversión Productivas del Banco de Santa Cruz S.A. destinadas a las MiPyMES, en el marco del “Programa Global de Crédito para la Reactivación del Sector Productivo”, en los términos que se establecen en la “Oferta BT INVERSIÓN PRODUCTIVA BID N° 1 provincia de Santa Cruz” de fecha 01 de Septiembre de 2021;
Que mediante la Resolución N° 39 de fecha 14 de Octubre del corriente año, el Comité Administrador del Fondo Fiduciario UniRSE aprobó la inversión del Fondo Fiduciario UniRSE en el Proyecto presentado por la Secretaría de Estado de Hacienda y Crédito Público dependiente del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura;
Que el financiamiento del Proyecto en cuestión, se efectúa mediante aportes del Fondo Fiduciario Público UniRSE por la suma total de PESOS CUARENTA Y OCHO MILLONES ($ 48.000.000,00), importe que fuera comprometido a través de la precitada Resolución;
Que, en dicho marco, el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura procedió a celebrar el Convenio Marco Líneas de Crédito MiPyME Subsidio de Tasa-Línea de Inversión Productiva, con el Banco de Santa Cruz S.A. destinado a instrumentar el subsidio de tasa, determinando las obligaciones que asume la citada Entidad;
Que el Banco de Santa Cruz S.A. actuará como agente financiero de las Líneas de Crédito, efectuando la totalidad del circuito crediticio, administrativo, operativo y contable, realizando el análisis y evaluación económica y financiera de las presentaciones, evaluando los antecedentes crediticios y de cumplimiento de los sujetos del crédito;
Que asimismo, estará a su cargo el otorgamiento de las financiaciones, su liquidación y contabilizaciones, gestión de servicio de caja, seguimiento, cobro y recupero de los créditos que se otorguen con el beneficio;
Que el procedimiento de cobro de las sumas afectadas para cubrir los beneficios, serán transferidos a la cuenta específica creada por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, en consonancia con el Artículo 14 del Reglamento Operativo del Comité Administrador del Fondo Fiduciario UniRSE aprobado mediante Acta N° 1 de fecha 26 de Julio de 2016, en la cual se harán efectivos los débitos correspondientes por parte del Banco, debiendo éste comunicar a la Provincia con una anticipación mínima de un (1) día antes del correspondiente débito;
Que para ello corresponde autorizar al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura a suscribir los actos administrativos necesarios que resulten menester a los fines de instrumentar las operaciones crediticias del Proyecto Subsidio de Tasa de cinco (5) puntos porcentuales adicionales a las líneas de Inversión Productiva del Banco de Santa Cruz S.A. destinadas a las MiPyMES, así como también suscribir las adendas, en el marco de sus competencias tendientes a cumplimentar las disposiciones previstas en el Convenio Marco;
Que, nada obsta para proceder en consecuencia;
Que, la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el inciso 18) del Artículo 119 de la Constitución Provincial;
Por ello y atento a los Dictámenes CAJ-Nº 690/21, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, obrante a fojas 95/98 y vuelta y SLyT-GOB Nº 1089/21, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 105/106;
 
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1º.- RATIFÍCASE, en todas sus partes, el Convenio Marco “Líneas de Crédito MiPyME Subsidio de Tasa-Línea de Inversión Productiva”, suscripto en la Ciudad de Río Gallegos el día 02 de Noviembre de 2021, entre el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, representado por su titular Lic. Ignacio PERINCIOLI por una parte y, por la otra el BANCO DE SANTA CRUZ S.A, representado por su Gerente General Dr. Alberto  BELLO, que como Anexo I forma parte integrante del presente, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos que anteceden.-
Artículo 2°.- AUTORÍZASE al señor Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura a realizar todos los actos que resulten complementarios a las condiciones previstas en el Convenio Marco, así como también suscribir las adendas y todo otro acto administrativo que resulte menester en el marco de sus competencias, tendientes a cumplimentar las disposiciones previstas en el Convenio Marco.-
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.-
Artículo 4º.- PASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura (quien realizará las comunicaciones ante quien corresponda), a sus efectos tome conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Dra. KIRCHNER - Lic. Ignacio Perincioli

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI