DECRETO N° 1101
RÍO GALLEGOS, 22 de octubre de 2026.-
V I S T O :
El Expediente MEFI-Nº 414.096/26, iniciado por la Secretaría Privada y elevado por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia ratificar el “ACTA ACUERDO ENTRE EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ Y OROPLATA S.A.” suscripto el día 19 de octubre de 2026, entre la Provincia de Santa Cruz, representada por el señor Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura, C.P. Ezequiel Ubaldino VERBES y por el señor Ministro de Energía y Minería Ing. Jaime ÁLVAREZ, por una parte, y por la otra la empresa Minera OROPLATA S.A., representada por los señores Gastón DOMINGUEZ e Ignacio POGGI, en su carácter de Apoderados, el cual forma parte integrante del presente;
Que el citado convenio tiene por objeto instrumentar el pago anticipado de Regalías Mineras, que la empresa Minera OROPLATA S.A. efectuará a favor de la Provincia;
Que en tal sentido, la Empresa OROPLATA S.A., se obliga efectuar a favor de la Provincia de Santa Cruz un pago anticipado por la suma en pesos equivalente a DÓLARES ESTADOUNIDENSES OCHO MILLONES (U$S 8.000.000.-) calculados al tipo de cambio vendedor del Banco de la Nación Argentina, al cierre del día hábil bancario inmediato a la fecha de pago, de acuerdo a las condiciones estipuladas en las Cláusulas Segunda y Tercera de la citada Acta;
Que en dicho marco, el Anticipo constituye un ingreso efectuado a cuenta de las Regalías Mineras, que la citada Minera debe abonar a la Provincia y que se devenguen legalmente conforme la Ley Provincial N° 1992 y sus modificatorias y normas complementarias;
Que, en función de ello, las partes acordaron un mecanismo de compensación del monto anticipado, estableciendo que el importe abonado será deducido de las Regalías Mineras que se devenguen con posterioridad, conforme a las condiciones previstas en la precitada Acta;
Que han tomado intervención de competencia la Secretaría de Estado de Hacienda y Finanzas, la Contaduría General Adjunta de Control Interno, la Secretaría de Estado Oficina Provincial de Presupuesto, la Tesorería General de la Provincia, todas dependientes del Ministerio de Economía. Finanzas e Infraestructura de la Provincia, no teniendo objeciones al trámite instado;
Que, en virtud de lo expuesto, y atento a las obligaciones contraídas entre las partes, en esta instancia corresponde el dictado del presente, ratificando el Acta precitado;
Que se ha expedido la Fiscalía de Estado en los términos de la Ley N° 3438 mediante Dictamen FE-Nº 040/26 y de acuerdo con lo previsto en el Artículo 125 de la Constitución Provincial, no encontrando objeciones legales a los aspectos fondales y del proceso instado;
Por ello y atento a los Dictámenes CAJ-Nº 950/26, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, obrante a fojas 9 y 10, FE-Nº 040/26, emitido por Fiscalía de Estado, obrante a fojas 39/40 y vuelta y a nota SLyT-GOB-Nº 1040/26, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 43 y 44;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1°.- RATIFÍCASE en todos sus términos, el “ACTA ACUERDO ENTRE EL PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ Y OROPLATA S.A.” suscripto el día 19 de octubre de 2026, entre la Provincia de Santa Cruz, representada por el señor Ministro de Economía, Finanzas e Infraestructura, C.P. Ezequiel Ubaldino VERBES y por el señor Ministro de Energía y Minería Ing. Jaime ÁLVAREZ, por una parte, y por la otra la empresa OROPLATA S.A., representada por los señores Gastón DOMINGUEZ e Ignacio POGGI, en su carácter de Apoderados, el que cual forma parte integrante del presente.-
Artículo 2°.- FACÚLTASE a las autoridades competentes del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura de la Provincia, a realizar todos los trámites técnicos- legales y administrativos correspondientes para la implementación del Acta Acuerdo ratificada por el presente.-
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Desarrollo Social, Igualdad e Integración a cargo del Despacho del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura.-
Artículo 4°.- PASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General de la Provincia y Tribunal de Cuentas, dese a la Dirección General del Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Sr. CLAUDIO ORLANDO VIDAL – Prof. Sebastián Eduardo Georgión