Dirección General Boletín Oficial - DECRETO Nº 1368/2021
Edición del 18 Diciembre 2025
Ediciones anteriores
Decretos Completos
« Dic 2025 »
Lun Mar Mier Jue Vie Sáb Dom
1 2 3 4 5 6 7
8 9 10 11 12 13 14
15 16 17 18 19 20 21
22 23 24 25 26 27 28
29 30 31        

Secciones



Decretos Completos / publicado el 17 Marzo 2022 / SUP BO 5644

DECRETO Nº 1368/2021

RATIFICACIÓN - RESOLUCIÓN N° 0029/2021 - A.G.V.P.
DECRETO Nº 1368

RÍO GALLEGOS, 29 de Octubre de 2021.-
V I S T O :
El Expediente Nº 450.594/AGVP/2021, iniciado por la Administración General de Vialidad Provincial, y elevado por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, y;
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia ratificar la Resolución Nº 0029 de fecha 14 de Octubre de 2021, dictada por el Honorable Directorio de la Administración General de Vialidad Provincial, por medio de la cual se resuelve DAR ACUERDO UNANIME a lo resuelto en el Punto 1 delActa Nº 997/HD/2021;
Que de fs. 13 a 15 obran las Actas invitaciones dirigidas a las Cooperativas “EL PROGRESO LIMITADA”, “NEHUEN LIMITADA” y “RUMBO SANTA CRUZ LIMITADA”, adjuntándose las Bases y Condiciones que regirán la contratación;
Que asimismo de fs. 16 a 26 obra cotización y documentación de la Cooperativa de Trabajo Nehuén Limitada, de fs. 27 a 38 de la Cooperativa de Trabajo El Progreso Limitada y de fs. 39 a 68 de la Cooperativa de Trabajo Rumbo Santa Cruz Limitada;
Que a fs. 71 obra Informe de Evaluación de Propuesta emitido por la Dirección de Administración de A.G.V.P. indicando que la Cooperativa de Trabajo “RUMBO SANTA CRUZ LIMITADA” cumple con lo establecido en el pliego de bases y condiciones resultando la oferta más conveniente;
Que a fs. 82 obra el Contrato de Servicios suscripto entre la Administración General de Vialidad Provincial representada por el Presidente del Honorable Directorio, Dr. Mauricio GÓMEZ BULL y la Cooperativa de Trabajo RUMBO SANTA CRUZ LIMITADA, representada por su Presidente, Sr. Juan José BIOTT, con vigencia a partir del día 1º de Septiembre de 2021 y hasta el día 30 deAgosto de 2022, el cual forma parte del presente;
Que medianteActa Nº 997/HD/2021 se aprobó el trámite administrativo y la Contratación Directa con la Cooperativa de Trabajo “RUMBO SANTA CRUZ LIMITADA” por la suma total de PESOS SETENTA Y SIETE MILLONES CUATROCIENTOS MIL ($ 77.400.000,00.), fijado el valor mensual, en la suma de PESOS SEIS MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 6.450.000,00.-) por la prestación del servicio de saneamiento ambiental, tareas generales y actividades Conexas y Control de Ingresos/Egresos, por el término de DOCE (12) meses, con destino a Sede Central, Distritos Viales Río Gallegos, Comandante Luis Piedra Buena, Las Heras, Puerto Deseado, Gobernador Gregores, El Calafate y las Delegaciones Viales de 28 de Noviembre, Cañadón Seco y dependencias administrativas de Puerto San Julián;
Que la Subsecretaría de Programación y Evaluación Financiera ha tomado la intervención de su competencia autorizando el gasto;
Que en consonancia con ello, mediante el Artículo 1º de la Resolución Nº 0029 de fecha 14 de Octubre de 2021, dictada por el Honorable Directorio de la Administración General de Vialidad Provincial se resolvió DAR ACUERDO UNANIME a lo aprobado en el Punto 1 del Acta Nº 997/HD/2021 suscripta por ese Honorable Directorio;
Que en virtud del monto de dicha Contratación Directa corresponde la convalidación de la mencionada por parte del Poder Ejecutivo Provincial;
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las facultades conferidas por el Artículo 2º del Decreto Nº 0946/18 y su modificatorio Decreto Nº 277/21;
Por ello y atento al Dictamen CAJ N° 607/21, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, obrante a fojas 100/101 y vuelta y a Nota SLyT-GOB-N° 981/21, emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 111/112;

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :

Artículo 1º.- RATIFÍCASE, en todos sus términos, la Resolución Nº 0029 de fecha 14 de Octubre de 2021, dictada por el Honorable Directorio de la Administración General de Vialidad Provincial, la cual como Anexo I forma parte integrante del presente, en un todo de acuerdo a los considerandos que anteceden.-
Artículo 2°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.-
Artículo 3º.- PÁSE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura y a la Administración General de Vialidad Provincial a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-

Dra. KIRCHNER - Lic. Ignacio Perincioli

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI