Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 0969/2026
Edición del 29 Septiembre 2026
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Decretos Completos / publicado el 29 Septiembre 2026 / BO 6159

DECRETO N° 0969/2026

APROBAR - TRÁMITE DE LA LICITACIÓN PÚBLICA NACIONAL E INTERNACIONAL N° 02/ENERMIN/2026
DECRETO N° 0969
 
RÍO GALLEGOS, 23 de septiembre de 2026.-
V I S T O :
El Expediente MEyM-Nº 945.973/25 (V Cuerpos), elevado por el Ministerio de Energía y Minería; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 1127/25 se declaró de interés público la iniciativa privada presentada por la firma ALIANZA PETROLERA ARGENTINA S.A., respecto del área denominada “SUR RÍO DESEADO ESTE”;
Que mediante Decreto N° 0360/26 se amplió la superficie del área a licitar, se aprobaron los Pliegos de Bases y Condiciones y se convocó a la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 02/ENERMIN/2026, instruyéndose al Ministerio de Energía y Minería a llevar adelante los actos necesarios para el desarrollo del procedimiento licitatorio;
Que mediante Resolución Ministerial N° 053/26, del Ministerio de Energía y Minería se aprobó el Cronograma de Actos correspondiente al procedimiento licitatorio y se designaron de la Comisión de Preadjudicación prevista en el pliego de Bases y Condiciones Particulares;
Que cumplida la etapa de presentación de ofertas y efectuada la apertura del Sobre “A”, la Comisión de Preadjudicación procedió al análisis de los antecedentes y documentación acompañada por la única oferente, ALIANZA PETROLERA ARGENTINA S.A.;
Que mediante Resolución N° 084/26 se aprobó el informe de Evaluación del Sobre “A” emitido por la Comisión de Preadjudicación y se precalifico a la referida firma, quedando habilitada para la apertura del Sobre “B”;
Que, posteriormente, se procedió a la apertura y evaluación del Sobre “B”, verificándose que la propuesta formulada satisface la actividad mínima requerida por el Pliego de Condiciones Particulares para los períodos exploratorios;
Que la oferta presentada contempla un compromiso de MIL TRESCIENTAS SETENTA CON SESENTA (1.370,60) UNIDADES DE TRABAJO (UT) para el Primer Período de Exploración y de SEISCIENTAS CINCUENTA Y DOS CON OCHENTA (652,80) UNIDADES DE TRABAJO (UT) para el eventual Segundo Período de Exploración;
Que, como resultado de la evaluación efectuada, la Comisión de Preadjudicación recomendó preadjudicar el área “SUR RÍO DESEADO ESTE” a la firma ALIANZA PETROLERA ARGENTINA S.A.;
Que mediante Resolución Ministerial N° 088 de fecha 21 de agosto de 2026, el Ministerio de Energía y Minería en su carácter de Autoridad de Aplicación, preadjudicó a la firma ALIANZA PETROLERA ARGENTINA S.A. el área “SUR RÍO DESEADO ESTE”, de conformidad con la oferta presentada y las conclusiones del Informe de Evaluación del Sobre “B” emitido por la Comisión de Preadjudicación;
Que el Artículo 9° del Pliego de Condiciones Particulares establece que, firme la preadjudicación dispuesta por la Autoridad de Aplicación, la Autoridad Concedente procederá a adjudicar la Licitación mediante Decreto, otorgando en el mismo acto correspondiente Permiso de Exploración sobre el área, en los términos del Artículo 16° y concordantes de la Ley Nacional N° 17.319;
Que, encontrándose firme la preadjucación dispuesta mediante Resolución N° 088/26, se encuentra cumplida la instancia prevista en el Pliego de Bases y Condiciones para que la Autoridad Concedente proceda a la adjudicación de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 02/ENERMIN/2026 y al otorgamiento del correspondiente Permiso de Exploración;
Que el Artículo 16° y concordantes de la Ley Nacional N° 17.319 regulan el otorgamiento de los permisos de exploración, encontrándose la Provincia de Santa Cruz facultada para ejercer, en su carácter de Autoridad Concedente, las competencias correspondientes respecto de los recursos hidrocarburíferos existentes en su territorio;
Que, en consecuencia corresponde aprobar el trámite licitatorio, adjudicar la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 02/ENERMIN/2026, a la firma ALIANZA PETROLERA ARGENTINA S.A. y otorgarle, en el mismo acto,  el  Permiso de Exploración sobre el área “SUR RÍO DESEADO ESTE”, con sujeción a la normativa vigente, al Pliego de Bases y Condiciones, a la oferta adjudicada y a las obligaciones asumidas en el marco del procedimiento;
Que ha tomada intervención la Subsecretaría de Legales dependiente de la Secretaría de Estado de Hidrocarburos del Ministerio de Energía y Minería;
Que le presente se dicta en ejercicio de las atribuciones conferidas por la Constitución Provincial, las Leyes Nacionales Nros. 17.319 y 26.197 y demás normativa aplicable;
Por ello y atento a los Dictámenes SL-Nº 62/26, emitido por la Subsecretaría Legales del Ministerio de Energía y Minería, obrante a fojas 985 y 986 e IF-2026-00165652-SANTACRUZ-SEAGGGSC, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 995/1000;
 
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1°.- APRÚEBASE el trámite de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 02/ENERMIN/2026, llevado adelante para la adjudicación del Área de Exploración y Eventual Explotación denominada “SUR RÍO DESEADO ESTE”, de conformidad con los antecedentes obrantes en el expediente N° 945.973/25 del registro del Ministerio de Energía y Minería.-
Artículo 2°.- ADJUDÍCASE la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 02/ENERMIN/2026, correspondiente al Área de Exploración y Eventual Explotación denominada “SUR RÍO DESEADO ESTE”, a la firma ALIANZA PETROLERA ARGENTINA S.A., de conformidad con el Pliego de Bases y Condiciones que rigió el procedimiento y la oferta presentada.-
Artículo 3°.- OTÓRGASE a la firma ALIANZA PETROLERA ARGENTINA S.A. el Permiso de Exploración sobre el Área “SUR RÍO DESEADO ESTE”, de conformidad con lo previsto en el Artículo 16° y concordantes de la Ley Nacional N° 17.319, por los plazos y bajo las condiciones establecidas en la normativa vigente, el Pliego de Bases y Condiciones de la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 02/ENERMIN/2026 y la oferta adjudicada. El Área objeto del Permiso de Exploración comprende una superficie delimitada conforme las coordenadas que se detallan en el ANEXO I, que forma parte integrante del presente Decreto.-
Artículo 4°.- La Permisionaria deberá cumplir con las unidades de Trabajo (UT) comprometidas en su oferta, de conformidad con el Programa de Exploración que como ANEXO II que forma parte integrante del presente Decreto, y en los términos y condiciones establecidas en el pliego de Bases y Condiciones que rigió la Licitación Pública Nacional e Internacional N° 02/ENERMIN/2026.-
Artículo 5°.- La adjudicataria deberá constituir a favor de la Autoridad de aplicación, dentro del plazo y bajo las condiciones previstas en el Artículo 12.1.1 del Pliego de Condiciones Particulares, la correspondiente Garantía de Cumplimiento, por el monto y mediante alguna de las modalidades allí establecidas. Para el Supuesto de acceder el Segundo Período de Exploración, deberá constituir la garantía correspondiente a las obligaciones comprometidas para dicho período, conforme las previsiones del Pliego de Bases y Condiciones.-
Artículo 6°.- INSTRÚYASE a la Escribanía Mayor de Gobierno de la Provincia de Santa Cruz, de conformidad con lo previsto en el Artículo 55° de la Ley Nacional N° 17.319, a protocolizar los instrumentos correspondientes al Permiso de Exploración otorgado por el presente Decreto.-
Artículo 7°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Energía y Minería.-
Artículo 8º.- PASE al Ministerio de Energía y Minería (quién remitirá copia del presente ante quien corresponda), a sus efectos tomen conocimiento, Contaduría General de la Provincia y Tribunal de Cuentas, dese a la Dirección General del Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-

Sr. CLAUDIO ORLANDO VIDAL - Ing. Jaime Horacio Álvarez
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AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI