DECRETO N° 1286
RÍO GALLEGOS, 07 de Octubre de 2021.-
V I S T O :
El Expediente MEFI-N° 409.410/21, iniciado por la Subsecretaría de Presupuesto y elevado por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, la Ley N° 3720, la Resolución del Ministerio del Interior de la Nación N° 86 de fecha 28 de Junio de 2021 y;
CONSIDERANDO:
Que el inciso 3) del artículo 75 de la Constitución Nacional determina que corresponde al Congreso de la Nación “establecer y modificar asignaciones específicas de recursos coparticipables, por tiempo determinado, por ley especial aprobada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara”;
Que el inciso d) del artículo 3° de la Ley N° 23.548 de Coparticipación Federal de Recursos Fiscales dispuso que el UNO POR CIENTO (1%) de lo recaudado por los gravámenes a que se refiere dicha ley será destinado a Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias;
Que el artículo 5 de la mencionada Ley establece que el Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias se destinará a atender situaciones de emergencia y desequilibrios financieros de los gobiernos provinciales y será previsto presupuestariamente en jurisdicción del Ministerio del Interior quien será el encargado de su asignación;
Que mediante Resolución Nacional Nº 86-2021-APN-MI, de fecha 28 de Junio de 2021, el Ministerio del Interior de la Nación, otorgó en concepto de Aporte del Tesoro Nacional, la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 250.000.000,00.-), a la Provincia de Santa Cruz;
Que de fs. 9 a 13 obra Nota Nº 426/DGB/TGP/2021, de la Dirección General de Bancos de la Tesorería General de la Provincia, certificando el ingreso de los fondos antes mencionados;
Que para posibilitar su utilización resulta necesario incorporar dichos fondos al Presupuesto en vigencia;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 14 de la Ley Nº 3720;
Por ello y atento a los Dictámenes CAJ-Nº 505/21, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, obrante a fojas 20/21 y vuelta y SLyT-GOB Nº 926/21, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 28;
El Expediente MEFI-N° 409.410/21, iniciado por la Subsecretaría de Presupuesto y elevado por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, la Ley N° 3720, la Resolución del Ministerio del Interior de la Nación N° 86 de fecha 28 de Junio de 2021 y;
CONSIDERANDO:
Que el inciso 3) del artículo 75 de la Constitución Nacional determina que corresponde al Congreso de la Nación “establecer y modificar asignaciones específicas de recursos coparticipables, por tiempo determinado, por ley especial aprobada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara”;
Que el inciso d) del artículo 3° de la Ley N° 23.548 de Coparticipación Federal de Recursos Fiscales dispuso que el UNO POR CIENTO (1%) de lo recaudado por los gravámenes a que se refiere dicha ley será destinado a Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias;
Que el artículo 5 de la mencionada Ley establece que el Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias se destinará a atender situaciones de emergencia y desequilibrios financieros de los gobiernos provinciales y será previsto presupuestariamente en jurisdicción del Ministerio del Interior quien será el encargado de su asignación;
Que mediante Resolución Nacional Nº 86-2021-APN-MI, de fecha 28 de Junio de 2021, el Ministerio del Interior de la Nación, otorgó en concepto de Aporte del Tesoro Nacional, la suma de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 250.000.000,00.-), a la Provincia de Santa Cruz;
Que de fs. 9 a 13 obra Nota Nº 426/DGB/TGP/2021, de la Dirección General de Bancos de la Tesorería General de la Provincia, certificando el ingreso de los fondos antes mencionados;
Que para posibilitar su utilización resulta necesario incorporar dichos fondos al Presupuesto en vigencia;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el Artículo 14 de la Ley Nº 3720;
Por ello y atento a los Dictámenes CAJ-Nº 505/21, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, obrante a fojas 20/21 y vuelta y SLyT-GOB Nº 926/21, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 28;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1°.- INCREMÉNTASE en la suma total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 250.000.000,00.-), el total de los Recursos del Presupuesto 2021, conforme al detalle que figura en la planilla que, como Anexo I, forma parte integrante del presente.-
Artículo 2°.- AMPLÍASE en la suma total de PESOS DOSCIENTOS CINCUENTA MILLONES ($ 250.000.000,00.-) el total de Gastos del Presupuesto 2021, el crédito de la JURISDICCIÓN; SAF; FUENTE DE FINANCIAMIENTO; CATEGORÍAS PROGRAMATICAS; IPP, conforme al detalle que figura en la Planilla que como Anexo II, forma parte integrante del presente.-
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.-
Artículo 4°.- PASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, a sus efectos tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER - Lic. Ignacio Perincioli