DECRETO N° 1224
RÍO GALLEGOS, 27 de Septiembre de 2021.-
V I S T O :
El Expediente MDS-Nº 202.857/21 (X Cuerpos), elevado por el Ministerio de Desarrollo Social; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia la re-categorización, a partir del día 1º de Enero del año 2021, del Personal de Planta Permanente detallado en el ANEXO I, que forma parte integrante del presente y que se desempeña en la JURISDICCIÓN: Ministerio de Desarrollo Social - SAF: 15, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo para el Personal de la Administración Pública Provincial, homologado por Decretos Provinciales Nros. 2188/09 y 1612/12;
Que la presente gestión, se realiza en cumplimiento al Decreto Nº 1344/20, mediante el cual se ratificó la Resolución Nº 650 MTEySS/20 y el Acta Acuerdo concertada mediante reuniones virtuales (Plataforma Zoom), llevadas a cabo los días 24 y 26 de Noviembre del año 2020, entre la Asociación del Personal de la Administración Pública Provincial (A.P.A.P.) y la Asociación de Trabajadores del Estado (A.T.E.), por una parte, y por la otra el Poder Ejecutivo Provincial, en el cual se dispuso la re-categorización del Personal Planta Permanente reconociéndoles UNA (1) Categoría cada TRES (3) años de servicio desde la ÚLTIMA CATEGORIZACIÓN, con fecha de corte al 31/12/2020;
Que de los antecedentes agregados surge que el personal involucrado, cumple con los requisitos exigidos por el Decreto mencionado precedentemente, para acceder a la presente re-categorización;
Que, a tal efecto, se hace necesario facultar al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura para que por intermedio de Resolución Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias conforme a la Ley de Presupuesto Nº 3720, Ejercicio 2021;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes DGALJ-Nº 0613/21, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales y Judiciales, obrante a fojas 1909/1910 y SLyT-GOB-Nº 875/21, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante fojas 1981;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- PROMUÉVASE, a partir del día 1º de Enero del año 2021, al Personal de Planta Permanente que desempeña funciones en la JURISDICCIÓN: Ministerio de Desarrollo Social - SAF: 15, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo General para el Personal de la Administración Pública Provincial, detallado en el ANEXO I, el cual forma parte integrante del presente, de conformidad a lo establecido mediante Decreto Nº 1344/20 y en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 2º .- DÉJASE ESTABLECIDO, que a los efectos dispuestos en el Artículo anterior, téngase por ELIMINADAS las Categorías que ostentan actualmente los agentes que son promovidos y por CREADAS las que se les asignan en la JURISDICCIÓN: Ministerio de Desarrollo Social - SAF: 810, de conformidad a la Ley de Presupuesto Nº 3720 del Ejercicio 2021.-
Artículo 3º.- FACÚLTASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura para que por Resolución Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes, a fin de atender el gasto que demandará la presente erogación en la Ley de Presupuesto Nº 3720 del Ejercicio 2021.-
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Desarrollo Social.-
Artículo 5º.- PASE al Ministerio de Desarrollo Social a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER - Sr. Jorge Daniel Ferreyra