DECRETO N° 1220
RÍO GALLEGOS, 27 de Septiembre de 2021.-
V I S T O :
El Expediente JP-N° 799.999/21, elevado por la Jefatura de Policía; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia, se propicia la re-categorización, a partir del día 1º de Enero del año 2021, del Personal de Planta Permanente detallado en el ANEXO I, que forma parte integrante del presente y que se desempeña en la JURISDICCIÓN: Ministerio de Seguridad - SAF: 17, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo General para el Personal de la Administración Pública Provincial, homologado por Decretos Provinciales Nros. 2188/09 y 1612/12;
Que la presente gestión se realiza en cumplimiento al Decreto Nº 1344/20, mediante el cual se ratificó la Resolución MTEySS-Nº 650 y el Acta Acuerdo concertada mediante reuniones virtuales (Plataforma zoom) llevadas a cabo los días 24 y 26 de Noviembre del año 2020, entre la Asociación del Personal de la Administración Pública Provincial (A.P.A.P.) y la Asociación de Trabajadores del Estado (A.T.E.), por una parte, y por la otra el Poder Ejecutivo Provincial, en el cual se dispuso la re-categorización del personal Planta Permanente reconociéndoles UNA (1) categoría cada TRES (3) años de servicio desde la ÚLTIMA CATEGORIZACIÓN, con fecha de corte al 31/12/2020;
Que de los antecedentes agregados, surge que el personal involucrado de referencia, cumple con los requisitos exigidos por el Decreto mencionado precedentemente, para acceder a la presente re-categorización;
Que a tal efecto, se hace necesario facultar al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura para que por intermedio de Resolución Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias conforme a la Ley de Presupuesto N° 3720 – Ejercicio 2021;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAJyJ-Nº 321/21, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Judiciales del Ministerio de Seguridad, obrante a fojas 46/47 y SLyT-GOB-Nº 865/21, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 64;
El Expediente JP-N° 799.999/21, elevado por la Jefatura de Policía; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia, se propicia la re-categorización, a partir del día 1º de Enero del año 2021, del Personal de Planta Permanente detallado en el ANEXO I, que forma parte integrante del presente y que se desempeña en la JURISDICCIÓN: Ministerio de Seguridad - SAF: 17, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo General para el Personal de la Administración Pública Provincial, homologado por Decretos Provinciales Nros. 2188/09 y 1612/12;
Que la presente gestión se realiza en cumplimiento al Decreto Nº 1344/20, mediante el cual se ratificó la Resolución MTEySS-Nº 650 y el Acta Acuerdo concertada mediante reuniones virtuales (Plataforma zoom) llevadas a cabo los días 24 y 26 de Noviembre del año 2020, entre la Asociación del Personal de la Administración Pública Provincial (A.P.A.P.) y la Asociación de Trabajadores del Estado (A.T.E.), por una parte, y por la otra el Poder Ejecutivo Provincial, en el cual se dispuso la re-categorización del personal Planta Permanente reconociéndoles UNA (1) categoría cada TRES (3) años de servicio desde la ÚLTIMA CATEGORIZACIÓN, con fecha de corte al 31/12/2020;
Que de los antecedentes agregados, surge que el personal involucrado de referencia, cumple con los requisitos exigidos por el Decreto mencionado precedentemente, para acceder a la presente re-categorización;
Que a tal efecto, se hace necesario facultar al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura para que por intermedio de Resolución Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias conforme a la Ley de Presupuesto N° 3720 – Ejercicio 2021;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAJyJ-Nº 321/21, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Judiciales del Ministerio de Seguridad, obrante a fojas 46/47 y SLyT-GOB-Nº 865/21, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 64;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- PROMUÉVASE, a partir del día 1° de Enero del año 2021, al Personal de Planta Permanente que desempeña funciones en la JURISDICCIÓN: Ministerio de Seguridad - SAF: 17, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo General para el Personal de la Administración Pública Provincial, detallado en el ANEXO I, el cual forma parte integrante del presente, de conformidad a lo establecido mediante Decreto Nº 1344/20 y en todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 2°.- DÉJASE ESTABLECIDO, que a los efectos dispuestos en el Artículo anterior, téngase por ELIMINADA las categorías que ostentan actualmente los agentes promovidos y por CREADA las que se les asigna en la JURISDICCIÓN: Ministerio de Seguridad – SAF: 17, de conformidad a Ley de Presupuesto N° 3720 del Ejercicio 2021.-
Artículo 3°.- FACÚLTASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura para que por Resolución Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de atender el gasto que demandará la presente erogación en la Ley de Presupuesto Nº 3720 del Ejercicio 2021.-
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Seguridad.-
Artículo 5º.- PASE al Ministerio de Seguridad a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER - Dr. Lisandro Gabriel De La Torre