Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 0226/2026
Edición del 19 Marzo 2026
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Decretos Completos / publicado el 19 Marzo 2026 / BO 6092

DECRETO N° 0226/2026

RATIFICAR - RESOLUCIÓN N° 113/25 - MINISTERIO DE ENERGÍA Y MINERÍA DE LA PROV. DE SANTA CRUZ
DECRETO N° 0226
 
RÍO GALLEGOS, 19 de marzo de 2026.-
V I S T O :
El Expediente MEyM-Nº 944.995/25, elevado por el Ministerio de Energía y Minería; y
CONSIDERANDO:
Que el Artículo 124 de la Constitución Nacional reconoce a las provincias el dominio originario de los recursos naturales existentes en su territorio, correspondiendo a la Provincia de Santa Cruz el ejercicio pleno de las potestades de administración, control y disposición sobre los recursos hidrocarburíferos, conforme al marco constitucional y legal vigente;
Que la Ley Nacional Nº 17.319 y sus modificatorias, en particular la Ley Nº 26.197, establecen el régimen jurídico aplicable a la exploración, explotación y transporte de hidrocarburos, reconociendo a las provincias la calidad de Autoridad Concedente y de Aplicación respecto de las concesiones ubicadas en su jurisdicción;
Que la Ley Nacional Nº 26.741 declara de interés público nacional el logro del autoabastecimiento de hidrocarburos, disponiendo que el desarrollo de la actividad debe realizarse en condiciones de sustentabilidad económica, social y ambiental, con especial atención a la preservación del ambiente y a la adecuada gestión del pasivo ambiental hidrocarburífero;
Que en ejercicio de dichas competencias, y conforme lo dispuesto por la Ley Nº 3842 y el Decreto Nº 0143/24, el Ministerio de Energía y Minería de la Provincia de Santa Cruz reviste el carácter de Autoridad de Aplicación en materia hidrocarburífera, con facultades para dictar los actos necesarios para la administración, fiscalización y control de las concesiones, así como para la aprobación de programas vinculados al abandono de pozos y saneamiento ambiental;
Que el día 2 de abril del año 2025 el Poder Ejecutivo Provincial, FOMICRUZ S.E. e YPF S.A. suscribieron un Memorando de Entendimiento en el que se acordaron los términos y condiciones generales bajo los cuales YPF S.A. cedió a FOMICRUZ S.E. las concesiones de explotación de hidrocarburos sobre diversas áreas de la Provincia de Santa Cruz, junto con las concesiones de transporte asociadas, estableciendo asimismo un marco integral de obligaciones técnicas, operativas, ambientales y económicas;
Que el referido Memorando de Entendimiento fue ratificado por la Resolución N° 20/25 del Ministerio de Energía y Minería de la Provincia, a su vez ratificada por el Decreto N° 0376/25, consolidando el marco jurídico-institucional de la operación y los compromisos asumidos por las partes;
Que en dicho Memorando de Entendimiento YPF S.A. asumió, entre otras obligaciones esenciales, la de llevar adelante el abandono definitivo de determinados pozos comprendidos en las concesiones cedidas, conforme a lineamientos técnicos, ambientales y operativos compatibles con las buenas prácticas de la industria hidrocarburífera y la normativa ambiental vigente;
Que YPF S.A. presentó ante las autoridades provinciales competentes, el Poder Ejecutivo Provincial y FOMICRUZ S.E. un listado tentativo de pozos a abandonar, elaborado sobre la base de criterios técnico-económicos, a fin de posibilitar la planificación, programación y control de las tareas asociadas;
Que, en este contexto, el día 19 de diciembre del año 2025 el Poder Ejecutivo Provincial, FOMICRUZ S.E. e YPF S.A. suscribieron un Acta Acuerdo destinada a establecer los términos y condiciones específicas conforme a los cuales YPF S.A. llevará a cabo el abandono de pozos, en cumplimiento de las obligaciones asumidas en el Memorando de Entendimiento;
Que con posterioridad las partes suscribieron una Adenda al referido Acta Acuerdo, a fin de complementar aspectos vinculados a su implementación;
Que dicha Adenda contempla la posibilidad de incorporar mejores prácticas técnicas, operativas y ambientales aplicables al programa de abandono, en tanto no impliquen contravención a la normativa vigente ni a las condiciones establecidas por la Autoridad de Aplicación;
Que asimismo prevé la eventual cesión al Estado Provincial de materiales, equipos o instalaciones de las tareas de abandono que resulten susceptibles de aprovechamiento, conforme las condiciones que se establezcan en cada caso;
Que el Ministerio de Energía y Minería, en su carácter de Autoridad de Aplicación conforme la Ley Nº 3842 y el Decreto Nº 0143/24, ha dictado la Resolución Nº 113/25 mediante la cual ratificó el Acta Acuerdo suscripta el día 19 de diciembre del año 2025, y la Resolución Nº 027/26, que ratifica la adenda a dicha acta acuerdo, todo en ejercicio de sus atribuciones, en consecuencia, corresponde ratificar los actos administrativos;
Que el Memorando de Entendimiento suscripto el día 2 de abril del año 2025 ya contempló expresamente la adopción de medidas tendientes a facilitar la ejecución del programa de abandono de pozos, incluyendo la previsión de exenciones tributarias respecto de los actos, contratos y/o instrumentos necesarios para su implementación, en atención al carácter de interés público ambiental de las obligaciones allí asumidas;
Que el gravamen de dichos instrumentos podría afectar o demorar la ejecución de tareas que revisten relevancia ambiental estratégica y comprometen fines públicos provinciales, razón por la cual corresponde adoptar medidas que faciliten su cumplimiento efectivo;
Que el Ministerio de Energía y Minería, en su carácter de Autoridad de Aplicación conforme la Ley Nº 3842 y el Decreto Nº 0143/24, ha emitido la Resolución mediante la cual ratifica el Acta Acuerdo, y que corresponde al Poder Ejecutivo Provincial disponer su ratificación y las medidas complementarias necesarias para su adecuada implementación;
Por ello y atento a los Dictámenes SL-Nº 13/26 y 14/26, emitido por la Subsecretaría Legales del Ministerio de Energía y Minería, FE-Nº 11/26, emitido por la Fiscalía de Estado de la Provincia de Santa Cruz y SLyT-GOB-N° 222/26, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
 
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :

Artículo 1°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 113/25 del Ministerio de Energía y Minería de la Provincia de Santa Cruz, mediante la cual se ratifica el Acta Acuerdo suscripta el día 19 de diciembre del año 2025 entre el Poder Ejecutivo Provincial, FOMICRUZ S.E. e YPF S.A..-
Artículo 2°.- RATIFÍCASE la Resolución Nº 027/26 del Ministerio de Energía y Minería, mediante la cual se ratifica la Adenda al Acta Acuerdo mencionado en el Artículo precedente.-
Artículo 3°.- EXÍMASE del pago del Impuesto de Sellos previsto en el Código Fiscal de la Provincia de Santa Cruz al Acta Acuerdo, su Adenda y a todos los actos, contratos y/o instrumentos que se suscriban con relación a los mismos.-
Artículo 4°.- DÉJASE ESTABLECIDO que en función de la existencia de cláusulas de confidencialidad, se procederá a la reserva de los instrumentos ratificados.-
Artículo 5°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de la Jefatura de Gabinete de Ministros a cargo del Despacho del Ministerio de Energía y Minería.-
Artículo 6º.- PASE al Ministerio de Energía y Minería (quien remitirá copia del presente ante quien corresponda), a sus efectos tomen conocimiento, Contaduría General de la Provincia y Tribunal de Cuentas, dese a la Dirección General del Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Sr. CLAUDIO ORLANDO VIDAL - Sr. Pedro Hernán Luxen

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI