DECRETO N° 1214
RÍO GALLEGOS, 23 de Septiembre de 2021.-
V I S T O :
El Expediente CPE-Nº 678.739/20 (VI Cuerpos), elevado por el Consejo Provincial de Educación; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia, se propicia la re-categorización, a partir del día 1º de Enero del año 2021, del personal Planta Permanente detallado en el ANEXO I, que forma parte integrante del presente y que se desempeña en la JURISDICCIÓN: Consejo Provincial de Educación - SAF: 610, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo General para el Personal de la Administración Pública Provincial, homologado por los Decretos Nros. 2188/09 y 1612/12;
Que la presente gestión se realiza en cumplimiento al Decreto Nº 1344/20 mediante el cual se ratificó la Resolución MTEySS-Nº 650/20 y el Acta Acuerdo concertada mediante reuniones virtuales (Plataforma zoom), llevadas a cabo los días 24 y 26 de Noviembre del año 2020, entre la Asociación del Personal de la Administración Pública Provincial (A.P.A.P.) y Asociación de Trabajadores del Estado (A.T.E.), por una parte y por la otra el Poder Ejecutivo Provincial, en el cual se dispuso la re-categorización del personal Planta Permanente reconociéndoles UNA (1) categoría cada TRES (3) años de servicio desde la ÚLTIMA CATEGORIZACIÓN, con fecha de corte al 31/12/2020;
Que de los antecedentes agregados surge que el personal involucrado, cumple con los requisitos exigidos por el Decreto mencionado precedentemente, para acceder a la presente re-categorización;
Que a tal efecto se hace necesario facultar al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, para que por Resolución Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de atender el gasto que demande la presente erogación, conforme lo establecido en la Ley de Presupuesto N° 3720 - Ejercicio 2021;
Que nada obsta para proceder al dictado del presente Instrumento Legal;
Por ello y atento a los Dictámenes DPAJ-Nº 098/21, emitido por la Dirección Provincial de Asuntos Jurídicos, obrante a fojas 1121 y vuelta y SLyT-GOB-Nº 870/21, emitido por Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 1167;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- PROMUÉVASE a partir del día 1º de Enero del año 2021, al Personal Planta Permanente que desempeña funciones en la JURISDICCIÓN: Consejo Provincial de Educación - SAF: 610, comprendido en el Convenio Colectivo de Trabajo General para el Personal de la Administración Pública Provincial, detallado en el ANEXO I , el cual forma parte integrante del presente, de conformidad a lo establecido mediante Decreto Nº 1344/20, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 2º.- DÉJASE ESTABLECIDO que a los efectos dispuestos en el Artículo anterior, téngase por ELIMINADAS las categorías que ostentan actualmente los agentes que son promovidos y por CREADAS las que se asignan en la JURISDICCIÓN: Consejo Provincial de Educación - SAF: 610, de conformidad a la Ley de Presupuesto Nº 3720 del Ejercicio 2021.-
Artículo 3º.- FACÚLTASE al titular del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura para que por Resolución Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias a fin de atender el gasto que demandará la presente erogación en la Ley de Presupuesto Nº 3720 del Ejercicio 2021.-
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Secretaría General de la Gobernación a cargo del Despacho de la Jefatura de Gabinete de Ministros.-
Artículo 5º.-PÁSE al Consejo Provincial de Educación a sus efectos, tomen conocimiento Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER – Sra. Claudia Alejandra Martínez