Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 1197/2021
Edición del 18 Diciembre 2025
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Decretos Completos / publicado el 17 Marzo 2022 / BO 5634

DECRETO N° 1197/2021

MODIFICACIÓN - DENOMINACIÓN DE LAS SECRETARÍAS DE ESTADO DE POLÍTICAS COMUNICATARIAS Y DE DESARROLLO LOCAL Y ECONOMIA SOCIAL - M.D.S.
DECRETO N° 1197

RÍO GALLEGOS, 21 de Septiembre de 2021.-

V I S T O :
El Expediente MDS-Nº 200.794/20, elevado por el Ministerio de Desarrollo Social; y
CONSIDERANDO:
Que la Ley Nº 3480 “Orgánica de Ministerios” establece que el Poder Ejecutivo Provincial, para la atención y despacho de los asuntos de su competencia, contará con los Ministros Secretarios que el artículo 1 detalla;
Que en consecuencia se emitió el Decreto Nº 2050/16, que aprobó las nuevas estructuras organizativas de los distintos Ministerios hasta nivel Subsecretaría, dictándose sucesivamente los instrumentos legales que dispusieron los demás niveles que compondrán la estructura total de cada cartera;
Que así mediante los Decretos Nros. 0045/17 y 0864/20, se regularon las distintas dependencias del Ministerio de Desarrollo Social de la Provincia determinando las misiones y funciones de cada una de ellas;
Que por el presente se propicia modificar, en sus partes pertinentes, los Decretos Nros. 2050/16, 0045/17 y 0864/20, que aprueban y modifican la estructura de organización misiones y funciones del Ministerio antes citado;
Que las modificaciones propuestas significarán una mejor ejecución y ordenamiento de las tareas llevadas a cabo por las áreas involucradas ajustando las dependencias para una mayor eficacia y asistencia al titular de la cartera, como ambién la creación y supresión de otras áreas;
Que con el fin de dar tratamiento en tiempo real a las situaciones que por distintas circunstancias requieren la atención y resolución urgente y oportuna por parte del Gobierno Provincial, resulta necesario Crear la Subsecretaría de Coordinación de Asistencias, la Subsecretaría de Coordinación de Emergencias y la Subsecretaría de Coordinación de Resolución de Conflictos, con relación y dependencia directa de la máxima autoridad del Ministerio de Desarrollo Social de acuerdo con las Misiones y Funciones que figuran como Anexo del presente y la Subsecretaría de Políticas Alimentarias que tendrá relación directa con la Secretaría de Estado de Políticas de Desarrollo Local, cuyas Misiones y Funciones y Organigramas forman parte integrante del presente;
Que asimismo se deberá crear la Subsecretaría de Microcrédito con relación y dependencia de la Secretaría de Estado de Economía Social, cuyas misiones, funciones y organigramas forman parte integrante del mismo;
Que en esta oportunidad se propicia la supresión de la Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincial de Coordinación de Políticas Sociales (Nivel Subsecretaría) dependiente del titular del Ministerio de Desarrollo Social, contenida en el ANEXO IV del Decreto N° 2050/16;
Que por otra parte, resulta necesario incorporar al Decreto Nº 2050/16 la Subsecretaria de la Juventud con dependencia directa del titular de la cartera ministerial, de acuerdo a las misiones y funciones que en el presente se determinan;
Que a su vez corresponde modificar el Decreto Nº 2050/16 en cuanto al nombre de la actual Subsecretaría de Abordaje Territorial por “Subsecretaría de Abordaje Territorial Integral” manteniendo sus misiones y funciones y dependencias ya determinadas;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes DGALyJ-Nº 064/21, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales y Judiciales del Ministerio de Desarrollo Social, obrante a fojas 180/181 y vuelta y SLyT-GOB-Nº 873/21, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 193/194;

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :

Artículo 1º.- MODIFÍCASE, a partir del día 1º de Octubre de 2021 la denominación de las Secretarías de Estado de Políticas Comunitarias y Territoriales y de Desarrollo Local y Economía Social, aprobadas mediante el Anexo IV del Decreto N° 2050/16 y Decreto modificatorio Nº 0864/20, cuyas nuevas denominaciones serán: “Secretaría de Estado de Políticas de Desarrollo Local” y “Secretaría de Estado de Economía Social”, respectivamente.-
Artículo 2º.- MODIFÍCASE, a partir del día 1º de Octubre de 2021 la denominación de la Subsecretaría de Las Mujeres, aprobada mediante el Anexo IV del Decreto N° 2050/16, cuya nueva denominación será: “Subsecretaría de Genero, Mujeres y Diversidad” continuando su dependencia del titular de la cartera Ministerial, y de la Subsecretaría de Abordaje Territorial cuya nueva denominación será “Subsecretaría de Abordaje Territorial Integral” dependiendo de la Secretaría de Estado de Políticas de Desarrollo Local.-
Artículo 3°.- INCORPÓRASE a partir del día 1º de Octubre de 2021, a la Estructura Organizativa del Ministerio de Desarrollo Social aprobada mediante Decreto Nº 2050/16 Anexo IV, la Subsecretaría de Coordinación de Asistencia, la Subsecretaría de Coordinación de Emergencias y la Subsecretaría de Coordinación de Resolución de Conflictos, con dependencia directa del Titular de la Cartera Ministerial, cuyas misiones y funciones forma parte integrante del presente como Anexo I.-
Artículo 4°.- INCORPÓRASE a partir del día 1º de Octubre de 2021, a la Estructura Organizativa del Ministerio de Desarrollo Social aprobada mediante Decreto Nº 2050/16 Anexo IV, en el ámbito de la Secretaría de Estado de Economía Social, la Subsecretaría de Microcrédito cuyas misiones y funciones forman parte integrante del presente Decreto y figuran como Anexo II.-
Artículo 5°.- SUPRÍMASE la Dirección de Políticas de Seguridad Alimentaria dependiente de la Secretaría de Políticas Comunitarias y Territoriales creada mediante Decreto Nº 0045/17, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.-
Artículo 6°.- INCORPÓRASE a partir del día 1º de Octubre de 2021, a la Estructura Organizativa del Ministerio de Desarrollo Social aprobada mediante Decreto Nº 2050/16 Anexo IV, la Subsecretaría de Políticas Alimentarias en el ámbito de la Secretaría de Estado de Políticas de Desarrollo Local, de acuerdo con las misiones, funciones y organigrama, que forma parte integrante del presente como Anexo III.-
Artículo 7°.-SUPRÍMASE, a partir del día 1º de Octubre de 2021 de la Estructura Organizativa del Ministerio de Desarrollo Social aprobada mediante Decreto Nº 2050/16 Anexo IV, la Secretaría Ejecutiva del Consejo Provincial de Coordinación de Políticas Sociales, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 8°.- SUPRÍMASE a partir a partir del día 1º de Octubre de 2021 de la Secretaría de Estado de Políticas Comunitarias y Territoriales, la Dirección Provincial de Juventudes aprobada mediante Decreto Nº 0864/20.-
Artículo 9°.- INCORPÓRASE a partir del día 1º de Octubre de 2021, a la Estructura Organizativa del Ministerio de Desarrollo Social aprobada mediante Decreto Nº 2050/16 Anexo IV, la Subsecretaría de la Juventud con dependencia directa del titular de la Cartera Ministerial, conforme las misiones y funciones que constan en el Anexo IV del presente.-
Artículo 10°.- DETERMÍNASE que de acuerdo a la reestructuración efectuada por el presente instrumento legal, corresponde reemplazar el organigrama del Ministerio de Desarrollo Social aprobado mediante el Anexo IV del Decreto Nº 2050/16 conforme el organigrama que como Anexo V forma parte integrante del presente.-
Artículo 11°.- FACÚLTASE al Ministro de Desarrollo Social a efectuar las reestructuraciones y readecuaciones de las Estructuras Organizativas correspondientes inferiores al Nivel Subsecretaría, previa conformidad del Poder Ejecutivo.-
Artículo 12º.- Hasta tanto se concluya con la reestructuración de las áreas afectadas, se mantendrán vigentes las aperturas estructurales existentes de nivel inferior a Subsecretaría, las que transitoriamente mantendrán las misiones y funciones aprobadas mediante Decretos Nros. 0045/17, 0932/19 y 0864/20.-
Artículo 13º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Desarrollo Social.-
Artículo 14º.- PÁSE al Ministerio de Desarrollo Social, a sus efectos tomen conocimiento, Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-

Dra. KIRCHNER - Dra. Bárbara Dolores Weinzettel

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI