Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 1138/2021
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Decretos Completos / publicado el 10 Febrero 2022 / BO 5632

DECRETO N° 1138/2021

APORTE NO REINTEGRABLE - FUNDACIÓN SANTA CRUZ SUSTENTABLE
DECRETO N° 1138

RÍO GALLEGOS, 07 de Septiembre de 2021.-
V I S T O :
El Expediente MG-N° 510.358/21, elevado por el Ministerio de Gobierno; y
CONSIDERANDO:
Que como consecuencia de los hechos de público conocimiento que sucedieron en la localidad de Caleta Olivia y zonas aledañas, a partir de las irregularidades en la percepción de los salarios de los trabajadores que integran la Fundación “Santa Cruz Sustentable”, con fecha 18 de Diciembre de 2015, el titular de la ex Secretaría de Estado de Trabajo y Seguridad Social de la Provincia, ahora Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social Sr. Teodoro Camino, suscribió un Acta Acuerdo con los Sres. Daniel  Hernández, Guadalupe Fernández y Jésica Constancio en representación de la Fundación referida, donde se acordó el pago de la nómina salarial al personal comprendido en el Anexo que integra el Acta Acuerdo y la reorganización inmediata del funcionamiento de la Fundación;
Que tal instrumento fue aprobado mediante Resolución Ministerial MG-Nº 004 de fecha 18 de Diciembre de 2015 y luego ratificada por Decreto Nº 127 de fecha 18 de Diciembre de 2015;
Que el Interventor de la Fundación Santa Cruz Sustentable informó que durante el mes de Diciembre de 2016 el Banco de la Provincia de Santa Cruz habilitó la Cuenta Nº 10319698001 a nombre de la Fundación Santa Cruz Sustentable;
Que en conjunto con la apertura de esta cuenta, se ha procedido a bancarizar a todo el personal en relación de dependencia con la Fundación Santa Cruz Sustentable, el cual percibe sus haberes mediante las cuentas sueldos creadas en el Banco Santa Cruz;
Que en consecuencia, corresponde dictar el presente instrumento legal a fin de efectivizar el otorgamiento de un aporte no reintegrable por la suma de PESOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS DIECISEIS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($7.419.316,78) , a la Fundación para que instrumente el pago de haberes, descuentos judiciales, alimentarios, comerciales, aportes y contribuciones sociales del personal, comprendido en los ANEXOS que forman parte integrante del presente y con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión;
Que dentro de los fondos solicitados se incluye en concepto de gastos de funcionamiento y servicios para el pago al Estudio Contable por honorarios profesionales, por un monto que asciende a la suma de PESOS SETENTA MIL ($ 70.000,00), para poder afrontar los gastos mencionados de acuerdo a Nota N° 136/MG/2021, obrante a fojas 3;
Que el Acta Acuerdo suscripta entre la Fundación y el Gobierno Provincial, se determinó que ambas partes se comprometen a la reorganización del funcionamiento de la fundación dando guarda de las obligaciones laborales y sociales; es por ello que a los fines de cumplir con los requisitos exigidos y dar un correcto orden para la asistencia técnica de la liquidación de los sueldos de los empleados, es que se deberá abonar el aporte extraordinario al pago de honorarios profesionales y gastos contables;
Que el presente acto se enmarca en las excepciones establecidas en el Artículo 4º del Decreto 1260/18;
Por ello y atento a los Dictámenes AL-Nº 588/21, emitido por la Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 121 y SLyT-GOB-Nº 826/21 emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 133/134;

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E TA :

Artículo 1º.- OTÓRGASE un Aporte no Reintegrable del Tesoro Provincial, por la suma de PESOS SIETE MILLONES CUATROCIENTOS DIECINUEVE MIL TRESCIENTOS DIECISEIS CON SETENTA Y OCHO CENTAVOS ($ 7.419.316,78), con cargo a rendir cuenta documentada de su inversión, a la Fundación Santa Cruz Sustentable para que instrumente el pago de haberes, descuentos judiciales, alimentarios, comerciales, aportes, contribuciones sociales y se incluye en concepto de gastos de funcionamiento y servicios para el pago al Estudio Contable por honorarios profesionales, correspondiente a la liquidación del personal comprendido en los ANEXOS que forman parte integrante del presente, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.-
Artículo 2º.- AFÉCTASE, el gasto que demande el presente a la JURISDICCIÓN: Ministerio de Gobierno - SAF: 410 - Ministerio de Gobierno - FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 11 Tesoro Provincial - CATEGORÍA PROGRAMÁTICA: 21.0.0.0 - IPP: 5.1.7.1 - Transferencias a Otras Instituciones Culturales y Sociales Sin Fines de Lucro - Fundación Santa Cruz Sustentable, del Presupuesto 2021.-
Artículo 3º.- ABÓNASE, por Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría General, a favor de la Fundación Santa Cruz Sustentable , la suma total citada en el Artículo 1º del presente, a la Cuenta  Nº 1031969898001, CBU 0860010301800031969894.-
Artículo 4°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.-
Artículo 5°.- PASE al Ministerio de Gobierno (quien remitirá copia ante quien corresponda), a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Dra. KIRCHNER - Sr. Leandro Eduardo Zuliani

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI