Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 1123/2021
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Decretos Completos / publicado el 10 Febrero 2022 / BO 5632

DECRETO N° 1123/2021

PRÓRROGA - ESTADO DE EMERGENCIA SANITARIA EN TODA LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
DECRETO N° 1123

RÍO GALLEGOS, 06 de Septiembre de 2021.-
V I S T O :
El Expediente GOB-N° 114.924/20 y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Ley N° 3693, la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Cruz ratificó en todas sus partes el Decreto N° 0273/20, por el cual la Provincia de Santa Cruz declaró, por el término de ciento ochenta (180) días contados a partir de su dictado, el Estado de Emergencia Sanitaria en todo el territorio provincial;
Que por el artículo segundo de la citada normativa, se facultó a este Poder Ejecutivo Provincial a prorrogar la vigencia de la Emergencia Sanitaria, en caso de persistir las circunstancias que dieron origen al dictado de la misma;
Que en el marco de la facultad asignada, en fecha 8 de Marzo del 2021, se emitió el Decreto N° 0248, que prorrogó a partir del 10 de Marzo del corriente el Estado de Emergencia Sanitaria en todo el ámbito de la Provincia de Santa Cruz por el término de 180 días;
Que entre las medidas adoptadas por la Provincia se destaca la campaña de vacunación para SARS-CoV-2, en el marco del Plan Vacunar para Prevenir - la cual continua desarrollándose de forma progresiva - y la implementación de dispositivos de búsqueda activa de contagios y control de los contactos estrechos de casos confirmados de COVID-19, en las diferentes localidades de la provincia;
Que en igual sentido, se han dispuesto controles al ingreso de la Provincia mediante realización de test y el seguimiento estricto de aislamiento de viajeros provenientes del exterior a los fines de evitar la introducción de variantes y/o nuevas cepas en territorio provincial;
Que las estrategias sanitarias enunciadas precedentemente han coadyuvado a la baja exponencial de casos positivos en la población, resultando como consecuencia de ello la apertura gradual y paulatina de diversas actividades cumplimentando con los protocolos sanitarios vigentes establecidos por la autoridad sanitaria provincial;
Que sin perjuicio de todo lo expuesto y atento a que aún persiste el riesgo en razón de la existencia de nuevas variantes de cepa (Delta) en regiones de nuestro país, nos compele a proseguir con el estricto cumplimiento de medidas de prevención de índole sanitaria y el efectivo cumplimiento de las medidas de cuidado dispuestas en los protocolos sanitarios correspondientes;
Que en ese sentido y en consonancia con lo dispuesto por el Poder Ejecutivo Nacional mediante Decreto Nacional N° 167/2021, que prorrogará la emergencia en el orden nacional, resulta pertinente extender la Declaración de Emergencia Sanitaria en todo el ámbito de la Provincia de Santa Cruz establecido por el Decreto Provincial 273/20, hasta el 31 de Diciembre del corriente año inclusive;
Que la presente medida se dicta en ejercicio de las potestades establecidas en el Artículo 57 y 119 inc. 18) de la Constitución Provincial;
Por ello, y habiendo tomado intervención de competencia la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación mediante Nota SLyT-GOB-N° 1012/21, obrante a fojas 43;

LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
D E C R E TA :

Artículo 1°.- PRORRÓGASE a partir del 6 de Septiembre del 2021, el Estado de Emergencia Sanitaria en todo el ámbito de la Provincia de Santa Cruz dispuesto mediante Decreto N° 0273/20, ratificado por Ley N.º 3693, hasta el 3 1 de Diciembre del corriente año inclusive, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.-
Artículo 2°.- COMUNÍQUESE a la Honorable Cámara de Diputados de la Provincia de Santa Cruz.-
Artículo 3°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Secretarios en los Departamentos de Gobierno, de Economía, Finanzas e Infraestructura, de Desarrollo Social, de Salud y Ambiente, de la Secretaría General de la Gobernación, de la Producción, Comercio e Industria, de Empleo, Trabajo y Seguridad Social, de Seguridad, y de la Jefatura de Gabinete de Ministros.-
Artículo 4°.- PASE a Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación (quien remitirá copia del presente ante quien corresponda) a sus efectos, tomen conocimiento, Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-

Dra. KIRCHNER - Sr. Leandro Eduardo Zuliani
Lic. Ignacio Perincioli - Dra. Bárbara Dolores Weinzettel
Dr. Claudio José García - Sra. Claudia Alejandra Martínez
Lic. Silvina Del Valle Córdoba - Sr. Teodoro S. Camino
Sr. Leonardo Darío Álvarez
Dr. Lisandro Gabriel de La Torre

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI