DECRETO N° 1165
RÍO GALLEGOS, 13 de Septiembre de 2021.-
V I S T O :
El Expediente MDS-Nº 203.228/21, elevado por el Ministerio de Desarrollo Social y;
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia la ratificación del Convenio de Cooperación, celebrado entre el Ministerio de Desarrollo Social representado por su titular, la Doctora Bárbara Dolores WEINZETTEL, por una parte y por la otra, la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, representada por su titular el Doctor Gabriel LERNER, el cual con sus ANEXOS forman parte integrante del presente;
Que el citado tiene como objeto promover los derechos de niños, niñas y adolescentes en pos de contribuir a su empoderamiento y la constitución del colectivo que los represente, a partir de la instalación, promoción, difusión y divulgación de la Línea 102 en todo el territorio provincial;
Que con la implementación de esta Línea se ahondará aún más en el derecho de niñas, niños y adolescentes a participar, a ser oídos y que su opinión sea tenida en cuenta;
Que este Gobierno Provincial tiene la firme convicción de mejorar el cumplimiento y la aplicación de todas las leyes dictadas en materia de niñez, por lo que considera necesario el desarrollo de nuevas herramientas teniendo en cuenta que debemos contribuir a generar condiciones para el cumplimiento de los efectivos derechos de la niñez, adolescencia y familia, mediante acciones integrales, implementadas interinstitucionalmente e intersectorialmente con un enfoque territorial;
Que para el desarrollo del objetivo, la Secretaría se compromete a otorgar un subsidio institucional por la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS TREINTA ($ 1.560.730,00), el cual será destinado de acuerdo a lo establecido en la Cláusula 2da del convenio;
Que mediante Ley Nº 23.849 se aprueba la Convención sobre los Derechos del Niño, la misma establece en su Artículo 3º Inciso 2) “...que los estados parte se comprometen a asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores o personas responsables ante la Ley y, con ese fin tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas...”;
Que el citado Proyecto establece como eje central el reconocimiento y la difusión de los derechos adquiridos a través de la Convención sobre los derechos del niño, en conjunto con la normativa vigente Ley Nacional Nº 26.061 y Ley Provincial Nº 3062;
Que a su vez, la Ley Nº 26.061, tiene por objeto la protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes que se encuentren en el territorio de la República Argentina, para garantizar el disfrute pleno, efectivo y permanente de aquellos reconocidos en el ordenamiento jurídico nacional y en los tratados internacionales en los que la Nación sea parte;
Que la presente gestión se enmarca en la Resolución Nº 745-2021-APN-SENNAF#MDS, emanada por la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, la cual aprueba el Convenio Marco de Cooperación suscripto entre las partes;
Que a fojas 63, obra la constancia de saldo, certificado por parte de la Dirección General de Tesorería del Ministerio de Desarrollo Social;
Que a fin de posibilitar su utilización resulta necesaria la incorporación de dichos recursos al Presupuesto 2021;
Que el Artículo 14 de la Ley Nº 3720, faculta al Poder Ejecutivo a realizar dicha incorporación;
Por ello y atento a los Dictámenes DGALyJ-Nº 882/21, emitido por la Dirección General de Asuntos Legales y Judiciales del Ministerio de Desarrollo Social, obrante a fojas 57 y vuelta y SLyT-GOB-Nº 836/21, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 82/83;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- RATIFÍCASE en todas sus partes el Convenio suscripto en fecha 27 deAbril de 2021 entre la titular del Ministerio de Desarrollo Social, Doctora Bárbara Dolores WEINZETTEL (D.N.I. Nº 12.718.367), por una parte y por la otra, la Secretaría Nacional de Niñez, Adolescencia y Familia, representada por el Doctor Gabriel LERNER (D.N.I. Nº 14.872.833), cuyo objeto es la asistencia técnica y financiera para el desarrollo del Proyecto denominado “Implementación de la Línea 102 Santa Cruz”, el que como Anexo I forma parte integrante del presente, de acuerdo a lo expuesto en los considerandos que anteceden.-
Artículo 2°.- INCREMÉNTASE en la suma de PESOS UN MILLON QUINIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS TREINTA ($ 1.560.730,00) , el total de recursos del Presupuesto 2021, conforme al detalle que figura en la planilla que como Anexo II, forma parte integrante del presente.-
Artículo 3°.- AMPLÍASE en la suma total de PESOS UN MILLON QUINIENTOS SESENTA MIL SETECIENTOS TREINTA ($ 1.560.730,00) , el crédito del Presupuesto 2021 de la JURISDICCIÓN, SAF, FUENTE DE FINANCIAMIENTO, CATEGORÍAS PROGRÁMATICAS E IMPUTACIONES PRESUPUESTARIAS (IPP), conforme al detalle que figura en las planillas que como anexos III y IVforman parte integrante del presente.-
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Desarrollo Social.-
Artículo 5º.- PASE al Ministerio de Desarrollo Social a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHIVESE.-
Dra. KIRCHNER - Dra. Bárbara Dolores Weinzettel