DECRETO N° 119
RÍO GALLEGOS, 21 de diciembre de 2023.-
V I S T O :
El Expediente MEFI-Nº 411.926/23, iniciado por la Subsecretaría de Presupuesto y elevado por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura; y
CONSIDERANDO:
Que a fojas 2 obra Planilla de Modificación Presupuestaria, emitida por la Secretaría de Coordinación Administrativa del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, mediante la cual solicita la incorporación de fondos al Presupuesto 2023, por la suma total de PESOS CIENTO UN MILLONES CUATROCIENTOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($ 101.400.844,00.-), en concepto de Fondo Provincial de Pesca;
Que a fin de posibilitar su utilización resulta necesaria la incorporación de dichos recursos al Ejercicio 2023;
Que la Subsecretaría de Presupuesto ha tomado intervención de competencia propiciando la instrumentación de la modificación presupuestaria requerida;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 11° de la Ley N° 3812 y el artículo 49° de la Ley N° 3755 y su modificatoria N° 3810;
Por ello y atento a los Dictámenes CAJ-Nº 1364/23, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, obrante a fojas 19/20 y vuelta y SLyT-GOB Nº 017/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 30;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1°.- INCREMÉNTASE en la suma total de PESOS CIENTO UN MILLONES CUATROCIENTOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($ 101.400.844,00.-); el total de los recursos del Presupuesto 2023 conforme al detalle obrante en la Planilla Anexa al presente Artículo, y en la suma total de PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y OCHO ($ 43.459.138,00.-), las contribuciones figurativas, conforme a detalle obrante en la Planilla Anexa al presente Artículo, la cual forma parte integrante de la presente medida.-
Artículo 2º.- AMPLÍASE en la suma total de PESOS CIENTO UN MILLONES CUATROCIENTOS MIL OCHOCIENTOS CUARENTA Y CUATRO ($ 101.400.844,00); en el Presupuesto 2023, el crédito de la JURISDICCIÓN; SAF; FUENTE DE FINANCIAMIENTO; CATEGORÍAS PROGRAMÁTICAS e IPP, conforme al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente Artículo, que forma parte integrante de la presente medida y en la suma de PESOS CUARENTA Y TRES MILLONES CUATROCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE MIL CIENTO TREINTA Y OCHO ($ 43.459.138,00.-), los gastos figurativos del crédito de la JURISDICCIÓN; SAF; FUENTE DE FINANCIAMIENTO; CATEGORÍAS PROGRAMÁTICAS e IPP, conforme al detalle obrante en la Planilla Anexa al presente Artículo, que forman parte del presente Decreto.-
Artículo 3º.- COMUNÍQUESE a la Honorable Cámara de Diputados conforme lo establecido en el artículo 11° de la Ley Nº 3812.-
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.-
Artículo 5º.- PASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General de la Provincia y Tribunal de Cuentas, dése al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Sr. VIDAL - C.P. Marilina José Jaramillo
