DECRETO N° 147
RÍO GALLEGOS, 28 de diciembre de 2023.-
V I S T O :
El Expediente MEFI-Nº 411.858/23, iniciado por la Subsecretaría de Presupuesto y elevado por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, las Leyes Nros. 3755 y 3812, la Resolución del Ministerio del Interior de la Nación N° 208 de fecha 4 de diciembre de 2023; y
CONSIDERANDO:
Que el inciso 3) del artículo 75° de la Constitución Nacional determina que corresponde al Congreso de la Nación “establecer y modificar asignaciones específicas de recursos coparticipables, por tiempo determinado, por ley especial aprobada por la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara”;
Que el inciso d) del artículo 3° de la Ley N° 23.548 de Coparticipación Federal de Recursos Fiscales dispuso que el UNO POR CIENTO (1%) de lo recaudado por los gravámenes a que se refiere dicha ley será destinado al Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias;
Que el artículo 5° de la mencionada Ley establece que el Fondo de Aportes del Tesoro Nacional a las Provincias se destinará a atender situaciones de emergencia y desequilibrios financieros de los gobiernos provinciales y será previsto presupuestariamente en jurisdicción del Ministerio del Interior quien será el encargado de su asignación;
Que en consonancia con ello, a través de Resolución N° 2023-208-APN-MI, de fecha 4 de diciembre de 2023, el Ministerio del Interior de la Nación, resolvió transferir en concepto de Aporte del Tesoro Nacional, la suma de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES ($ 2.997.000.0000,00), a la provincia de Santa Cruz;
Que para posibilitar su utilización resulta necesario incorporar dichos fondos al Presupuesto en vigencia;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 49° de la Ley N° 3755 y el artículo 11° de la Ley N° 3812;
Por ello y atento a los Dictámenes CAJ-Nº 1381/23, emitido por la Coordinación de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, obrante a fojas 20/21 y SLyT-GOB Nº 021/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 37;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1°.- INCREMÉNTASE en la suma total de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES ($ 2.997.000.000,00); el total de los recursos del Presupuesto 2023, conforme al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente Artículo que forma parte integrante de la presente medida. -
Artículo 2º.- AMPLÍASE en la suma total de PESOS DOS MIL NOVECIENTOS NOVENTA Y SIETE MILLONES ($ 2.997.000.000,00); en el Presupuesto 2023, el crédito de la JURISDICCIÓN; SAF; FUENTE DE FINANCIAMIENTO; CATEGORÍAS PROGRAMÁTICAS e IPP, conforme al detalle obrante en las Planillas Anexas al presente Artículo, que forman parte del presente Decreto.-
Artículo 3º.- COMUNÍQUESE a la Honorable Cámara de Diputados conforme lo establecido en el artículo 11° de la Ley Nº 3812.-
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.-
Artículo 5º.- PASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General de la Provincia y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Sr. VIDAL - C.P. Marilina José Jaramillo