DECRETO N° 143
RÍO GALLEGOS, 28 de diciembre 2023.-
V I S T O :
El Expediente MDS-Nº 204.254/21, iniciado por el Ministerio de Desarrollo Social; y
CONSIDERANDO:
Que por las faltas cometidas, se tramita la situación en la que se encuentra agente de Planta Permanente - Agrupamiento: Servicios Generales - Categoría: 10, Jazmín Alejandra AQUINO, dependiente de la Subsecretaría de Abordaje Territorial Integral Sede Río Gallegos en la JURISDICCIÓN: Ministerio de Desarrollo Social - SAF: 116;
Que en virtud de haberse registrado inasistencias continuas desde el día 04 de enero del 2022, prosiguiendo luego de ello en igual situación, sin comparecer a su lugar de trabajo hasta el 31 de mayo del mismo año;
Que lo anterior es acreditado a fojas 03/21 con las correspondientes planillas de asistencias;
Que el Ministerio de Desarrollo Social notificó de la tercera, novena y décima falta injustificada mediante Carta Documento Nº 47535432, 47535437, 47535486, encontrándose incurso en las previsiones del artículo 150º Inciso d) y el artículo 177º del Convenio y el Convenio del Trabajo (CCT);
Que a fojas 57/59 obra Resolución Ministerial Nº 0960/23 del Ministerio de Desarrollo Social, de fecha 29 de junio del año 2023, mediante la cual eleva los actuados al Honorable Tribunal Disciplinario, a efectos tome intervención en cuanto a la viabilidad de la aplicación de la sanción de Cesantía a la agente Jazmín Alejandra AQUINO en los términos de lo normado por el artículo 150º Inciso a) y el artículo 177º del Convenio Colectivo de Trabajo General para el personal de la Administración Pública Provincial;
Que radicado el expediente en el Honorable Tribunal Disciplinario y constatado que desde el organismo de origen el procedimiento administrativo se llevó en forma correcta y ajustada a la normativa vigente, cumpliendo así con los requisitos de admisibilidad y formalidad necesaria para constituir la base y sustento de un Acto Administrativo;
Que a fojas 65 desde el Honorable Tribunal Disciplinario se notifica a la agente Jazmín Alejandra AQUINO mediante Cédula de Notificación en uso de los derechos que le asisten en los términos del artículo 19º de la Ley Nº 1615;
Que a fojas 67 el Dictamen Nº 21/2023 de la Dirección de Asesoría Letrada del Honorable TribunalDisciplinario concluye en que la CESANTÍA POR ABANDONO DE SERVICIO se halla configurada y debidamente acreditada;
Que el cuerpo de Vocales del Honorable Tribunal Disciplinario realizó durante sesión ordinaria del día 8 de Noviembre del año 2023 un exhaustivo, tratamiento de lo actuado y probado entendiendo que está configurado el Abandono de Servicio y a la agente se le han brindado todas las posibilidades para que ejerciera su Derecho de Defensa sin presentar descargo alguno, venciendo en consecuencia el plazo dispuesto para tal fin;
Que por el voto mayoritario de sus miembros, se decide aplicar la sanción de CESANTÍA mediante la sentencia Nº 8-HCTD-2023, en virtud de haber incurrido en lo previsto por el TÍTULO XII - RÉGIMEN DISCIPLINARIO - CAPÍTULO I - TIPOS DE SANCIONES - SANCIÓN EXPULSIVA: CESANTÍA - ARTÍCULO 150º INCISO d) ABANDONO DE SERVICIO Y CAPÍTULO III - REGULACIÓN DE LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS - ARTÍCULO 177º del Convenio Colectivo General de Trabajo para el Personal de la Administración Pública Provincial;
Por ello y atento a los Dictámenes DPAL-Nº 021/23, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Letrada del Honorable Tribunal Disciplinario, obrante de fojas 67 y vuelta y SLyT-GOB-Nº 007/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 75/76;
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- DECLÁRESE CESANTE, a partir del día de la fecha, a la agente de Planta Permanente - Agrupamiento: Servicios Generales - Categoría: 10, señora Jazmín Alejandra AQUINO (D.N.I Nº 34.936.591) dependiente de la Subsecretaría de Abordaje Territorial Integral en la JURISDICCIÓN: Ministerio de Desarrollo Social - SAF: 116, conforme lo dispuesto en el TÍTULO XII – RÉGIMEN DISCIPLINARIO - CAPÍTULO I - TIPO DE SANCIONES - SANCIÓN EXPULSIVA: CESANTÍA ARTÍCULO 150º - INCISO D) ABANDONO DE SERVICIO Y CAPÍTULO III - REGULACIÓN DE LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS-ARTÍCULO 177º, del Convenio Colectivo de Trabajo General para el Personal de la Administración Pública Provincial, en un todo de acuerdo a los considerandos del presente.-
Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE a la señora Jazmín Alejandra AQUINO (D.N.I. Nº 34.936.591).-
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Desarrollo Social.-
Artículo 4º.- PASE al Ministerio de Desarrollo Social a sus efectos, tomen conocimiento Subsecretaría de Fortalecimiento del Empleo Público y de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Sr. VIDAL - Sra. Jazmín María Victorina Macchiavelli