Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 0145/2023
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Edición del 03 Julio 2025
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Decretos Completos / publicado el 22 Febrero 2024 / BO 5856

DECRETO N° 0145/2023

CESANTÍA - VICENTA MARÍA PILUSO - M.D.S.
DECRETO N° 145

RÍO GALLEGOS, 28 de diciembre de 2023.-
V I S T O :
El Expediente MDS-Nº 209.979/23 iniciado por el Ministerio de Desarrollo Social; y
CONSIDERANDO:
Que por las faltas cometidas, se tramita la situación irregular en la que se encuentra la agente de Planta Permanente - Agrupamiento: Administrativo - Categoría 12, señora Vicenta María PILUSO, con situación de revista en la Subsecretaría de Gestión y Desarrollo Institucional dependiente de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Desarrollo Social - SAF: 116;
Que en virtud de haberse registrado inasistencias continuas desde el día 6 de febrero del año 2023 y hasta el día 17 de febrero del mismo año, ello es acreditado en las Disposiciones que obran en el actuado;
Que el Ministerio de Desarrollo Social, la notificó de la tercera, novena falta continua mediante Carta Documento N° 48121663, N° 48121676 por cuanto se encuentra incurso en las previsiones del artículo N° 150 inciso d) y el artículo 176° del Convenio Colectivo General de Trabajo para el Personal de la Administración Pública Provincial (CCT);
Que a fojas 26/28 obra la Resolución Ministerial N° 0986/23, de fecha 30 de Junio de 2023, mediante la cual eleva los actuados al honorable Tribunal Disciplinario, a efectos tome intervención en cuanto a la viabilidad de la aplicación de la sanción de Cesantía a la agente Vicenta María PILUSO, en los términos de lo normado por el artículo 150° inciso d) y el artículo 177° del Convenio Colectivo de Trabajo anteriormente aludido y el artículo N° 124° de la Constitución de la Provincia de Santa Cruz;
Que radicado el expediente en el Honorable Tribunal Disciplinario y constatado que desde el organismo de origen el procedimiento administrativo se llevó en forma correcta y ajustada a la normativa vigente, cumpliendo así con los requisitos de admisibilidad y formalidad necesaria para constituir la base y sustento de un Acto Administrativo;
Que a fojas 36 y vuelta, el Dictamen N° 20/2023 de la Dirección Provincial de Asesoría Letrada del Honorable Tribunal Disciplinario recomienda que la Cesantía por Abandono de Servicio se halla configurada y debidamente acreditada en los términos del artículo 150° inciso d) y artículo 177° del Convenio Colectivo de Trabajo (CCT);
Que el cuerpo de Vocales del Honorable Tribunal Disciplinario analizó el expediente en dos oportunidades del 2023, entendiendo en la sesión ordinaria N° 6 del día 1º de diciembre del año 2023, que a la agente se le han brindado todas las posibilidades para que pudiera hacer uso de su legítimo derecho, configurándose el Abandono de Servicio;
Que por el voto unánime de sus miembros, se decide aplicar la sanción de CESANTÍA mediante la sentencia N° 11-HCTD-2023, obrante a fojas 39, a la agente Vicenta María PILUSO, en virtud de haber incurrido en lo previsto por el TÍTULO XII - RÉGIMEN DISCIPLINARIO - CAPÍTULO I - TIPOS DE SANCIONES - SANCIÓN EXPULSIVA: CESANTÍA - ARTÍCULO 150° INC. d) ABANDONO DE SERVICIO y CAPÍTULO III - REGULACIÓN DE LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS - ARTÍCULO 177° del Convenio Colectivo General de Trabajo para el Personal de la Administración Pública Provincial;
Por ello y atento a los Dictámenes DPAL-N° 20/23, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Letrada del Honorable Tribunal de Disciplina, obrante a fojas 36 y vuelta y SLyT-GOB-N° 006/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 44/45;
 
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1°.- DECLÁRESE CESANTE, a partir del día de la fecha, a la agente de Planta Permanente - Agrupamiento: Administrativo - Categoría 12, señora Vicenta María PILUSO (D.N.I. N° 18.222.601), con prestación de servicios en la Subsecretaría de Gestión y Desarrollo Institucional dependiente de la JURISDICCIÓN: Ministerio de Desarrollo Social SAF: 116; conforme lo dispuesto en el TÍTULO XII - REGIMEN DISCIPLINARIO - CAPÍTULO I - TIPOS DE SANCIONES - SANCIÓN EXPULSIVA: CESANTÍA - ARTÍCULO 150° inc. d) ABANDONO DE SERVICIO y CAPÍTULO III - REGULACIÓN DE LAS SANCIONES DISCIPLINARIAS - ARTÍCULO 177° del Convenio Colectivo General de Trabajo para el Personal de la Administración Pública Provincial en un todo de acuerdo con lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 2º.- NOTIFÍQUESE a la Señora Vicenta María PILUSO (D.N.I N° 18.222.601).-
Artículo 3º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de Desarrollo Social.-
Artículo 4º.- PASE al Ministerio de Desarrollo Social, a sus efectos, tomen conocimiento Subsecretaría de Fortalecimiento del Empleo Público y Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Sr. VIDAL - Sra. Jazmín María Victorina Macchiavelli

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI