Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 1328/2023
Edición del 18 Diciembre 2025
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Decretos Completos / publicado el 23 Enero 2024 / BO 5847

DECRETO N° 1328/2023

CESANTÍA - OFICIAL AYUDANTE YANINA IVANA CAÑETE - M.S.
DECRETO N° 1328
 
RÍO GALLEGOS, 23 de noviembre de 2023.-
V I S T O :
Las Leyes 746, 3523, el Decreto N° 2091/72 (R.R.D.P.), el Expediente JP-Nº 5.961-“C”/22; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo, la Jefatura de Policía tramita la Cesantía de la Oficial Ayudante Yanina Ivana CAÑETE, a partir del día de la fecha;
Que las presentes actuaciones administrativas se inician conforme la Nota N° 098 -“C”-DGRS/2021, procedente de la Dirección General Regional Sur de la ciudad de Río Gallegos, por la cual se informa que la sumariada habría iniciado licencia médica el día 02 de febrero del año 2021 sin justificar la misma;
Que surge de los actuados que la sumariada fue notificada a efectos de que regularice su situación laboral, haciendo caso omiso a ello;
Que obran en las presentes actuaciones, declaraciones testimoniales, declaración de descargo, actas de notificación, foja de servicio, cartas documento;
Que se citó a la encartada a los fines de que realice su exposición de descargo de conformidad al artículo 260° del R.R.D.P. el cual se llevó a cabo por la División Operaciones Drogas de la Provincia del Chaco, en tanto la misma se encontraba alojada en la División Alojamiento Femenino sito en calle Ayacucho N° 1950 de la ciudad de Resistencia-Chaco en el marco de actuaciones judiciales en la mentada Provincia;
Que de lo actuado y de las pruebas acumuladas por la instrucción sumarial, en su informe final se concluye que la sumariada ha incurrido en una falta de carácter grave incurriendo en abandono de servicios, sugiriendo la aplicación de la sanción de Cesantía;
Que se procede a notificar a la Oficial Ayudante Yanina Ivana CAÑETE de conformidad a las previsiones del artículo 98° del R.R.D.P. en la jurisdicción de la Comisaría Seccional Quinta de la ciudad de Formosa, provincia de Formosa, no ejerciendo su derecho de defensa;
Que tomó debida intervención la Dirección General de Asuntos Legales de Jefatura de Policía mediante Dictamen N° 1129/DGAL/2023, compartiendo criterio vertido por el instructor sumarial considerando que se debe aplicar una sanción expulsiva;
Que en función de ello, y de las demás constancias obrantes en el sumario administrativo, se procede al dictado de la Disposición N° 622-JP/23, por la cual el señor Jefe de Policía de la Provincia de Santa Cruz dispone encuadrar la conducta de la Oficial Ayudante Yanina Ivana CAÑETE, como falta de carácter grave estipulada en el artículo 9° y 11° inciso 4) del R.R.D.P., propiciado ante el Poder Ejecutivo el dictado del instrumento legal decretando la Cesantía de la sumariada a tenor de lo dispuesto en los artículos 10°, 34° y 35° del Decreto N° 2091/72, en concordancia con lo establecido en los artículos 47° inciso d) y 62° inciso a) de la Ley N° 746, siendo debidamente notificada a fojas 180, sin interponer medida recursiva alguna;
Que se actuó conforme debido derecho, respetándose las garantías procesales de la sumariada quien pudo ejercer ampliamente su derecho de defensa quedando demostrado conforme la totalidad de la prueba obrante en autos, que la misma incurrió en las irregularidades previstas en el Reglamento del Régimen Disciplinario Policial;
Que en virtud de lo precedentemente expuesto, y dada la gravedad de la falta que se le enrostra a la sumariada nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes SAJ-N° 096/23, emitido por la Subsecretaría de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Seguridad, obrante a fojas 201/202 y SLyT-GOB-N° 1034/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 207/209;
 
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1°.- DECLÁRESE CESANTE, a partir del día de la fecha, a la Oficial Ayudante Yanina Ivana CAÑETE (D.N.I. N° 38.542.846), en virtud de lo expuesto en los considerandos del presente y por su transgresión al artículo 9º agravado por el artículo 41° inciso 3) del R.R.D.P., por aplicación de los artículos 10°, 34º y 35º del mismo cuerpo normativo, en concordancia con los artículos 47º Inciso d) y 62º Inciso a) de la Ley Provincial Nº 746, con situación de revista en la JURISDICCIÓN: Ministerio de Seguridad - SAF: 135 - Policía de la Provincia de Santa Cruz.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Seguridad.-
Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Seguridad y a la Jefatura de Policía, a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Dra. KIRCHNER – Sr. Luca Kevin Pratti

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI