Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 1262/2023
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Edición del 14 Agosto 2025
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Decretos Completos / publicado el 03 Enero 2024 / EE 5841

DECRETO N° 1262/2023

HOMOLOGACIÓN ACTA N° 10/2023 - PODER EJECUTIVO PROVINCIAL - ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (A.T.E.) - ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (A.P.A.P.) - UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (U.P.C.N)
DECRETO N° 1262
 
RÍO GALLEGOS, 02 de noviembre de 2023.-
V I S T O :
El Expediente MTEySS Nº 532.096/23 (II cuerpos), elevado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia homologar el acuerdo concertado mediante Acta Nº 10 celebrada el día 30 de octubre del 2023 entre el PODER EJECUTIVO PROVINCIAL, la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (A.P.A.P.), la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (A.T.E.) y la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (U.P.C.N.) en el marco de las negociaciones colectivas de trabajo;
Que las partes involucradas acordaron el pase a planta de todos los trabajadores y trabajadoras que estén en condiciones con fecha de corte 1° de noviembre del 2023, contratados mediante Decreto N° 2996/03, como quienes revistan cargos de Jefes de Departamento y Jefes de División y Sección, sin estabilidad;
Que de conformidad a lo establecido en el artículo 13 de la Ley N° 2986 corresponde la homologación del acuerdo concertado;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAJ-Nº 2204/23, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, obrante a fojas 242 y vuelta y SLyT-GOB-Nº 978/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 254;
 
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1º.- HOMOLÓGASE el acuerdo pactado en audiencia celebrada mediante Acta Nº 10 de fecha 30 de octubre del 2023, entre el PODER EJECUTIVO PROVINCIAL, la ASOCIACIÓN DEL PERSONAL DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA (A.P.A.P.), la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (A.T.E.) y la UNIÓN DEL PERSONAL CIVIL DE LA NACIÓN (U.P.C.N.) en el marco de la negociación colectiva de la Administración Pública Provincial, la que como ANEXO forma parte integrante del presente.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.-
Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (quien realizará las comunicaciones ante quien corresponda), a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Dra. KIRCHNER - Sr. Teodoro S. Camino
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DOCUMENTO
ANEXO


AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI