Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 1099/2023
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Decretos Completos / publicado el 19 Octubre 2023 / BO 5820

DECRETO N° 1099/2023

APROBACIÓN - REGLAMENTACIÓN DE LA LEY N° 3756 - RÉGIMEN DE FOMENTO A LA GENERACIÓN DISTRIBUIDA DE ENERGÍA RENOVABLE INTEGRADA A LA RED ELÉCTRICA PÚBLICA
DECRETO N° 1099
 
RÍO GALLEGOS, 20 de septiembre de 2023.-
V I S T O :
El Expediente del Instituto de Energía de Santa Cruz Nº 002.241/21, “Reglamentación Ley Provincial 3756 - Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable Integrada a la Red Eléctrica Pública; y
CONSIDERANDO:
Que a través de la Ley Nacional N° 27.424, se establece el “Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable integrada a la Red Eléctrica Pública”;
Que la mentada ley tiene por objeto fijar las políticas y establecer las condiciones jurídicas y contractuales para la generación de energía eléctrica de origen renovable por parte de usuarios de la red de distribución, para su autoconsumo, con eventual inyección de excedentes a la red, y establecer la obligación de los prestadores del servicio público de distribución de facilitar dicha inyección, asegurando el libre acceso a la red de distribución;
Que el artículo 2° de la citada ley, declaró de interés nacional la generación distribuida de energía eléctrica a partir de fuentes de energías renovables con destino al autoconsumo y a la inyección de eventuales excedentes de energía eléctrica a la red de distribución;
Que de acuerdo con el planeamiento energético estratégico es necesario lograr una mayor diversificación de la matriz energética y la mejora de las condiciones para la seguridad del abastecimiento de energía eléctrica; ello así, sumado, a la promoción del uso eficiente de la energía eléctrica, la reducción de pérdidas en el sistema interconectado, la reducción de los costos de generación de energía para el sistema en su conjunto, la protección ambiental prevista en el artículo 41° de la Constitución Nacional y la protección de los derechos de los usuarios en cuanto a la equidad, no discriminación y libre acceso a los servicios e instalaciones de transporte y distribución de electricidad;
Que lo señalado en los considerandos precedentes constituye el objetivo central de la legislación citada;
Que mediante Ley N° 3756 la provincia de Santa Cruz adhirió a la Ley Nacional N° 27.424 que establece el “Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable integrada a la Red Eléctrica Pública”;
Que dicho plexo normativo exime del pago del Impuesto sobre los Ingresos Brutos a los ingresos obtenidos por la actividad de inyección a la red de excedentes de energía eléctrica generada y del impuesto de sellos a los instrumentos que se suscriban para el desarrollo de la actividad de generación eléctrica de origen renovable en el marco de la Ley Nacional N° 27.424, habiendo tomado intervención de competencia la Agencia Santacruceña de Ingresos Públicos;
Que el Instituto de Energía de la provincia de Santa Cruz, en carácter de autoridad de aplicación de la norma ha elevado el proyecto de reglamentación de la Ley N° 3756;
Que corresponde además aprobar el Régimen de Beneficios Promocionales y la Adhesión al Decreto Reglamentario de la Ley 27.424 con sus readecuaciones pertinentes, que como Anexo II y III integran el presente instrumento;
Que en virtud de lo expuesto corresponde dictar reglamentaciones generales y técnicas tendientes a alcanzar tan loables objetivos, dando cuenta de las particularidades de la provincia que posee una sola prestataria del servicio público de energía eléctrica;
Por ello y atento a los Dictámenes IESC-Nº 112/23, emitido por la Asesoría Legal del Instituto de Energía de Santa Cruz, obrante a fojas 81/82 y SLyT-GOB-Nº 853/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 116/117;
   
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1°.- APRUÉBASE la Reglamentación de la Ley N° 3756 que adhiere a la Ley Nacional Nº 27.424, la cual establece el “Régimen de Fomento a la Generación Distribuida de Energía Renovable integrada a la Red Eléctrica Pública” que, como Anexo I forma parte integrante del presente.-
Artículo 2°.- APRUÉBASE el Régimen de Beneficios Promocionales y la Adhesión al Decreto Reglamentario de la Ley 27.424 con sus readecuaciones pertinentes, los que como Anexo II y III forman parte integrante del presente.- 
Artículo 3°.- FACÚLTASE a la autoridad de aplicación a dictar las normas interpretativas, aclaratorias y complementarias que sean necesarias para la correcta implementación de las Leyes objeto del presente y su Decreto Reglamentario.-
Artículo 4°.- ESTABLÉCESE que serán de aplicación en todo lo no previsto en el presente instrumento legal y en cuanto resulte compatible con el Régimen de la Ley Nacional Nº 27.424 y Ley Provincial Nº 3756, las normativas vigentes dictadas por la Autoridad de Aplicación y aquellas se encuentren vigentes para cada Distribuidor.-
Artículo 5°.- El presente decreto entrará en vigencia a partir de su publicación en el Boletín Oficial.-
Artículo 6º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Producción, Comercio e Industria.-
Artículo 7º.- PASE al Instituto de Energía de Santa Cruz (quien realizará las comunicaciones ante quien corresponda), a sus efectos, tomen conocimiento Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Dra. KIRCHNER – Lic. Silvina del Valle Córdoba
DOCUMENTOS ADJUNTOS FORMATO PDF (link)

DOCUMENTO
ANEXO I

DOCUMENTO
ANEXO II

DOCUMENTO
ANEXO III


AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI