Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 0863/2023
Edición del 05 Diciembre 2025
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Decretos Completos / publicado el 05 Octubre 2023 / BO 5816

DECRETO N° 0863/2023

RATIFICACIÓN CONVENIO - ENTRE EL MINISTERIO DE ECONOMIA DE LA NACIÓN / GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE SANTA CRUZ
DECRETO N° 0863
 
RÍO GALLEGOS, 24 de julio de 2023.-
V I S T O :
El Expediente CAP-Nº 495.840/23, iniciado por el Consejo Agrario Provincial y elevado por el Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia se propicia ratificar el Convenio suscripto entre la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía de la Nación representado por el Secretario señor Juan José BAHILLO y la provincia de Santa Cruz representada por el Presidente del Consejo Agrario Provincial Dr. Javier María de URQUIZA, ad-referéndum, de la señora Gobernadora de la Provincia, en el marco de la Ley N° 26.509 de creación del Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios;
Que el mencionado Convenio tiene por objetivo la cooperación y asistencia entre las partes a efectos de fortalecer los sistemas productivos de las productoras y productores agropecuarios locales, mediante acciones y/o políticas que permitirán prevenir y reducir los posibles daños por eventuales situaciones de emergencia agropecuaria;
Que para la concreción del objetivo la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca se compromete a aportar a la Provincia de Santa Cruz la suma de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000,00) en forma de Aporte No Reembolsable (A.N.R), imputable al componente “Apoyo a la Emergencia”, para el ejercicio vigente, sujeta a disponibilidad presupuestaria;
Que en dicho marco la Provincia se compromete a destinar el importe citado para las productoras y productores frutihortícolas para la adquisición de insumos básicos para la producción, equipamiento y/o financiación de labores culturales, conforme al criterio allí indicado, correspondiente a la suma de pesos DOSCIENTOS CINCUENTA MIL ($ 250.000,00) por productora y productor de hasta QUINCE (15) hectáreas productivas y aportar los recursos que sean necesarios para la instrumentación de la ayuda en el ámbito de su competencia;
Que la cláusula cuarta del mencionado convenio estableció el procedimiento de rendición de cuentas que debe realizar la provincia;
Que el citado convenio tendrá vigencia por una duración de dos (2) años a partir de la firma del mismo y podrá extenderse de común acuerdo entre las partes si las circunstancias así lo aconsejaren;
Que a fin de posibilitar su utilización resulta necesaria la incorporación al presupuesto 2023;
Que la modificación del Presupuesto 2023 se realiza de acuerdo al procedimiento establecido por la Subsecretaría de Presupuesto según Disposición N° 21/23;
Que el artículo 11 de la Ley N° 3812 faculta al Poder Ejecutivo a realizar dicha incorporación;
Por ello y atento a los Dictámenes CL-Nº 100/23, emitido por la Coordinación Legal del Consejo Agrario Provincial, obrante a fojas 40/41 y SLyT-GOB-Nº 651/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 53;
 
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1°.- RATIFÍCASE en todas sus partes el Convenio suscripto el día 21 de diciembre del año 2022 entre la Secretaría de Agricultura, Ganadería y Pesca del Ministerio de Economía de la Nación representado por el Secretario señor Juan José BAHILLO y la Provincia de Santa Cruz representada por el Presidente del Consejo Agrario Provincial Dr. Javier María de URQUIZA, en el marco de la Ley N° 26.509 Sistema Nacional para la Prevención y Mitigación de Emergencias y Desastres Agropecuarios, que como Anexo forma parte del presente.-
Artículo 2º.- INCREMÉNTASE en la suma total de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000,00.-); el total de recursos del Presupuesto 2023, conforme al detalle que figura en la planilla que como Anexo al artículo 2°, forma parte integrante del presente.-
Artículo 3°.- AMPLÍASE en la suma total de PESOS DIEZ MILLONES ($ 10.000.000,00.-); el crédito del Presupuesto 2023, de la JURISDICCIÓN; SAF; FUENTE DE FINANCIAMENTO; CATEGORÍAS PROGRAMATICAS; IPP, conforme al detalle que figura en la planilla que como Anexo al artículo 3°, forma parte del presente.-
Artículo 4º.- COMUNÍQUESE a la Honorable Cámara de Diputados de la provincia de Santa Cruz para su Aprobación.-
Artículo 5º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.-
Artículo 6º.- PASE al Consejo Agrario Provincial, a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Dra. KIRCHNER - Lic. Ignacio Perincioli

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI