Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 0841/2023
BODY
Edición del 03 Julio 2025
Ediciones anteriores
Decretos Completos
« Jul 2025 »
Lun Mar Mier Jue Vie Sáb Dom
  1 2 3 4 5 6
7 8 9 10 11 12 13
14 15 16 17 18 19 20
21 22 23 24 25 26 27
28 29 30 31      

Secciones



Decretos Completos / publicado el 03 Octubre 2023 / BO 5815

DECRETO N° 0841/2023

RATIFICACIÓN - CONVENIO - SUBSECRETARÍA DE TRANSPORTE / SECRETARÍA DE ARTICULACIÓN INTERJURISDICCIONAL
DECRETO N° 0841
 
RÍO GALLEGOS, 19 de julio de 2023.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-Nº 422.427/23, elevado por el Ministerio de la Producción, Comercio e Industria; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 1260 de fecha 28 de diciembre de 2018 se dictaron una serie de medidas tendientes a la reconstrucción y organización de los organismos dependientes de la Administración Pública Provincial como así también de contención del gasto público;
Que en particular, el artículo 4° del mencionado dispositivo legal suspendió los subsidios y subvenciones y todo compromiso del mismo carácter que directa o indirectamente afecten recursos del Tesoro Provincial, con excepción de varios organismos;
Que mediante Decreto Nº 0446/19 se exceptuó del mencionado artículo a la Subsecretaría de Transporte con el único fin de establecer un subsidio al transporte público de pasajeros en la línea interurbana que une las localidades de 28 de Noviembre y Río Turbio;
Que mediante Decreto N° 0232 de fecha 09 de marzo del 2020 en su artículo 2° se modificó el artículo 1° del Decreto N° 0446/19 en el cual se exceptúa de los alcances de dicho Decreto a la Subsecretaría de Transporte, dependiente del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, con el único fin de establecer un subsidio al transporte público de pasajeros en la línea interurbana que une las localidades de Río Turbio y 28 de Noviembre y las líneas urbanas de Río Gallegos y Caleta Olivia;
Que mediante Decreto N° 0684 de fecha 17 de junio de 2021 se ratificó en todos sus términos el Convenio celebrado el día 3 de febrero de 2021 y sus respectivas Adendas I y II, suscriptas entre la Subsecretaría de Transporte del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria y el Ministerio de Transporte de Nación, mediante la cual se dispone la distribución de las acreencias que conforman el Fondo de Compensación al transporte público de pasajeros por automotor urbano del interior del país a través del Fideicomiso creado por el artículo 12 del Decreto Nacional N° 976/01;
Que el artículo 4º de la Ley Nº 27.561 establece que serán beneficiarios del Fideicomiso los Estados Provinciales de la República Argentina que procedan a la suscripción del Convenio aprobado por el artículo 5° de la Resolución APN-MTR-N° 29/21, refrendado por parte de la máxima autoridad competente en materia de transporte como condición necesaria para acceder y mantener el derecho a la percepción de las acreencias;
Que en ese sentido, la Subsecretaría de Transporte, en legal tiempo y forma procedió a la suscripción de un nuevo convenio con fecha 06 de junio año 2023 a los efectos de compensar los servicios de transporte automotor urbano e interurbano durante el plazo de enero a abril de 2023 inclusive;
Que lo expuesto resulta pertinente a los efectos de garantizar la sustentabilidad del sistema de transporte público de pasajeros en las líneas urbanas como interurbanas;
Por ello y atento a los Dictámenes DPAL- Nº 0501/23, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Legal del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, obrante a fojas 53/54 y SLyT-gob-nº 593/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 64/65;
 
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1º.- RATIFÍCASE en todos sus términos el Convenio suscripto el día 06 de junio del año 2023 entre la Subsecretaría de Transporte dependiente del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria de la provincia de Santa Cruz, representada por su titular señor Rolando D’ AVENA, por una parte y por otra, la Secretaría de Articulación Interjurisdiccional dependiente del Ministerio de Transporte de la Nación, representada por el señor Marcos César FARINA, el cual forma parte integrante del presente.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Producción, Comercio e Industria.-
Artículo 3º.- PASE al Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Dra. KIRCHNER - Lic. Silvina Del Valle Córdoba
DOCUMENTOS ADJUNTOS FORMATO PDF (link)

DOCUMENTO
CONVENIO


AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI