Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 0787/2023
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Edición del 15 Mayo 2025
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Decretos Completos / publicado el 28 Septiembre 2023 / BO 5814

DECRETO N° 0787/2023

CONSTITUCIÓN - FONDO ROTATORIO ESPECIAL (FRE) A FAVOR DE LA SECRETARÍA DE ESTADO DE CULTURA - M.G.
DECRETO N° 0787
 
RÍO GALLEGOS, 07 de julio de 2023.-
V I S T O :
El Expediente MG-N° 512.417/23, elevado por el Ministerio de Gobierno; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se tramita la creación del “Fondo Rotatorio Especial (FRE)” a favor de la Secretaría de Estado de Cultura del Ministerio de Gobierno, por la suma de PESOS TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL ($ 30.418.000,00);
Que el mencionado fondo será utilizado para cubrir los gastos que demande el presente evento en sonido, iluminación y servicio de pantalla, traslados vía aérea y terrestre, honorarios de artistas nacionales y provinciales, alojamiento, alquiler, limpieza y mantenimiento del Gimnasio Boxing, comida, catering, ornamentación, traslados dentro de la localidad, Seguridad Civil, publicidad y gastos imprevistos, que serán erogados en el evento “VELADA PATRIÓTICA”, que se desarrollará el día 8 de julio del año 2023, conforme a lo expuesto por Nota DGCM-N° 105/23, emitida por la Dirección General de Coordinación y Monitoreo dependiente de la Secretaría de Estado de Cultura del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 4/5;
Que a su vez se designará como responsable del “Fondo Rotatorio Especial (FRE)” al señor Oscar Alejandro CANTO MANCILLA, designado mediante Decreto Nº 0105/15 como Secretario de Estado de Cultura, y como subresponsable al señor Luis Guillermo LLAIPEN, el cual fue designado en el cargo de Director de Licitaciones y Compras, dependiente de la Dirección Provincial de Administración, Despacho y Control de Gestión de la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa dependiente del Ministerio de Gobierno, designado mediante Decreto Nº 0030/21;
Que el presente trámite se halla encuadrado en los términos de la Ley N° 3755 de Administración Financiera y de los Sistemas de Control del Sector Público Provincial y su modificatoria Ley Nº 3810 y su Decreto Reglamentario N° 1678/22;
Que por tratarse de un gasto de carácter excepcional, que permite contar con los recursos necesarios en forma anticipada a su ejecución, corresponde elevar al Poder Ejecutivo Provincial para la correspondiente aprobación;
Por ello y atento a los Dictámenes AL-N° 619/23, emitido por la Asesoría Letrada dependiente del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 67 y SLyT-GOB-N° 594/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 73/74;
 
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
 
Artículo 1º.- CONSTITÚYASE, el denominado “Fondo Rotatorio Especial (FRE)”, a favor de la Secretaría de Estado de Cultura del Ministerio de Gobierno, por la suma de PESOS TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL ($ 30.418.000,00), para solventar los gastos que demande la realización de la “Velada Patriótica” a llevarse a cabo el día 8 de julio del corriente año, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 2°.- DESÍGNASE, como responsable del “Fondo Rotatorio Especial (FRE)” al Secretario de Estado de Cultura, señor Oscar Alejandro CANTO MANCILLA (Clase: 1977 - D.N.I. N° 18.821.707), designado mediante Decreto N° 0105/15, y como subresponsable al Director de Licitaciones y Compras, dependiente de la Dirección Provincial de Administración, Despacho y Control de Gestión de la Subsecretaría de Coordinación Técnica y Administrativa dependiente del Ministerio de Gobierno, señor Luis Guillermo LLAIPEN (Clase: 1984 - D.N.I. N° 30.801.197), designado mediante Decreto N° 0030/21, para disponer de los montos y pagos que serán afectados en el mencionado fondo.-
Artículo 3°.-AFÉCTASE, el presente gasto, a la INSTITUCIÓN: 10.0.0 Ministerio de Gobierno - SAF: 111 Ministerio de Gobierno - FUENTE DE FINANCIAMIENTO: 11 - Tesoro Provincial - APERTURA PROGRAMÁTICA: 1.0.0.1.0 - UBICACIÓN GEOGRAFICA: 2140 Río Gallegos - OBJETO DEL GASTO:
2.1.1.0 Alimentos para Personas                                                                          $ 50.000,00.-
2.7.9.0 Otros No Especificados Precedentemente (N.E.P)                                       $ 100.000,00.-
2.9.1.0 Elementos de Limpieza                                                                            $ 50.000,00.-
2.9.9.0 Otros No Especificados Precedentemente (N.E.P)                                       $ 100.000,00.-
3.2.1.0 Alquiler de Edificio y Locales                                                                    $ 870.000,00.-
3.4.9.0 Otros No Especificados Precedentemente (N.E.P)                                       $ 23.200.000,00.-
3.5.1.0 Transporte                                                                                              $ 3.100.000,00.-
3.5.4.0 Primas y Gastos de Seguros                                                                     $ 20.000,00.-
3.6.0.0 Publicidad y Propaganda                                                                          $ 300.000,00.-
3.9.1.0 Servicio de Ceremonial                                                                            $ 2.628.000,00.-
TOTAL:                                                                                                               $ 30.418.000,00.-
del Presupuesto 2023.-
Artículo 4°.- DÉJASE ESTABLECIDO, que la cantidad máxima autorizada para cada gasto individual con cargo al “Fondo Rotatorio Especial (FRE)” que se detalla en el artículo 1°, será el importe equivalente al 10% del monto total asignado, ascendiendo el mismo a la suma total de PESOS TREINTA MILLONES CUATROCIENTOS DIECIOCHO MIL ($ 30.418.000,00).-
Artículo 5°.- ABÓNASE, por Tesorería General de la Provincia, previa intervención de Contaduría General, a favor de la Dirección Provincial de Administración Despacho y Control de Gestión del Ministerio de Gobierno, la suma citada en el artículo 1° del presente.-
Artículo 6º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura a cargo del Despacho de Gobierno.-
Artículo 7º.- PASE al Ministerio de Gobierno, a sus efectos, tomen conocimiento, Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
Dra. KIRCHNER - Lic. Ignacio Perincioli

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Cecilia BORSELLI

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI