DECRETO N° 0693
RÍO GALLEGOS, 16 de junio de 2023.-
V I S T O :
Las Leyes Nros. 1260, 3480 y su modificatoria, el Decreto N° 1177/13, la RESOL-2022-875-APN-MSG; y el Expediente MS-N° 781.202/23, elevado por el Ministerio de Seguridad, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto N° 1177/13 se creó el Programa Federal de Colaboración y Asistencia para la Seguridad en la órbita del Ministerio de Seguridad de la Nación, destinado al fortalecimiento de las Instituciones del sistema de seguridad interior;
Que asimismo, por RESOL-2022-875-APN-MSG, emanada por el Ministerio de Seguridad de la Nación, se aprobó el PLAN PILOTO DE FORTALECIMIENTO TECNOLÓGICO PARA LA SEGURIDAD CIUDADANA (FOR.TE.SE.C.) - Primera Etapa -, en el marco de las Disposiciones del Decreto N° 1177/13;
Que el citado Plan tiene como objetivos, brindar asistencia técnica y financiera a las distintas jurisdicciones que progresivamente participen del presente Plan, en la incorporación de tecnología o fortalecimiento de infraestructura tecnológica y bienes de uso, destinados a incrementar las capacidades de prevención, investigación y combate del delito en sus distintas formas; fortalecer políticas públicas desarrolladas para mejorar la seguridad ciudadana a través de la asistencia en el diseño de planes de acción orientados a la prevención de la delincuencia y realizar el seguimiento de las políticas adoptadas a través de la generación de indicadores que permitan monitorear el grado de avance del plan con el objeto de ampliarlo a otras jurisdicciones;
Que de acuerdo a la Cláusula Cuarta, en el marco de la Primera Etapa del Plan mencionado, el Ministerio de Seguridad de la Nación autorizó la asignación por la suma de PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000,00) a la JURISDICCIÓN: Santa Cruz, con cargo a rendir cuentas de conformidad a lo dispuesto en el Decreto N° 1177/13, con destino a la adquisición y/o fortalecimiento de tecnología, infraestructura y/o bienes de uso;
Que a fojas 28, la Dirección General de Bancos e Ingresos dependiente de la Tesorería General de la Provincia del Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura, certifica el ingreso de los fondos por la suma total de PESOS CIEN MILLONES CON 00/100 ($ 100.000.000,00);
Que a fin de posibilitar su utilización, resulta necesaria la incorporación de dichos recursos al Presupuesto 2023;
Que compete al Ministerio de Seguridad de la Provincia de Santa Cruz, asistir al Poder Ejecutivo Provincial en todo lo concerniente a la Seguridad Pública Provincial, a la preservación de la libertad, la vida y el patrimonio de los habitantes, sus derechos y garantías en un marco de plena vigencia de las instituciones del Sistema Democrático;
Que la presente medida se dicta en uso de las facultades conferidas por el artículo 49º de la Ley N° 3755 y el Decreto reglamentario 1678/22;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAJyJ-N° 295/23, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Judiciales del Ministerio de Seguridad, obrante a fojas 34 y vuelta y SLyT-GOB-N° 526/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 41/42;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1°.- ADHIÉRASE la Provincia de Santa Cruz, al PLAN PILOTO DE FORTALECIMIENTO TECNOLÓGICO PARA LA SEGURIDAD CIUDADANA (FOR.TE.SE.C.) - Primera Etapa -, en el marco de las Disposiciones del Decreto N° 1177/13, aprobado por Resol-2022-875-APN-MSG, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 2°.- INCREMÉNTASE, en la suma total de PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000,00), el total de recursos del Presupuesto 2023, conforme al detalle que figura en la planilla que como Anexo al artículo 2º forma parte integrante del presente.-
Artículo 3°.-AMPLÍASE, en la suma total de PESOS CIEN MILLONES ($ 100.000.000,00), el crédito del Presupuesto 2023, de la JURISDICCIÓN: - SAF: - FUENTE DE FINANCIAMIENTO, CATEGORÍAS PROGRAMÁTICAS E IMPUTACIONES PRESUPUESTARIAS (IPP), conforme al detalle que figura en la planilla que como Anexo al artículo 3º, forma parte integrante del presente.-
Artículo 4º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Seguridad.-
Artículo 5º.- PASE al Ministerio de Seguridad, a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER - Sr. Luca Kevin Pratti