DECRETO N° 0520
RÍO GALLEGOS, 18 de mayo de 2023.-
V I S T O :
El Expediente MPCI-Nº 421.902/22, elevado por el Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, y;
CONSIDERANDO:
Que mediante la Ley Nº 3755 y modificatoria, se estableció la normativa relativa a la ADMINISTRACIÓN FINANCIERA Y DE LOS SISTEMAS DE CONTROL DEL SECTOR PÚBLICO PROVINCIAL;
Que a efectos de dar cumplimiento a lo estipulado en la mencionada Ley, el Decreto N° 1389/22 estableció que las estructuras organizativas de las jurisdicciones o entidades comprendidas en el Poder Ejecutivo Provincial deberán organizarse de acuerdo a las estructuras mínimas establecidas en el ANEXO I del decreto citado;
Que para ello se hace necesario reordenar las áreas de gestión y en consecuencia corresponde modificar la estructura organizativa del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, aprobada mediante Decreto Provincial Nº 2050/16 y 0038/17 y modificatorias, en sus partes pertinentes;
Que así, se crea la Subsecretaría de Unidad de Auditoría Interna, la Dirección Provincial de Unidad de Cumplimiento e Integridad, la Dirección Provincial de Control Contable y Financiero y la Dirección Provincial Control Operacional, conforme el Anexo I del presente;
Que asimismo se crea la Dirección General de Presupuesto; la Dirección de Pagos y Conciliaciones; la Dirección de Contrataciones y Adquisiciones; la Jefatura de Departamento Fiscalización y Registro de Rendiciones y la Jefatura de Departamento Administración de Inventarios conforme el Anexo II del presente;
Que por otra parte, se establecen nuevos niveles para determinadas áreas, se modifican algunas dependencias y se proponen nuevas denominaciones, de acuerdo al ANEXO II del presente;
Que nada obsta para proceder en consecuencia;
Por ello y atento a los Dictámenes DPAL-N° 0020/23, emitido por la Dirección Provincial de Asesoría Legal del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, obrante a fojas 60/61 y SLyT-GOB-Nº 365/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 119;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- CRÉASE a partir del día 1º de junio del año 2023, en el ámbito del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, la Subsecretaría de Unidad de Auditoría Interna dependiente de la unidad Ministro e INCORPÓRASE la misma a la Estructura Organizativa aprobada mediante Anexo VII del Decreto Nº 2050/16, de acuerdo a las Misiones, Funciones y Organigramas que como ANEXO I forma parte integrante del presente.-
Artículo 2º.- CRÉASE, a partir del día 1º de junio del año 2023, en el ámbito del Ministerio de la Producción, Comercio e Industria la Dirección Provincial de Control Contable y Financiero, la Dirección Provincial de Control Operacional ambas dependientes de la Subsecretaría de Unidad de Auditoría Interna; y la Dirección Provincial de Unidad de Cumplimiento e Integridad dependiente de la unidad Ministro e INCORPÓRANSE las áreas creadas precedentemente a la Estructura Organizativa aprobada mediante Decreto Provincial Nº 0038/17, de acuerdo a las Misiones, Funciones y Organigramas que como ANEXO I, forma parte integrante del presente.-
Artículo 3°.- CRÉASE a partir del día 1º de junio del año 2023, en el ámbito de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa, la Dirección General de Presupuesto dependiente de la Dirección Provincial de Administración, la Dirección de Pagos y Conciliaciones dependiente de la Dirección General de Tesorería, la Dirección de Contrataciones y Adquisiciones dependiente de la Dirección General de Contrataciones, la Jefatura de Departamento Fiscalización y Registro de Rendiciones dependiente de la Dirección General de Rendiciones y la Jefatura de Departamento Administración de Inventarios dependiente de la Dirección Patrimonio e INCORPÓRANSE las mismas a la Estructura Organizativa aprobada mediante Decreto Provincial Nº 0038/17, de acuerdo a las Misiones, Funciones y Organigramas que como ANEXO II, forma parte integrante del presente.-
Artículo 4°.- MODIFÍCASE, en sus partes pertinentes el Decreto Provincial Nº 0038/17 en lo que respecta a los nuevos niveles para la Dirección de Rendiciones que pasará a nivel Dirección General de Rendiciones y dependerá de la Dirección Provincial de Administración, las Jefaturas de Departamento de Control de Gastos y de Patrimonio ambas pasaran a nivel Dirección, de acuerdo a las Misiones y Funciones y Organigramas que como ANEXO II, forma parte integrante del presente.-
Artículo 5°.- MODIFÍCASE en sus partes pertinentes el Decreto Provincial Nº 0038/17 de acuerdo a las nuevas denominaciones de las siguientes áreas: la Dirección General de Compras se denominará Dirección General de Contrataciones, la Dirección General de Control de Gestión se denominará Dirección General de Protocolización de Instrumentos Legales, la Dirección de Sueldos se denominará Dirección de Recursos, la Jefatura de Departamento Liquidaciones se denominará Jefatura de Departamento Operativo del SARHA y la Jefatura de Departamento Registros se denominará Jefatura de Departamento Asistencia y Coordinación cambiando su dependencia a la Dirección Provincial de Despacho, de acuerdo a las Misiones y Funciones y Organigramas que como ANEXO II, forma parte integrante del presente.-
Artículo 6°.- MODIFÍCASE en sus partes pertinentes el Decreto Provincial Nº 0038/17 respecto a la denominación y nuevo nivel de la Dirección General de Personal que pasará a denominarse Dirección Provincial de Relaciones Laborales dependiente de la Subsecretaría de Coordinación Administrativa, de acuerdo a las Misiones y Funciones y Organigramas que como ANEXO II, forma parte integrante del presente y de acuerdo a lo expuesto en los considerandos precedentes.-
Artículo 7°.- ESTABLÉCESE que las remisiones normativas a las áreas que en este acto se modifican o sustituyen se deberán interpretar conforme las nuevas denominaciones niveles o dependencias que se disponen en el presente.-
Artículo 8º.- FACÚLTASE al Ministerio de Economía, Finanzas e Infraestructura para que por Resolución Ministerial se efectúen las adecuaciones presupuestarias correspondientes a fin de atender los gastos que demandan la presente erogación en el Ejercicio 2023.-
Artículo 9º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra Secretaria en el Departamento de la Producción, Comercio e Industria.-
Artículo 10º.- PASE al Ministerio de la Producción, Comercio e Industria, a sus efectos, tomen conocimiento, Dirección Provincial de Recursos Humanos, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER - Lic. Silvina del Valle Córdoba