Dirección General Boletín Oficial - DECRETO N° 0407/2023
Edición del 05 Diciembre 2025
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Decretos Completos / publicado el 03 Agosto 2023 / BO 5798

DECRETO N° 0407/2023

HOMOLOGACIÓN - ACUERDO CONCERTADO MEDIANTE ACTA N° 03 - FOMICRUZ S.E./A.T.E./A.O.M.A.
DECRETO N° 0407
 
RÍO GALLEGOS, 25 de abril de 2023.-
V I S T O :
El Expediente MTEySS-N° 532.168/2023, elevado por el Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social; y
CONSIDERANDO:
Que por el actuado de referencia, se propicia homologar el acuerdo concertado en audiencia celebrada mediante Acta Nº 03, de fecha 18 de abril del corriente año entre el FOMENTO MINERO DE SANTA CRUZ SOCIEDAD DEL ESTADO (FOMICRUZ S.E.), la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (A.T.E.) y la ASOCIACIÓN OBRERA MINERA ARGENTINA (A.O.M.A.) en el marco de las negociaciones colectivas de trabajo;
Que el acuerdo antes referido consiste en: incrementar el 20% al básico retroactivo a los haberes del mes de marzo 2023, incrementar el 8% al básico con los haberes del mes de mayo del año 2023, incrementar el 8% al básico con los haberes del mes de junio del año 2023 e incrementar el 5% al básico con los haberes del mes de julio del año 2023;
Que, las partes proponen una cláusula de revisión para el mes de junio del año 2023 si los índices de inflación del IPC Región Patagónica superan el 40,5% acumulado desde el mes de enero a mayo del año 2023 inclusive;
Que acordaron incorporar como concepto remunerativo el ítem refrigerio y llevarlo a la Categoría 15, otorgándole un aumento del 40% de dicha categoría, incrementar el concepto banda horaria llevándolo a la Categoría 15, otorgándole un aumento del 35% de dicha categoría;
Que por otra parte las partes pactaron respecto a las re categorizaciones, otorgarles la Categoría 18 a los compañeros y compañeras que se encuentren a cinco (5) años o menos de jubilarse, y aplicar la permanencia en categoría para aquellos que tienen Categoría 18 y falta un tiempo prolongado para acceder a la jubilación conforme el esquema detallado en el Acta;
Por ello y atento a los Dictámenes DGAJ-Nº 952/23, emitido por la Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social, obrante a fojas 31 y vuelta y SLyT-GOB N° 310/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 40/41;
 
EL VICEGOBERNADOR DE LA PROVINCIA
A CARGO DEL DESPACHO DEL PODER EJECUTIVO
D E C R E T A :
 
Artículo 1º.- HOMOLÓGASE, el acuerdo concertado mediante Acta Nº 03 con fecha 18 de abril del corriente año, celebrada entre el FOMENTO MINERO DE SANTA CRUZ SOCIEDAD DEL ESTADO (FOMICRUZ S.E.), la ASOCIACIÓN DE TRABAJADORES DEL ESTADO (A.T.E.) y la ASOCIACIÓN OBRERA MINERA ARGENTINA (A.O.M.A.), la cual como ANEXO forma parte integrante del presente, en el marco de las negociaciones colectivas de trabajo.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Trabajo, Empleo y Seguridad Social.-
Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Trabajo, Empleo y Seguridad Social (quien realizará las comunicaciones ante quien corresponda), a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
 
C.P. QUIROGA - Sr. Teodoro S. Camino

AUTORIDADES

Gobernador | Claudio VIDAL

Ministra Secretaría General de la Gobernación | Lic. Soledad BOGGIO

Subsecretaria de Asuntos Administrativos | Romina Alexandra MAMANI