DECRETO N° 0282
RÍO GALLEGOS, 30 de marzo de 2023.-
V I S T O :
El Expediente MG-Nº 511.729/22, elevado por el Ministerio de Gobierno; y
CONSIDERANDO:
Que mediante el mismo se propicia otorgar la Pensión Provincial de Veteranos de Guerra de Malvinas “Soldado José Honorio Ortega”, a favor del ex combatiente de la Guerra de Malvinas, señor Adolfo Antonio ARBELO;
Que por Ley Provincial Nº 2747 y sus modificatorias Leyes Nros. 3054 y 3603 y su Decreto Reglamentario Nº 2691/05 se crea la Comisión del Veterano de Guerra y se instituye el citado beneficio, con carácter mensual para los ex soldados conscriptos, se instituye la Pensión Provincial de Veteranos de Guerra de Malvinas denominada “Soldado José Honorio ORTEGA” la cual está destinada a los ex soldados conscriptos, suboficiales y oficiales de las Fuerzas Armadas y de Seguridad que hayan participado en las acciones bélicas desarrolladas entre el 2 de abril y el 14 de junio del año 1982, o de ellos que hubieran efectivamente entrado en combate y civiles que cumplieran funciones en los lugares donde se desarrollaban las mismas;
Que el monto del beneficio es equivalente a la remuneración correspondiente a la Categoría 21, de la escala salarial de la Administración Pública Provincial (Ley Nº 591);
Que en ese sentido el Poder Ejecutivo Provincial, mediante Decreto Nº 2721/05, otorgó a varios ex combatientes la pensión mencionada, estableciendo una nómina de beneficiarios que se encuentran detallados en los Anexos I y II del citado instrumento legal;
Que el señor Adolfo Antonio ARBELO, no se halla incluido en los citados Anexos, por lo que la Comisión del Veterano de Guerra se ha avocado al estudio del legajo del postulante a obtener la pensión aludida, habiendo elevado a este Poder Ejecutivo sus conclusiones en la que recomienda el otorgamiento del presente beneficio, a favor del nombrado;
Que en virtud de que el señor ARBELO es beneficiario actualmente de una pensión nacional en el marco de la Ley Nº 23.848, corresponde que la pensión provincial sea otorgada de conformidad a las previsiones del artículo 18º del Decreto Nº 2691/05;
Por ello y atento a los Dictámenes AL-MG-Nº 729/22, emitido por la Asesoría Letrada del Ministerio de Gobierno obrante a fojas 34, AL-SEGel-Nº 025/23, emitido por la Asesoría Legal de la Secretaría de Estado de Gobierno e Interior del Ministerio de Gobierno, obrante a fojas 42 y SLyT-GOB-Nº 195/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 45/46;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- OTÓRGASE la Pensión Provincial de Veteranos de Guerra de Malvinas “Soldado José Honorio ORTEGA” al 50% en base a la Categoría 21 del Convenio Colectivo de Trabajo General para el Personal de la Administración Pública Provincial, a partir del día de la fecha, a favor del señor Adolfo Antonio ARBELO (Clase: 1955 - D.N.I. Nº 11.633.266), en virtud de haber reunido los requisitos establecidos en la Ley Nº 2747 y sus modificatorias Leyes Nros. 3054 y 3603, en un todo de acuerdo a lo expuesto en los considerandos del presente.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Gobierno.-
Artículo 3º.- PASE al Ministerio de Gobierno, a sus efectos, tomen conocimiento, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER - Sr. Leandro Eduardo Zuliani