DECRETO N° 0688
RÍO GALLEGOS, 09 de junio de 2023.-
V I S T O :
El Expediente IESC-Nº 000.909/13 (IX cuerpos), elevado por el Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz; y
CONSIDERANDO:
Que mediante Decreto Nº 0685/23 se ratificó en todos sus términos la Resolución IESC D-Nº 045 de fecha 30 de mayo de 2023 que modificó ad referéndum del Poder Ejecutivo Provincial, el Anexo I del Decreto Nº 1988/14, los límites y ubicación de las áreas denominadas “EL MARTILLO” y “EL CAMPAMENTO” (conformada por las áreas EL CAMPAMENTO 1 “A” y EL CAMPAMENTO 1 “B”), “LA AZUCENA”, “EL CAMPAMENTO ESTE” y “CAMUSU AIKE”;
Que asimismo, la Resolución ratificada elevó los pliegos de bases y condiciones generales, particulares y anexos de las licitaciones públicas nacionales e internacionales Nº 08/23 y 09/23 para la exploración y eventual concesión de explotación de hidrocarburos no convencionales correspondiente a las áreas denominadas “La Azucena” y “El Campamento Este”, determinando en última instancia que el derecho de preferencia sobre las restantes áreas subsistirá hasta tanto se hayan cumplido cuatro años desde el dictado del decreto provincial propiciado;
Que sin embargo, puede advertirse que involuntariamente se ha consignado de manera errónea en el artículo 2º del Decreto aludido inicialmente, las áreas objeto de aprobación de los pliegos, por lo que deviene necesario y procedente propiciar la modificación del artículo 2º por el nuevo texto que comprenda únicamente las áreas “La Azucena” y “El Campamento Este”, conforme los términos que fueran expuestos oportunamente en los respectivos considerandos;
Por ello y atento a Nota SLyT-GOB-Nº 549/23 emitida por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- MODIFÍCASE el artículo 2º del Decreto Provincial Nº 0685 de fecha 09 de junio de 2023 conforme el siguiente texto:
“Artículo 2º.- “APRUÉBASE los Pliegos de Bases y Condiciones Generales, Pliegos de Condiciones Particulares y Anexos de las Licitaciones Públicas Nacionales e Internacionales Nº 08/23 y 09/23 para la exploración y eventual concesión de explotación de hidrocarburos no convencionales correspondiente a las áreas denominadas “LA AZUCENA” y “EL CAMPAMENTO ESTE” respectivamente, situadas en esta provincia de Santa Cruz, incorporados como Anexo II de la Resolución Nº 045 de fecha 30 de mayo de 2023 emanada del Directorio del Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz que fuera ratificada por el artículo 1º del Decreto Nº 0685/23”.-
Artículo 2º.- El presente Decreto será refrendado por la señora Ministra en el Departamento de
la Producción Comercio e Industria.-
Artículo 3º.- PASE al Instituto de Energía de la Provincia de Santa Cruz (quien remitirá copia del presente ante quien corresponda) a sus efectos, tomen conocimiento Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, Ministerio de la Producción Comercio e Industria, Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER - Lic. Silvia del Valle Córdoba