DECRETO N° 0187
RÍO GALLEGOS, 24 de febrero de 2023.-
V I S T O :
El Expediente AGVP-Nº 454.231/23, iniciado por la Administración General de Vialidad Provincial, y;
CONSIDERANDO:
Que la Administración General de Vialidad Provincial celebró con la Dirección Nacional de Vialidad un convenio por medio del cual Vialidad Nacional se compromete a financiar la obra y Vialidad Provincial a proceder a la ejecución de la Obra “REHABILITACIÓN DE CALZADA. RUTA PROVINCIAL Nº 41 (EX RP Nº 11) - TRAMO EMPALME RUTA NACIONAL Nº 40 - ACCESO A CALAFATE - SECCIÓN I: EMPALME RUTA NACIONAL Nº 40 - ACCESO AEROPUERTO - SECCIÓN II: ACCESOS AEROPUERTO - ACCESO A CALAFATE. PROVINCIA: SANTA CRUZ” por un monto de hasta PESOS CUATRO MIL OCHOCIENTOS OCHENTA Y NUEVE MILLONES OCHOCIENTOS CINCUENTA Y TRES MIL SETECIENTOS TREINTA Y SIETE CON SETENTA Y TRES CENTAVOS ($ 4.889.853.737,73) valores consignados al mes de marzo 2022;
Que los presupuestos a los que hace referencia en los mismos exceden a la competencia por monto del organismo para proceder a su contratación, de conformidad con el artículo 1º del Anexo I - A del Decreto Nº 1678/22;
Que de conformidad con el artículo 2 de la Ley Nº 1673 la Administración General de Vialidad Provincial entenderá en todo lo referente a materia vial en la Provincia, en concordancias con las leyes nacionales, provinciales, convenios y demás disposiciones relacionadas con la materia;
Que conforme establece el inciso h) del artículo 2° de la Ley Nº 1673 son funciones, atribuciones y deberes de la Administración General de Vialidad Provincial celebrar y aplicar los convenios sobre vialidad con representaciones de otras jurisdicciones;
Que de conformidad con el artículo 12° de la Ley Nº 1673 constituye una facultad del Honorable Directorio de la Administración General de Vialidad Provincial, autorizar y aprobar compras directas, licitaciones privadas y públicas, celebrar contratos concordantes con el objeto de su institución especialmente locaciones de obras, adquisiciones o arrendamiento de equipos materiales, conforme a las disposiciones legales. - Como norma general, la Administración General de Vialidad Provincial celebrará sus contratos y realizará las obras o trabajos mediante licitación pública, sin perjuicio de recurrir a la vía administrativa u otra forma de ejecución, cuando fundados motivos de conveniencia económica y/o urgencias lo aconsejen. - Cuando lo consideren conveniente, también podrá contratar la realización de estudios, proyectos y asesoramientos especiales;
Por ello y atento al Dictamen SLyT-GOB-N° 121/23, emitido por la Secretaría Legal y Técnica de la Gobernación, obrante a fojas 75/76;
LA GOBERNADORA DE LA PROVINCIA
D E C R E T A :
Artículo 1º.- APRUÉBASE, la Resolución Nº 0002 de fecha 10 de febrero de 2023 emanada del Honorable Directorio de la Administración General de Vialidad Provincial mediante la cual se ratificó el Convenio suscripto entre ese organismo, representado por su Presidente Dr. Mauricio GOMEZ BULL y la Dirección Nacional de Vialidad, representada por su titular Sr. Gustavo Héctor ARRIETA para el financiamiento y ejecución de la obra “REHABILITACIÓN DE CALZADA. RUTA PROVINCIAL Nº 41 (EX RP Nº 11) - TRAMO EMPALME RUTA NACIONAL Nº 40 - ACCESO A EL CALAFATE - SECCIÓN I: EMPALME RUTA NACIONAL Nº 40 - ACCESO AEROPUERTO SECCIÓN II: ACCESOS AEROPUERTO - ACCESO A CALAFATE. PROVINCIA: SANTA CRUZ”, el que como Anexo forma parte integrante del presente.-
Artículo 2º.- FACÚLTASE a la Administración General de Vialidad Provincial a realizar todos los trámites tendientes para autorizar el llamado a Licitación Pública, aprobar los Pliegos de Bases y Condiciones, dejar sin efecto, declarar desierto, aprobar el procedimiento, adjudicar y/o declarar fracasada la contratación de la referida obra, firmar contratos y todo otro instrumento legal correspondiente que resulte necesario en el marco del proceso licitatorio a efectuar.-
Artículo 3°.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro Secretario en el Departamento de Economía, Finanzas e Infraestructura.-
Artículo 4º.- PASE a la Administración General de Vialidad Provincial (quien remitirá copia del presente ante quien corresponda) a sus efectos, tomen conocimiento Contaduría General y Tribunal de Cuentas, dese al Boletín Oficial y, cumplido, ARCHÍVESE.-
Dra. KIRCHNER - Lic. Ignacio Perincioli